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Si hay alguna corta, y no sensible diferencia, no le ha sido posible al Tribunal calcularla con certeza, pues dependiendo de los estados generales semestres, de sus exportaciones é introducción que debe formar la Administración de esta Aduana, se hace preciso que ella verifique por su parte él contenido de la R. O. para formar segun su examen el juicio, y dictamen que mas se acerque alá verdad.

Pero no és distante de esta asentarse, que en él dia corre la Lenceria de un valor que deja libre el premio de mar de un seis por ciento, ofreciendo la misma utilidad algunos efectos de Lana; sin que esta se encuentre en los tejidos de Seda de nuestras fabricas nacionales, pues á excepción dé unos cortos renglones, todos los demas atraen perdida de sus principales, aun no atendida la diferencia, que producen las ventas á plazo, ó de contado.

Si á la Administración de Aduana corresponde como se ha dicho el estado de yntroducir, y extraccion, que debe dirigirse al Alto Ministerio en cada seis meses: También le toca individualizar el numero de Buques que andan en este Puerto, pues su llegada és objeto propio de su dirección, debiendo ser el contenido de sus Registros la regla fixa e invariable que aclare todos los objetos que se propone la superioridad, en la investigación de los referidos puntos.

Siendo uno de estos, el exacto conocimiento del número de Buques y su proporcionada capacidad para la extracción de frutos, y efectos, le es preciso al Rl. Tral, separar los que solo sirven al giro interior de Puerto á Puerto en esta América, de los empleados a la navegación, y comercio con la Metropoli. Para este efecto se regulan por bastantes tres Fragatas de á 400 Tonelas para las exportaciones anuales de 24.000 qqs. de Cacao, 2 mil de Cascarilla, y una poca Lana de Vicuña, siendo ellos los unicos efectos transportables, pues los 8 a 10 mil qqs. de Cobre forman los lastres de las Embarcaciones.

Si ese número és proporcionado á la anual extracción de los frutos exportables, excede sin duda a las Ymportaciones, y consumo del Reyno, pues regulandose en cinco millones de pesos, aun quedaría sobrante con respecto a la Carta valiosa de Sedas, Lienzos y Lanas, si no se ocupase este vacio con los de menos precio como son Vidios, Losa, y Merceria.

El de las Embarcaciones que hacen él trafico marítimo del Reyno se expecifica en él adjunto Plan No 1, individualizandose con puntualidad su estado, y porte, excedente en 100 mil qqs. al que se cree necesario para conservar el giro de Puerto á Puerto, siendo esta la causa del abatimiento, y decadencia en que se mira el Gremio de Navieros, como lo fue en los años anteriores, él permiso concedido a varios Buques de Europa, de practicar esos viajes, faltando así á la proporción, e igualdad que debe observarse entre unos, y otros Dueños, pues estandoles fiohivido á los del Pais hacer sus espediciones ala Metropoli, deben los de esta contenerse en los límites, y carrera que les esta señalada por pral. objeto, quando aquellos se ven recargados con la pensión de con

ducir los Situados de Valdibia, y Yslas de Juan Fernández, y demás expediciones que puedan exigir el servicio del Rey, o del Público.

No son de grave consideración las comisiones que se satisfacen en esta Capital por las compras y ventas de los efectos. La cargada a los de Europa ha sido siempre varia é inconstante. En los años inmediatos a la navegación por el Cabo, se regulaba en un doce por ciento sre. el total de las ventas, y el de un quatro sobre el liquido Caudal registrado para paga. Disminuyendose progresivamente las utilidades en los posteriores tiempos, se rebajó también el señalamiento de Comisiones, quedando por lo común reducidas en el día, al seis por ciento de Venta, dos por la remisión del líquido de ellas, y otros dos por el cobro de Escrituras su embarque, y registro.

La misma incertidumbre se advierte en la que se recarga por la compra, y despacho de los efectos del Pais, como son en el Cacao, Cobre, Cascarilla, y Lana de Vicuña, asignandose por lo regular él quatro por ciento, sin que pueda señalarse el premio del penoso cuidado de los encargados para la expedición de los Navios, por ser reglada á particulares contratas, que no penetran ni pasan del interior conocimiento de los mismos Ynteresados.

Aun es de menor valor la Comision en el giro interior de los efectos del Virreynato. Los frutos de las demas Provincias ymportadas á esta Capital para su Venta, solo se recargan con él 4%, y el alquiler de los Almacenes en que se custodian; siendo todos los demás encargos de compras en los efectos de Castilla que han de dirigirse á las otras Plazas, un desinteresado oficio de la amistad, y correspondencia con que en ellas se practican los pasos y diligencias para los cobros de dependencias y remision de dinero que se conduce á esta Ciudad. No se conoce el util invento de los Seguros en el Virreynato, pues por el corto numero de las Embarcaciones no puede sobstenerse esa combinación de la Yndustria mercantil, que resguardando ál navegante contra los riesgos del mar, y embarazando exponga a las contingencias de una entera pérdida todo su Caudal, y fortuna, funda el provecho y utilidad de sus cálculos en la misma repetición de los riesgos, y diversidad de los destinos; siendo la Plaza de Cádiz en donde suelen asegurarse los caudales remitidos de este Virreynato, y el valor de los efectos que en el se introducen, anticipandose los avisos para los Dueños y Comisionados.

