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intruso no podrian obtener ni empleo ni cargo alguno, ni ser diputados á Córtes, ni de provincia, ni concejales, ni tener voto electoral, sin perjuicio de la formacion de causa á que por su conducta se hubiesen hecho acreedores. Los que hubiesen admitido insignias ó dis

bre, el de furias; si, furias contra nuestros opresores: guerra nueva, y valor de otra especie, quiero decir, corage, furor sagrado. El que no tenga resolucion para mostrarlo con obras ó palabras, renuncie al nombre de español. Ya es preciso que seamos todos delincuentes ante Napoleon: este es el desafío que todos debemos anunciarle. ¿Qué nos resta, pues, que hacer? Quemar las naves como hizo Hernan Cortés para no esperar retirada. He dicho mas arriba ante Napoleon, y he dicho mal, porque Napoleon ni es santo, ni es hombre, ni es nombre, ni monstruo tampoco, porque no está en el catálogo de los animales raros de la naturaleza. Con mas propiedad pudiera haberle llamado volcan ó peste, esto es, estrago y azote del género humano.

>>Perdóneme la circunspeccion de V. M. si me hubiese estraviado del asunto principal que está destinado al exámen y discusion de este augusto Congreso: si he rodeado, nunca he perdido de vista el punto á donde dirijo mis reflexiones. Sirva á lo menos esta exposicion preparatoria de desahogo á mi combatido cora zon, y como de preliminar á la grave cuestion del dia: dia memorable y dichoso si acertamos á unir á su tronco tantas ramas desgajadas por la ventisca de pasiones y de opiniones! He dicho todo esto con protesta de no re

nunciar la palabra en el curso de la discusion.»

A continuacion se leyó la siguiente representacion de los oficiales del estado mayor general:

«Señor, los oficiales del estado mayor general de los ejércitos nacionales, creyendo que como individuos de la primera corporacion militar de la nacion se hallan obligados á hacer presente á V. M. las ideas que juzgan mas á propósito para exaltar el entusiasmo, y conservar el honor de la milicia española, se atreven á Ilamar la atencion de V. M. sobre un punto digno de su soberano exámen, y exponer:

>>Que en estos dias felices y gloriosos, en que variando tan lisonjeramente el aspecto de los sucesos militares han evacuado los enemigos la mayor parte de la península, es tiempo de resolver acerca de los que han abandonado la patria en sus apuros, y quieren volver a su seno ahora que la ven triunfante. Ciertamente es notable cualquier ciudadano que haya mancillado el glorioso nombre de español con esta mancha; pero particularmente son acreedores á la execracion pública y á la indignacion de V. M. los militares de cualquier clase y graduacion que ban abandonado las banderas que juraron defender, desoyendo los

tintivos del rey intruso, quedaban inhabilitados para siempre de usar las que antes tenian por el gobierno legítimo, asi como de las rentas, pensiones, encomiendas ó privilegios inherentes á ellos. Los duques, mar

clamores de la patria cuando más necesitaba de los brazos y constancia de sus hijos. Muchos de estos hay que ahora se presentan á las autoridades legítimas y á los gefes que ocupan á los pueblos evacuados, y tienen la desvergüenza de hacerlo, adornados con las mismas insignias y graduaciones de que se han hecho indignos. Es verdad, señor, que el gobierno ha circulado ya un decreto, prohibiendo el uso de estos distintivos de honor á los que bayan estado ocultos en las provincias ocupadas hasta que después de averiguada su conducta se resuelva lo conveniente. Pero ¿cómo se harán estas averiguaciones? ¿Serán acaso como las que se han hecho hasta aquí con los paisanos emigrados, ó con los prisioneros fugados de entre los enemigos? ¿Y aunque se bagan con mas legalidad y justicia, y aun que los militares que han vivido ocultos y retirados justifiquen que no han jurado ni servido al enemigo, ni aun reconocido al gobierno intruso, dejan por esto de ser desertores de sus banderas, y unos cobardes qne privaron a la patria de sus servicios cuando más los necesitaba? Los militares, señor, que se han quedado en país invadido son delincuentes, sea cual sea su proceder; pues aunque no hayan cooperado á la ruina de la nacion, no la defendieron como habian jurado, y no son dignos de consideracion alguna, y deben de ser mirados como desertores y trai

dores á sus banderas, á sus juramentos, á sus mas sagrados debe-res. Siendo esto, señor, una verdad incontestable, si despues de sufrir estos malvados un juicio de mera fórmula vuelven á ostentar las insignias que afrentaron, y ocupar los destinos de que huyeron, ¿cómo los militares que han derramado su sangre, que han hecho tantos sacrificios, y que han sufrido con tan heróica constancia los reveses de la fortuna, han de mirar con indiferencia el verse confundidos con los perjuros, y tener tal vez que obedecer sus órdenes? ¿Cómo V. M. ha de tener confianza de ellos para entregarles una compañía, un regimiento, una plaza ó una division? Grandes males, señor, se seguirian de la menor tolerancia en asunto de tantas consecuen cias.

