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dado y favorecido de la fortuna ya no escucha proposicion alguna de paz, ansioso de vengar una agresion no provocada; y en tal crisis ¿qué hará la nacion? Sin remedio alguno conceder al rey todo lo que pida ó dejar perecer la patria; no hay medio en esta alternativa. Pero demos caso que fuésemos afortunados en una lucha de esta especie; de todos modos siempre que el enemigo no quiera convenirse en la paz, ó han de suministrarse al rey subsidios, ó se han de dejar destruir las fuerzas nacionales. Áhi se ve que cuando á la nacion le importa que no se emprenda una guerra, la facultad que tienen las CORTES de negar los subsidios es nula necesariamente. No podrá decirseme que un embajador o ministro extrangero hábil lograria con su influjo y su manejo, precipitar á las CORTES ȧ declarar una guerra ó á ajustar una paz inoportuna; porque, abstraccion hecha de otras reflexiones, yo no deposito el egercicio de este derecho solo en las CORTES, sino en union con el rey. Tampoco se me persuadirá que ya que esto no sucediera, podria lo menos retardar cualquiera medida; primero, porque si tales manejos influyen en el CONGRESO, igualmente influirian para negar ó detener los auxilios; influjo de consecuencias mas trascendentales, y que esponia á la nacion à un resultado infinitamente desgraciado: segundo, porque si es posible pue tuviese estos manejos en el CONGreso, con mucha mayor facilidad llegaria á insinuarse y conseguirlos en el gabinete, en donde la corrupcion toma mas pronto asiento, y en donde con ganar á uno ó á dos ministros tiene certeza de lograr su objeto, cuando en el CONGRESO, aun dado caso que sobornase á los diputados de mayor nombre, se aventuraba á verse chasqueado. Yo me rio de la mano poderosa que puede tener un diputado. Será dueño quizá en un primer movimiento de arrastrar con su fuego y su elocuencia gran número de individuos; pero como para la resolucion de cualquier negocio se guardan ciertos trámites, los ánimos se serenan, se dá lugar á consultar la fria razon, y desaparece toda ilusion

que deslumbró en un principio. Segunda razon de la comision. El secreto necesario para las negociaciones diplomáticas. El secreto para mi es una quimera; en España en donde nadie tomaba interés en los asuntos públicos, y en donde todos estaban retirados sin mezclarse en los negocios de Estado, en España, á lo menos en Madrid, no habia tratado, alianza, ó negociacion de cualquier especie, que de antemano no se trasluciese. Con tanta mas razon llegará á averiguarlo un ministro estrangero solo destinado á este fin, con señalado interés de apurar todo lo que se trata en el ministerio y con medios muchos y vários de conseguirlo. Mas démos de barato que no respirase cosa alguna, los preparativos que se hacen y la necesidad que el rey tiene de recurrir á las CORTES, en demanda de auxilios y aumento de fuerza, ¿no descubrirán, á pesar suyo, cualquierà plan que se intentase realizar? No se diga que de estas disposiciones solamente se deduciría que se trataba de hacer guerra; pero no á quién ui cómo ni cuándo, pues el rey no habia menester comunicarlo a las CORTES. Cualquiera hombre, à no ser que carezca de la facultad de uzgar en estas materias, sin tantos medios adivina á qué se dirigen preparativos y aprestos semejantes, tanto mas en la posicion que tiene la monarquía. Esta solo ha de temer à dos potencias poderosas, y siendo la una por mar y otra por tierra, diversas y de diferente naturaleza deben ser las medidas que se tomen, y los inedios que se preparen, y por consiguiente fácil de discernir contra quien se dirigen.-La tercera razon de la comision, es la lejania de las provincias de Ultramar; no veo, sin embargo, que esta sea un estorbo para negarle al rey el ejercicio de este derecho: ninguna sombra puede dar á aquellas, ni causarles recelo alguno las poten- cias cultas americanas que las rodean. Pacificas y nada guerreras no se hallan en disposicion por si de ser conquistadoras; mas dado caso que lo llegasen à ser, nuesá tras provincias deberán siempre estar en una aptitud respetable para rechazar cualquiera agresion repentina; y si