El precio del flete, y conduciones del giro exterior Americano maritimo, y terrestre de este Virreynato se exonera a continuación de lcs Planes correspondientes á cada Gobernación. Los tocantes a la Ymportacion de la Metropoli varian segun la diversidad de circunstancias, y numero de los Buques que se presentan a la carga, y su puntual noticia puede mas bien adquirirse en el Comercio de Cadiz por ser el centro de esas variaciones, originadas de la mayor, o menor concurrencia.

En la exportación, y retorno a dha. Metropoli se halla establecido por lo regular satisfacerse en las embarcaciones del Rey, por la Plata

el 3 c/o, y por el Oro el 1 y 2 disminuyendose en los Buques particulares al 2./00, la Plata y 34 el Oro. El cobre ha solido transportarse sin costo alguno por servir para lastre de los Navios, como se ha insinuado, pero quando estos escasean, y aquel abunda há llegado á pagarse de 8 á 12 rrs. por quintal.

El dé la carga de Cacao de 78 lib. se regula de 26 á 30 rrs. el de la Arroba de Cascarilla de 11 á 15. El de la Lana de Vicuña de 26 á 28. El de él Algodon de 17 á 18, y el de la Lana de Carnero a 2 ps. produciendose esta variedad por él mayor, o menor acopio de frutos, y numero de embarcaciones en que se conduzcan.

Quales sean los que sostienen el giro exterior maritimo, y terrestre de este Virreynato, su monto, valor, y ventajas, y utilidades que proporcionan para el fomento, es lo que há deseado el Tribunal fixar por los mas prudenciales calculos que há podido procurarse á costa de penosas investigaciones resultando de ellos quedar a fabor de esta Governación 725.192 ps. según lo convencen las partidas que pasa á individualizar en las siguientes demostraciones, siguiendo el objeto que se propone la Rl. Orden en la ultima pregunta qe. aun no se ha contestado.

Excede de un millon de ps. la ganancia que reporta esta Governación en la introducción que hace de sus frutos a las Provincias sugetas a la de Buenos-Ayres. No hay con estas giro maritimo alguno, pues no debe tenerse por tal, el que las circunstancias de la Guerra de setenta y nuebe alentase á remitir dos, o tres embarcaciones del Puerto del Callao a Montevideo, formándose su mayor carga dé Cacao, y Cascarilla destinada a trasbordarse en los Navios que seguian viage á Cadiz; y en parte de Azucares, mieles y texidos del Pais para él interior consumo; pues ni ese ha sido reglado Comercio que se haya continuado después, ni su corta consideración varia el calculo formado; no destruyendose tampoco por la excasa porción de Sebo, y Yerba llamada del Paraguay que ha conducido en los ultimos años el Buque dirigido de Montevideo al Puerto de Arica para avilitar de Azogues los Minerales de aquella jurisdiccion.

Es pues reducido a terrestre el Comercio de frutos que mantienen los partidos de las Yntendencias de Arequipa, y Cuzco, con los de la Governación de Buenos Ayres, internandolos hasta la Villa de Potosi, y Ciudad de Chuquidaca con Arrieros o Conductores propios, cuyos fletes aunque no es fácil regularlos con fijeza por la variedad de los precios que origina la misma diversidad, y diferencia de las distancias se calculan en el estado gral. numo 10 siendo él monto total de los frutos introducidos en aquellas Provincias 2.034.980 ps. de cuya suma pertenecen á los partidos de Arequipa por sus naturales producciones de Aguardiente, Vinos, Azeites, Pimientos, y Azucares, un millon trescientos mil quatrocientos setenta y cinco ps., y a las del Cuzco, por sus Texidos, Azucares y granos 734.505 ps. como con la posible exactitud, y puntual numeración de

los otros menudos ramos que fomentan este Comercio se especifica en los Planes nums. 2 y 3.

En ellos también se demuestra recivir en retorno las Provincias de Arequipa 389.260 ps., y las del Cuzco 475.530 ps. resultando así a fabor de esta 258.975 ps. y de aquellas 911.215 los que saldan sus moradores en moneda acuñada en la Casa de Potosi, regulandose por este motivo su yntroduccion á este Virreynato en mas dé un millon de ps. de la labrada en cada año.

Como los Partidos de la Sierra agregados á Buenos-Ayres, son los mas abundantes en Minas, y por esta razón los mas poblados, y escasos de naturales frutos, és preciso se provea el crecido numero de sus consumidores con las producciones de la Costa, siendo la de Arequipa por su inmediacion el recurso que abastece esa falta, y el Cuzco el que remedia con sus fabricas la ropa, y tejidos necesarios al vestuario de los Trabajadores.

