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6. Los sastres ordinarios que trabajan ropa basta para

el ejército y aprovisionamiento de los tambos; haba campic

runa cuna.

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7. Los tintoreros que teñían y aplicaban mordientes, tullpuy runa cuna.

8.9-Los zapateros confeccionadores de sandalias u ojotas para el Inca y la nobleza, llana ojota runa cuna.

9. Los zapateros ordinarios que hacían ojotas para el ejército y aprovisionamiento de los tambos, bastas, hava ojota

runa cuna.

10.o-Guardianes de mujeres destinadas al culto, toclla y ellica mama cuna.

cuna.

11.o-Los olleros, alfareros, soño runa cuna.

12. Los plateros, colque tacay runa cuna.

13.o-Los pescadores y saladores de pescado, challuc runa

14.-Pastores, llama colca y michi runa cuna.

15. Los sembradores de coca y preparadores de la yerba, coca runa cuna; y los confeccionadores de la llipta (14), Llipta runa cuna.

cuna.

16. Los carpinteros, quero runa cuna, o Llacllay runa

17.

18.

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Los momificadores, malqui runa cuna.

Los albañiles, chaca y pirca runa cuna.

19. Los correos, chasqui runa cuna.

20. Los entregados al servicio militar como miembros de las Intendencias de guerra (15) y surtidores o inspectores de tambos; gentes para el uso de la guerra, auca runa cuna. 21. Los sirvientes o domésticos utilizados por los nobles de sangre real, los sacerdotes, los curacas y los indios principales, yana cuna.

Las obligaciones del huno camáyoc eran, pues, además de las ordinarias como jefes de superior jerarquía de los hua

(14) Lilpta, panecillo de ceniza; sirve de excitante, para comer coca. (15) Véase Urteaga, El ejército incaico. El Perú.-Monografías históricas, Edición Lima 1928.

ranga, las de agrupar a las gentes según sus oficios, registrarlos, llevar las nóminas del personal y determinación de los lugares y zonas donde debían ejercer sus funciones. Algunos de los trabajos o faenas eran ordinarias y continuas, como las de los pastores, agricultores, alfareros, pesqueros, chasquis o postillones, mineros, tintoreros, tejedores y guardianes de huacas y templos, etc; otras eran periódicas, como los arquitectos que se dedicaban a este servicio cuando había que hacer edificaciones, y cuando no, pasaban al servicio de las chácaras como agricultores.

Cuanta diferencia, controversia o litigio se derivaba de esta función distribuidora del huno, y cuanto castigo había de imponerse por las faltas en que incurrían los miembros del gremio, las conocía el huno y las sentenciaba, debiendo por lo demás reservar las causas graves para hacerlas conocer de su superior jerárquico, o sea el curaca de la provincia o el virrey del Gran Suyo, a que correspondía la jurisdicción del huno.

Los Gobernadores Generales o Tucuricuc

Estando dividido el Imperio en cuatro grandes regiones o suyos, denominados Chincha Suyo, Ante Suyo, Colla Suyo y Conti Suyo, estos suyos se dividían en provincias.. Los Incas pusieron al frente del inspectorado de cada provincia a "un magistrado que, mientras ejercia el cargo, tomaba el nombre significativo de tucuricuc (el que todo lo ve) veedor.

No era propiamente gobernador, sino vigilante, fiscal, visitador, inspector y juez de residencia, que recorría la provincia para la cual era designado, observando el exacto cumplimiento de la ley, el orden y regulación de las funciones encomendadas a los chunca, pacha, huaranga y huno camáyoc, de quienes era juez de residencia; aplicando penas por faltas graves y recogiendo los informes que los hunos le daban del censo de la población, el catastro de las tierras, el contingente militar, el aprovisionamiento de tambos, nuevas construc

ciones, plantas de mitimaes (16), ejercicio de las profesiones, causas de la escasez en la producción y observaciones de los magistrados en el ejercicio de su cargo; elevaban sus informes ante el Consejo del soberano que residía en el Cusco, y en cualquier tiempo podía, gracias a sus registros o quipus, informar de cuanto le estaba encomendado con minuciosidad suma y notable exactitud.

Los tucuricuc eran elegidos de entre los parientes cercanos del Emperador: tíos o hermanos. Podían ser separados del servicio a voluntad del Inca o con el informe de su Consejo; no se mantenían en el inspectorado de una región por largo tiempo; pasaban, sí, de una provincia a otra, y a veces recorrían así con un gran caudal de experiencia los cuatro suyos del imperio, como representantes de la ley. Su visita no ocasionaba gastos, sinsabores, ni cargas, como ocurrió en la época del coloniaje español con las visitas de los comisarios o visitadores reales. Al contrario, las poblaciones los recibían con regocijo, no tenían que oblar para recepciones o fiestas en su honor, ni trabajar para provecho del gran señor, ni siquiera como cargadores o correos; "cuando el Inga ponía justicias, dice un diligente cronista español, en las provincias, que llamaba tucuricuc, les pagaban de las rentas y depósitos que en las dichas provincias tenía".

