... 500 qs. cobre en barra a 13 ps. 6.500 9.500 Garbanzos, frijoles, pallares, quinua, orégano, pasas, plomo, bananas (v. arriba) Todo se regula en 8.000 16.000 vs. de ropa dela tierra de Cuenca ó si esta Import. del Virreinato de Sta. Fé al de Lima. Guayaquil al Callao. De Guayaquil y Panamá pa, los puertos dela Intend. de Trujillo. Botija de vino 2 ps. con más 2 % de seguro de nao. Botija de aguardte. 3 ps. Tercio de 8 as. 12 á 14 ps. quintal cobre 6 rs. Guayaquil al Callao. Las alfagias las conducen los navieros por su cuenta en otro caso 8 ó 9 ps. c/u. Los palos de arboladura se pagan 600, 800 y 1.000 ps. Carga de cacao 10 rs. Cuero 22 rs. Tercios o zurrones de 7 á 8 a. 7 á 8 ps. Se advierte q. las naves dejan los efectos en la Puná y su traslado a Guayaquil corre por cuenta del dueño. Fletes Callao a Panamá. Cada a. de harina 4 rs. Panamá al Callao. Sólo se trae a flete la Pitilla a 8 ps. cada baul. Todo lo demás, por lo gral. de cuenta de los navieros. Solo se despachan al año 2 embarc. de 4.000 qs. c/u. No 10 Extracto Gral. del fondo anual q. posee el Virreinato para el comercio de exportación con la metrópoli, asi del producto de las minas como de los frutos de su suelo q puede servir de regla al nivel de la importación, a lo q. podria agregarse el valor del cobre de Chile y Cacao y cascarilla de Guayaquil q se estima en 400 a 500 mil ps. pero q no entran en este cálculo. Del comercio con otras secciones americanas gana el Virreinato seg. el plan No 9 .... 725.192.2 Arrieraje en favor de la Intend. de Arequipa, estimado más o menos en 300.000 Fletes marítimos en favor de los navieros de este Virreinato calculado en Producto de las minas de plata y oro, seg. la entrada anual en este últ. trienio en la Rl. Casa de Moneda ...... Piezas de dhos metales destinadas al uso y barras q. pasan a España en los navios del Cabo de Hornos, bajo partida de registro, se calcula el todo en Corte y cosecha de la cascarilla de Piura, Chachapoyas y Huambos, ó sea 200.000 lbs. q se exportan a la Pe- Lana de vicuña, al cálculo vale la q se exporta De este fondo hay que desfalcar los situados de Panamá, Total del fondo anual Desfalco Diferencia 100.000 4.240.000 100.000 50.000 10.000 900.000 ps. 5.525.192.2 900.000.0 4.625.192.2 Valor histórico de los libros de conta bilidad hacendaria colonial Por MANUEL MOREYRA Y PAZ SOLDAN En el estudio de las finanzas coloniales existen dos aspectos igualmente importantes. De un lado la tributación y del otro, la contabilidad hacendaria. El primero, tiene como norma y estructura que lo informa, la legislación impositiva, origen de los ingresos fiscales, patrimonio del Estado, cuyo acopio en la actualidad, constituyen los presupuestos ordinarios, en su faz de entradas. El segundo aspecto responde a una técnica y como tal sólo es un procedimiento. Para su visión, medio utilísimo es el objetivo y directo, es decir internarse en las fuentes originarias. De su forma y sistema conserva abundantes ejemplares nuestro "Archivo Colonial de Hacienda" el único hasta ahora clasificado con rigor científico. Recordemos que la cobranza y la contabilidad hacendaria, durante el Virreinato tuvo, como organismo básico a las Cajas Reales. Gaspar de Escalona y Agüero, es el tratadista por excelencia de los problemas hacendarios. En su obra célebre "Gazophilacium Regium Peruvicum" -salido a luz durante la época del Virrey Marqués de Mancera dedica toda la parte segunda de su libro primero, a dilucidar estos importantes negocios estatales. Describe su manejo pormenorizado en veintidós capítulos, a través de las atribuciones y deberes de los funcionarios que las gobernaban, es decir los "Oficiales Reales de Hacienda". La legislación de las Cajas, emana en el Perú de las Ordenanzas que dictó desde el Cuzco Francisco de Toledo, con fecha 28 de julio de 1572. Realizando su Visita general y hallándose en la ciudad de Huamanga, mandó tomar cuentas de los alcances en dinero y de la manera como los Oficiales Reales usaban de sus oficios. De resultas de esta inspección vino en conocimiento, del sistema defectuoso seguido por estos funcionarios. Las instrucciones en vigor, habían sido dictadas por el Contador Ortega de Melgosa y eran en extremo embrionarias. Para remediar y dar ajuste a negocio de tanta monta, en el Cuzco redactó nueva y minuciosa Ordenanza. En ella se prescribe, la parte formal de la custodia de los tesoros, ahonda en la técnica de las fundiciones, almonedas y cálculos necesarios para evaluar la fineza de las pastas metálicas y su correlación de precios. Su artículado extenso, es |