Con las demás Governaciones es marítimo el Comercio de este Virreynato exportándose del Puerto del Callao en la diversa clase de Buques que (con exclusión de unos seis) pertenecen a vecinos de esta Capital, siendo siempre contraria la Balanza al Perú en más o menos diferencia, que le es preciso igualar con él dinero necesario a formar el equilibrio.

El principal giro és con el Reyno de Chile por sus tres Puertos Concepcion, Valparaiso, y Coquimbo. No todos los efectos que se conducen a éllos son productos de este Virreynato, pues los Tocuyos, y Paños de Quito tocan al de Santa Fé, y los Añiles al de Nueva España; pero aun formando el calculo con estos ramos se abalua la exportación en 458.317 ps. y siendo la Ymportacion del Reyno de Chile en sus naturales frutos 629.800 ps. resulta a favor de aquel Govierno 171.483 ps. que demuestra el Plan No 4.

El origen de esta excesiva ventaja se deriva de la esterilidad que padecieron los Valles inmediatos á esta Capital, por el terremoto acaecido á fines del pasado siglo, pues perdidas las cosechas de granos en los años siguientes e infecundos por entonces sus campos para la siembra de Trigos, hasta él extremo de subir el precio de una fanega á 30 ps. fue preciso entablar ese Comercio conduciendose en Navios dedicados al transporte, cuyo trafico era antes ceñido á otros efectos de los que producen sus extendidas Campañas.

El ramo pues de Trigo necesario al consumo de esta Capital és él que absorbe la mitad de esta crecida Suma importando las 218 mil fanegas que anualmente introduce 275 mil pesos.

Los Sebos, y frutos de menor valor, y no de tan precisa necesidad, dejarían siempre aquel Reyno en dependencia del Perú. Ellos remitidos a los Puertos de Yquique, Arica, y Aranta (comunmente llamados Yntermedios) para el abasto dé las Provincias de Arequipa, y las contiguas á esta, yá pertenecientes al districto de Buenos-Ayres, no exceden dé

46.675 ps. como demuestra el Plan No 5 del que debe rebajarse el valor de la Yerba del Paraguay por no ser producción del Reyno de Chile, el que reciviendo en lo subcesivo en cada año dos Navios que por la nueba contrata celebrada con S. M. han de salir del Puerto de Pacasmayo de esta jurisdicción para conducir los Tabacos, tendrá también directamente los efectos de Valles, que antes de ese arreglo venían a! Callao para su embarque.

Como parte de su Comercio se estima el de la Ysla de Chiloe, por hallarse situada en su continente, aunque agregada a este Virreynato. El exacto valor de sus frutos, no es fácil calcularlo, por permutarse con los otros de que carece, pues no circula mas dinero que el Situado remitido desde esta Capital, el que por su aumento en unos años á 22 mil ps. y su disminucn. en otros hasta 8 puede anualmte. regularse de 15 mil ps. de los que extraidos 10 mil que prudentemte. se juzga de salida, queda él resto para engrosar el numerario que atesoran sus vecinos.

En dos, o tres embarcaciones expedidas del Callao se conducen los efectos de esta Governación en valor de 30 mil ps. y siendo el de los Ymportados de aquella Ysla 51.200 como lo demuestra el Plan numo 6 sale contra este Virreynato el exceso de 21.200.

Esta diferencia es considerada según el legitimo valor, y precio de las mismas producciones, no atendiendose el aumento con que hacen los Comerciantes de esta Capital suvir los efectos exportados, no solo a conservar la igualdad con aquella suma, sino aun á extraer en dinero la cantidad de 10 mil ps. que se ha señalado anteriormente.

De la Plaza de Baldivia, no sale algún caudal, ni llegan alli mas embarcaciones, que la dirigida del Puerto de Valparaiso con la provision de Viveres, y la que anualmente conduce de esta Ciudad el situado señalado para Sueldo de la Tropa que guarnece; el que entregandose á e! Avilitado qe. nombra el Governador, y oficiales cuida este de remitir los efectos de que necesitan proveerse sus moradores.

Casi igual estrechez en el giro presentan los Puertos del Realejo, y Sonsonate, los unicos frecuentados para la exportación que se hace de! Callao á la Costa de la vanda del Sur del Reyno de Guatemala, pues solo asciende a la corta cantidad de 28.350 ps., y abaluandose la Inportación en 124.500 ps. según lo expresa el Plan num? 7 es descubierto e este Virreynato en 96.150 ps. que salda con 100 mil ps. que anualmente remite en Plata de cordoncillo por no tener allí premio alguno el Oro acuñado.

Este giro reducido a tan cortos limites se extrecharia mas en adelante, por la entera livertad de dros. de entrada, y salida con que se han agraciado recientemente los puertos de Omoa y Trujillo situados en aquela costa a la vanda del N. pues pudiendo recivir los caldos y demás frutos de la Metrópoli en más vajo y cómodo precio no podrán sostener la concurrencia los remitidos de! Perú por su superior costo y valor.

Pero el permiso cor.cedido a Guayaquil de introducir sin restriccion

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