Eran los tucuricue los primeros en dar ejemplo de frugalidad, respeto al derecho ajeno, cumplimiento de las leyes divinas y humanas y modestia en sus personas.

Eran alojados por los curacas, gobernadores políticos de las provincias que se habían sometido de buen grado a los Incas, y que en cambio de esta sumisión habián logrado conservar a sus jefes regionales aborígenes con las prerrogativas del mando y de la fortuna.

Esto no obstante, los privilegios de los curacas no menoscababan ni amenguaban, ni coactaban la labor de los tucu

(16) Trasportados. Véanse Sarmiento de Gamboa, Historia Indica, párrafos 80, 81, 105. Cieza Señorío C. 22, Balboa. Ob. cit. Col. cit. t. II c. VIII.

rícuc; al contrario éste trataba de regular las funciones del curaca dentro de las leyes generales de la administración imperial, y poco a poco, aprovechando cesiones de tierras a beneficio del Emperador o del culto, o a efecto de extensiones en la sucesión de los curacazgos, la constitución social y económica del Imperio se iba extendiendo día a día, y modificándose también el régimen de la propiedad; era un avance lento del comunismo del Estado y el establecimiento de las jerarquías o desigualdades sociales a base de méritos y de servi

cios.

Derechos de los Tucuirícuc

Los tucuirícuc eran, como se ha dicho, elegidos por el Inca dentro de sus parientes cercanos; podían ser removidos por el Emperador, ya sea para concederles cargo distinto o por causa de defecto de su autoridad. Las denuncias por faltas de los tucuirícuc se llevaban ante el consejo de estado o consejo de los Cuatro Jueces. El tucuirícuc tenía derecho de remover a los malos funcionarios y elegir interinamente a quienes debían reemplazarlos, dando cuenta al Emperador de estos nombramientos para obtener la confirmatoria. Conocía de las denuncias que los superiores funcionarios michos, huno, huaranga, pachacas,camayoc hacíanse por falta en el cumplimiento de sus deberes; juzgaban y castigaban sin apelación, a no ser en causas graves cometidas por los curacas en uso de la autoridad y privilegios que les acordaba el Inca, o por abuso de sus atribuciones, o despojos de tierras ajenas o consignadas al Estado o al culto, en cuyo caso el tucuirícuc informaba del abuso al Consejo de los Cuatro Jueces y sometía al fallo del Inca la resolución o sentencia.

La pena de muerte en que incurrían los súbditos culpados de delitos graves, sólo era impuesta por él, y sólo cuando el reo era un pariente del Inca, noble de sangre o curaca, se abstenía de la aplicación de tal pena, sometiendo la causa al Gran Consejo para el fallo por el Emperador. Aplicaba tam

bién otras penas a los remisos o culpados cuando se sometían sus causas ante él, aprovechando su visita a los suyos donde ejercía autoridad. (17)

Uno de los más diligentes cronistas detalla así, en términos generales, estas atribuciones del tucuirícuc: "Tenía poder de administrar justicia y castigar los delitos conforme a su gravedad, hasta condenar a muerte; salvo si el culpado era noble 0 caballero que en tal caso no determinaba la causa sin dar parte al Rey, y lo mismo guardaban en todos los negocios arduos o de importancia". (18)

Tenía también el tucuirícuc facultades discrecionales en cuanto a las milicias; podía levantar gente y formar ejércitos si se ofrecían guerras o había amenaza de levantamientos o sublevaciones de provincias.

Como económo estatal vigilaba por el abastecimiento de los tambos y los depósitos, haciendo recoger y

a

su debido tiempo los tributos y rentas del Inca y del Sol o de los curacas, para todo lo cual expedía decretos que hacía conocer en las provincias a los conjueces o michos y eran ejecutados con la inspección de los hunos. Para su servicio y buen... gobierno se acompañaban de secretarios quipocamayos, que llevaban registros minuciosos de cuanto se relacionaba con el servicio público y la estadística y demografía generales de modo que en cualquier tiempo podían informar al soberano sobre los empadronados de cada suyo, ya sea para el servicio militar, ya para la tributación y los trabajos.

El tucuirícue debía presentar sus informes al Emperador por intermedio de su Consejo cada año; acudía con este objeto al Cusco, aunque no fuera llamado, sin dejar de presentarse en la Corte en diciembre a la celebración de la gran fiesta del Cápac Raymi llevando al Emperador su saludo y el tributo de las provincias que no quedaba en los tambos y debía llevarse a los depósitos reales del Cusco. Subordinados a la ley y a la autoridad del soberano, nada dependía de su arbi

(17) Cobo, Ob. cit., t. II, pág.. 234.

(18) Cobo, ob. cit., t. III, pág. 234.

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