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Constitución

tes, y especialmente en la que toca al proceso crim deben entender, con la advertencia de que la Constitu ley fundamental de la Monarquía, derogatoria de instrucciones, órdenes y leyes que dispongan lo que en adelante no pueden tener fuerza alguna, con píritu del artículo 16 de la instrucción.

Este es el dictamen de los Fiscales, y V. E. pod nar como queda propuesto, comunicando la resoluci Juez de la Acordada, ó como sea del superior agrado México, 4 de noviembre de 1812.-Sagarzurieta.Osés.-(Rúbricas).-México, 11 de noviembre de 18 piden los Señores Fiscales.-Venegas.-(Rúbrica).

(Minuta). En vista de la consulta de V. S. de próximo anterior, y de la instrucción que incluye par dependientes foráneos de ese Juzgado, á fin de que cu ramo de lo criminal lo mandado por la Constitución p Monarquía Española, han pedido los Señores Fiscales lo de la adjunta copia de su exposición, con que me he c por decreto de esta fecha, y la remito á V. S. para su cia.-D. Noviembre 11 812.-(Una rúbrica).-Sr. Ju de la Acordada.

Decreto de las Cortes sobre arreglo de Tribunales y s buciones, reimpreso en Mexico por orden del Virr 19 de marzo de 1813 y á consecuencia de la de la gencia de 4 de noviembre del año anterior.

LA REGENCIA DEL REINO SE HA SERVIDO DIRIGIR CRETO QUE SIGEE:

D. FERNANDO VII, por la gracia de Dios y p titución de la Monarquía Española, Rey de las Esp su ausencia y cautividad la Regencia del Reino non las Cortes Generales y Extraordinarias, á todos los q sentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes ha do lo siguiente:

"Las Cortes Generales y Extraordinarias, desea á efecto lo prevenido en los artículos 271 y 273 (1) d titución, y que desde luego se administre con arregl justicia por las Audiencias y jueces de primera instan das las Provincias de la Monarquía, han venido en decretan lo siguiente:

(1) Art. 271- Se determinará por leyes y reglamentos especiales el núm trados de las Audiencias, que no podrán ser menos de siete, la forma de es y el lugar de su residencia.-Art. 273. Se establecerán partidos proporciona y en cada cabeza de partido habrá un Juez de Letras con un juzgado corres

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