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SECCION I.

SECCION II.

FORMULARIO.

de sus efectos.

163

Origen, motivos y estension de este remedio. id.
Del tiempo en que la parte que litiga debe
adherirse á la apelacion contraria..

En materia de apelaciones.

TITULO LXXXIV. De la súplica ó suplicacion.

1

SECCION. 1..

SECCION. II..

FORMULARIO.

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Su origen, tiempo y modo de proponerla;

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en que conviene y se diferencia de la ape-
lacion.

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Cuándo é de qué sentència tenga lugar la
súplica; y cuándo pueda suplicarse se-
gunda vez.

Sobre la súplica ó suplicacion.

TITULO LXXXV. De la segunda suplicacion.
TITULO. LXXXVI. Del recurso de injusticia notoria.

SECCION. I..

SECCION II.

Del recurso de injusticia notoria en los ne-
gocios comunes.

Del recurso de injusticia notoria en los ne-
gocios mercantiles.

TITULO LXXXVII. Del recurso de nulidad ante el supremo

tribunal de Justicia. .

TITULO LXXXVIII. De la ejecucion de las sentencias.
SECCION UNICA. A quién toca la ejecucion; pena del que la
estorba; tiempo para cumplir la senten-

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Qué sea juicio ejecutivo, y qué títulos ó co-
sas traigan aparejada ejecucion.
De las sentencias que traen aparejada eje-
cucion.

165
167

171

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196

211

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212

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De la confesion y del juramento decisorio. 213
De los vales ó papeles de obligacion.
De los rescriptos, cédulas reales, juros si-
tuaciones y libranzas.
Tiempo de pedir ejecucion; quién puede ser
ejecutado; en qué bienes puede ó no tra-
barse aquella; y si el acreedor despues
de intentada la via ordinaria podrá aban-
donarla y pasar á la ejecutiva.
Quién puede pedir ejecucion.
Quién puede ser ejecutado.

De los instrumentos públicos.

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SECCION I.

SECCION II.

SECCION III

SECCION IV.
SECCION V.
TITULO XCH.

SECCION I.
SECCION II.

SECCION I11.

SECCION IV.

SECCION V.
SECCION VI.
TITULO XCIII.

ria podrá dejarla y pasar á la ejecutiva. 241
Quién puede pedir ejecucion.

Quién puede ser ejecutado.

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id.

245

353

255

En qué bienes puede trabarse la ejecucion. 252.
Qué cosas pueden ser ejecutadas.
Si el acreedor que intentó la via ordinaria
podrá dejarla y pasar á la ejecutiva.
Cómo se ha de pedir, despachar y trabar
la ejecucion; con qué orden y en qué dias
podrá hacerse; qué personas pueden ó no
ser presas por deudas, y deben afianzar
de saneamiento; cuáles gozan del benefi -
cio de competencia; por cuánto tiempo se
han de dar los pregones á los bienes eje-
cutados; y cuándo y cómo se ha de ci
tar de remate al reo ejecutado.
259
Cómo se ha de pedir, despachar y trabar la
ejecucion.

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Con qué órden y en que dias podrá hacer
la ejecucion.

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261

Sobre los pregones, y por cuánto tiempo han
de darse á los bienes ejecutados. 267
Sobre la fianza de saneamiento, y las per
sonas que pueden ó no ser presas.
Del beneficio de competencia.

Cuándo y cómo se ha de citar de remate
al ejecutado..

De la oposicion del ejecutado y de las es-
cepciones que deben ó no serle admitidas;
del término en que las ha de probar para
impedir la ejecucion, y de si el juez re-
querido podrá conocer de ellas y deter
minarlas.

De la oposicion del ejecutado y de las es-
cepciones que deben ó no serle admitidas.
De las escepciones directas ó espresadas en
la citada ley 3.

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ADVERTENCIA.

Por un descuido al hacer la numeracion de titulos se omitió la decena desde el 91 al 100; en el tomo prócsimo se deshará esta equivocacion, contando desde el 94 en adelante.

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