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servicio en ellos, explicando en los libros en que se inscriban los asientos de estos la expresada circunstancia, para que en todo tiempo conste este particular y patriótico obsequio que han hecho á la Nacion.

XIV. El actual: Secretario del cuerpo, que está á las órdenes del Sargento mayor, continuará en este ejercicio, custodiará y se hará cargo de su archivo, gozando los mismos haberes ó sueldos que hoy disfruta.

xv. La Regencia empleará, segun sus merecimientos y servicios, á todos los individuos del cuerpo que por este arreglo provisional queden sin destino en él, procurando reparar en la parte posible la postergacion que hayan sufrido los que habiéndoles tocado salidas al Ejército, fueron devueltas sus propuestas.

XVI. Tendrá el cuerpo el Juzgado que se manifiesta en el estado número 2.o, y sus individuos gozarán el mismo sueldo que en él se les declara.

Lo tendrá entendido la Regencia del Reino para su cumplimiento, y dispondrá que se imprima, publique y circule. Dado en Cádiz á 25 de Mayo de 1813. Florencio Castillo, Presidente. Josef Domingo Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario. A la Regencia del Reino.Reg. lib. 2, fol. 175 y sig.

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NUMERO I.°

Estado que manifiesta el pie y fuerza de los escuadrones de Guardias organizados segun lo estan los del Ejército en la forma siguiente:..

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Primera. A los dos Garzones, Timbalero y Trompeta de orden se les da tambien caballo por el estado........

Total de caballos.........

4

... 316

Segunda. Primero: Los seis Exentos mas antiguos representan en sus brigadas y tienen la misma colocacion que los Capitanes en sus compañías, y los seis mas modernos la de los Tenientes. Segundo: Los seis Brigadieres mas antiguos representan y tienen la misma colocacion que los Alféreces, y los seis mas modernos la de los Sargentos primeros. Tercero: Los doce Subrigadieres representan y se colocan donde lo verifican los Sargentos segundos. Cuarto: Los cuatro Cadetes mas antiguos representan y se colocan en primera fila en los costados de sus mitades, como lo ejecutan los Cabos primeros, y los seis mas modernos en los mismos términos en segunda fila. Cádiz 25 de Mayo de 1813. Florencio Castillo, Presidente.= Josef Domingo Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario. Reg. lib. 2, fol. 177.

NUMERO 2,°

Estado que manifiesta el haber de los individuos del cuerpo

Empleos.

de Guardias de Corps.

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Nota. Los Trompetas y el Timbalero disfrutarán ademas del haber señalado los premios á que puedan hacerse acreedores por su constancia en el servicio, conforme á los reglamentos que rigen en la materia. Cádiz 25 de Mayo de 1813. Florencio Castillo, Presidente. Josef Domingo. Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario.=Reg. lib. 2, fol. 178.

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DECRETO CCLVIII.

DE 26 DE MAYO DE 1813.

Se manda quitar todos los signos de vasallage que hubiere en los pueblos.

Las Córtes generales y extraordinarias, accediendo á los deseos que les han manifestado varios pueblos, han tenido á bien decretar por regla general lo siguiente: Los Ayuntamientos de todos los pueblos procederán por sí, y sin causar perjuicio alguno, á quitar y demoler todos los signos de vasallage que haya en sus entradas, casas capitulares, ó cualesquiera otros sitios, puesto que los pueblos de la Nacion española no reconocen ni reconocerán jamas otro señorío que el de la Nacion misma, y que su noble orgullo no sufriria tener á la vista un recuerdo continuo de su humillacion.Lo tendrá entendido la Regencia del Reino, y akpondrá lo necesario á su cumplimiento, haciéndolo imprimu" publicar y circular. Dado en Cádiz á 26 de Mayo de 1213. Florencio Castillo, Presidente. Josef Domingo Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario. A la Regencia del Reino. Reg. lib. 2, fol. 179.

ORDEN.

Cómo deben comunicarse las gracias 6 dispensas de ley en favor de los particulares:

Excmo. Sr.: Las Córtes generales y extraordinarias, con presencia de lo expuesto por V. É. de orden de la Regencia del Reino en papel de 24 de Febrero último, relativamente al modo con que habia de comunicarse á Doña Bernardina Portillo, viuda del barón de Pandines, la resolucion por la cual se sirvieron asignarla de viudedad la sexta parte de la renta anual líquida que disfruta

su hijo, en cuya resolucion se previno que se expidiese á favor de dicha interesada la cédula de estilo, de que no hay modelos: han venido en determinar que la Regencia del Reino continúe, como hasta aqui, comunicando por orden, en los términos que lo ha hecho, las gracias ó dispensas de ley que en beneficio de algun particular concedan las Córtes. De orden de las mismas lo comunicamos á V. E. para que S. A. lo tenga entendido. Dios guarde á V. E. muchos años Cádiz 27 de Mayo de 1813. = Josef Domingo Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario. Sr. Secretario del Despacho de Gracia y Justicia.

Vin y ocio ORDEN

Sabre que en los calendarios no se omita el título de Rey de España en el dia de S. Fernando.

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Las Córtes generales y extraordinarias han acordado by que la Regencia del Reino haga indagar con la más pronta diligència en quién está la falta de la supresion del título de Rey de España á S. Fernando en el calendario de este año; y quiere S. M. que la Regencia disponga tambien que en todas las provincias y obispados de las Españas se observe la práctica de continuar en los calendarios diocesanos el título de Rey de España á S. Fernando en 30 del mes de Mayo, dia glorioso de su festividad. De orden de las Cortes lo comunicamos á V. S. para que la Regencia lo tenga entendido. Dios guarde á V. S. muchos años. Cádiz 29 de Mayo de 1813 Josef Domingo Rus, Diputado Secretario. Manuel Goyanes, Diputado Secretario Sr. Secretario interino del Despacho de la Gobernacion de la Península.

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