>>En atencion á lo cual, á V. M. rendidamente suplican tenga á bien examinar esta reverente exposicion, y que en caso de que las paternales miras de V. M. no se avengan con el rigor que prescriben las reales ordenanzas para los desertores en tiempo de guerra, tenga á bien determinar que los que se han quedado ocultos en pais ocupado, aunque no hayan prestado auxilios á los enemigos, sean mirados como desertores, quedando privados de sus graduaciones sin distincion alguna, como igualmente de las órdenes y demas distintivos militares. Y si acaso quieren expiar su delito, pueden servir de sol

queses, condes 6 barones que hubiesen admitido la confirmacion de sus títulos, no podrian usarlos durante su vida. Iguales penas se imponian á los eclesiásticos, no pudiendo ejercer las funciones de sus beneficios mientras no se purificáran, quedando entretanto secuestradas las rentas de sus empleos ó dignidades, aun de las que antes tenian. Los ayuntamientos de cada pueblo, y lo mismo los prelados respecto de los eclesiásticos, formarian una lista de las personas que quedaban inhabilitadas, y la remitirian á la Regencia, la cual pasaria copia á las Córtes y al Consejo de Estado para su inteligencia y gobierno. Los que solicitaren empleos ó gracias, y tuvieran que purificar su conducta, lo harian en los pueblos de su residencia en juicio contradictorio, informando el ayuntamiento pleno con audiencia del procurador ó procuradores síndicos.

El gran número de personas á quienes habia que aplicar esta medida, las muchísimas familias que los interesados representaban, las dificultades con que se tropezó en la ejecucion, acaso algo de calma que recobraron los ánimos, todo hizo que los mismos que án

dados en los puestos avanzados de mayor riesgo de los ejércitos, donde despues de lavar con su sangre la mancha de su honra, vuelvan á emprender su carrera, subiendo sin consideracion alguna por todos los empleos menores de la milicia, y esto formando cuerpos separados, pues los valientes soldados de la patria se desdeñarán sin duda de alternar

con los perversos. Esto, señor, nos dicta nuestro pundonor, y estos son los deseos de todos los militares españoles, que esperan con ansia la soberana resolucion de V. M., que es á quien toca mirar por el honor y buen nombre de los ciudadanos que defienden la patria de sus injustos inva

sores.

tes habian clamado tanto contra la blandura y la indulgencia del general Alava y contra la lenidad del decreto de 11 de agosto, censuraran después ácremente á las Córtes por la severidad del de 21 de setiembre, dado sin duda bajo la presion de las esposiciones y de las pasiones políticas. Esta mudanza de opinion costó á las Córtes muchos sinsabores, y las movió á modificar la medida de 21 de setiembre, como lo hicieron por otro decreto de 14 de noviembre, dando reglas para la rehabilitacion de los empleados que continuaron sus servicios bajo el gobierno del rey intruso, especialmente para aquellos que no tuviesen causa criminal pendiente, ni sufrido sentencia corpórea aflictiva ó infamatoria; pero esceptuando á los magistrados, intendentes y altos empleados, de aquellos que por su categoría é instituto deben seguir al gobierno, y á los que hubiesen adquirido bienes nacionales ó desempeñado comisiones para venderlos. -Pocos dias después (23 de noviembre) se declararon tambien válidos los concursos á curatos hechos durante la opresion enemiga, si bien á condicion de hacer á la Regencia nuevas propuestas de los que estaban sirviendo, para espedirles nuevas cédulas, siempre que resultáran acreedores á ello por su conducta.

los

Menester es convenir en que la Regencia hubiera podido evitar á las Córtes, si no todos, mucha parte. de los disgustos que les ocasionó este asunto, y de las

prolijas y odiosas discusiones que produjeron, de por sí delicadas y vidriosas, si ella desde el principio hubiera meditado y seguido un sistema prudente, que combinando en lo posible la templanza con la energía, la tolerancia con la severidad, hubiera aplicado la debida pena á los infidentes verdaderos y de intencion, y atraido, en vez de exasperar, á los que por necesitados. ó por débiles habian tenido la desgracia de aceptar favores ó mercedes, tal vez medios de subsistencia del gobierno ilegítimo. Verdad es que en circunstancias tales se necesita gran dosis de discrecion, de desapasionamiento y de serenidad para atinar con el mas conveniente temperamento.

Sobre todas las felicitaciones y plácemes que á las Córtes se dirigian cada dia y de que se daba lectura en las sesiones, llamó la atencion con especialidad la que se recibió de la princesa Carlota del Brasil, fechada en Rio-Janeiro, en que despues de manifestar «al augusto Congreso de las Córtes, como ella decia, su amor y fidelidad á su muy querido hermano Fernando, y de felicitar á las Córtes por haber jurado y publicado la Constitucion, añadia: «Llena de regocijo voy á congratularme con vosotros por la buena y sabia Constitucion que el augusto Congreso de las Córtes acaba de jurar y publicar con tanto aplauso de todos, y muy particularmente mio; pues la juzgo como base fundamental de la felicidad é independencia de la nacion, y como una prueba que mis amados compatriotas dan á todo

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