la guerra se formalizase, de todas maneras dependian para su declaracion de la Peninsula, en donde ha de residir el rey, y para su continuacion, de la reunion de las CóRTES, que han de proporcionar los subsidios; con lo que claramente se vé que para una declaracion formal jamás dependerá la dilacion principal de las CORTES, que podrian juntarse, si no lo estuvieran, en brevisimo espacio de tiempo, sino de la distancia y lejania de aquellas provincias. Mas si una nacion europea; de las que tienen colonias en América ó Asia, aprestase una espedicion, que socolor de dirigirse á sus posesiones, intentase una invasion en aquellas remotas provincias, el rey, ỏ tiene medios por si para evitarla ó no: si no los tiene, el secreto se descubre por la necesidad de pedirlos á las CORTES; si los tiene, si en los arsenales se hallan suficientes repuestos para armar una escuadra, y encuentra en si mismo recursos bastantes sin acudir a las CORTES, encargado y autorizado por la constitucion para atender á la seguridad de la nacion, tan árbitro será de enviar una escuadra ó una espedicion à Ultramar, como de trasladar un regimiento de una plaza á otra. Si se dijese que empezando entonces à haber hostilidades se ha declarado con este paso la guerra, contestaré que para realizarse una guerra es menester) en tiempos regulares una declaracion formal; pues de otra manera dos partidas de soldados que se batieran en la frontera, ó dos barcos que trabaran enmedio de la mar un combate, gozariau del derecho de declarar la guerra; y sabido es cuantas veces se verifica haber hostilidades entre dos naciones, y no llegar á un rompimiento abierto y formal. Disueltas á mi entender las dificultades que ofrecen las razones poderosas en que la comision funda su opinion sobre la declaracion de la guerra, paso á tratar de las alianzas.Igualmente que las guerras, las alianzas se dividen en ofensivas y defensivas; ya está aprobado que las primeras no puede contraerlas el rey sin consentimiento de las CORTES, y asi solo de las segundas debemos hablar.

Aunque yo apenas concibo que se realize alianza defensiva que no pase en ocasiones á ser ofensiva de parte de alguna de las potencias contratantes, me limitaré á examinar esta especie de alianzas, puesto que á ellas solas debe ceñirse la cuestion. He oido decir el otro dia, cuando se discutió el articulo de las alianzas ofensivas, que la nacion no tenia interés en atender à las defensivas, esto es, entender por medio de las CORTES, que como la potestad nombrada frecuente é inmediatamente por ella, es en quien ha de tener mas confianza. Yo no comprendo que no haya este interés; puede verificarse alianza defensiva que sea para la nacion inútil ó perjudicial. Comprometerse con una nacion que pueda ser su mas terrible enemiga, ofrecerle su ayuda y su apoyo, contraer alianzas con otra que en vez de acarrearle en tiempo alguno beneficio ó utilidad le produzca gastos ó guerras con naciones poderosas, son sobradas ocasiones para que seamos cantos, y conozcamos que à la nacion le interešan no menos las alianzas defensivas que las ofensivas. Si las CORTES no ponen la mano se repetirán frecuentemente tratados como el pacto de familia. ¿Qué le iba å la nacion en defender las casas reinantes de Nápoles y de Parma, y sobre todo de Francia, que por su posicion es su enemigo natural y el enemigo mas temible? ¿Qué le iba en sostener este pacto en que solo se cruzaban intereses de familia, en cuyo preámbulo y en todo su tenor å nadie se atiende sino á las familias reinantes, y á defender sus intereses reciprocos, pero no los de las naciones respectivas? No se diga que cuando convenga á la nacion tratar con alguna potencia, ninguna querrá esponerse å entrar con ella, temerosa de la publicidad que ha de darse a sus negociaciones, porque estas no es menester que pasen á las CORTES sino cuando esten para concluirse; y sobre todo porque o la nacion es poderosa ỏ no; si lo es, habrá quien trate y quien busque con ansia su alianza y la respete; si no, será despreciada como es la suerte de las naciones débiles, que son el juguete de las

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fuertes,á pesar de que en aquellas se hace especial estudio de las tretas diplomáticas, tretas de que yo me rio, y de que se rien las naciones, siempre que cuentan fuerza y con poder. Una nacion vecina echó á rodar todos esos misterios, que con grande aparato corren diplomácia, y no obstante deshizo la nube de ejércitos coligados que la amenazaba, y hubo despues muchas potencias que anhelaban tratar y aliarse con ella. Además si el rey por si no puede ni aumentar la fuerza armada ni disponer de caudales, nadie querrá entablar con él negociacion alguna, cuando ninguna de importancia puede concluir, no siendo dueño de los medios necesarios para llevarla á cabo, ó si se compromete, y luego no cumple porque las CORTES no acceden á sus peticiones, resultará de aquí que es inútil en el primer caso darle esta facultad, y perjudicial en el segundo, pues desairada la nacion aliada es de temer se suscite una guerra, casi inevitable en ocasiones semejantes. El secreto, por tanto, en las alianzas es como en las guerras, tan dificil ó imposible de guardar: y habiendo, en mi entender, satisfecho ya á otras objeciones que suelen presentarse, paso á hablar sobre la ratificacion de los tratados de paz.A primera vista parece que nada importa ni que nada aventura la nacion en dejar solo al rey el ejercicio de este derecho, pues no pudiendo ni ceder territorio alguno, ni dar subsidios, ni formalizar tratados especiales de comercio sin consentimiento de las CORTES, pocos perjuicios podrán seguirse de depositarlo en la potestad ejecutiva en toda su plenitud. Pero deteniéndose á reflexionar y profundizar la cuestion, se empiezan á descubrir los graves males, males de bulto, que de esta disposicion han de resultar. Un tratado de paz ȧ veces no tanto es perjudicial por lo que cuesta, ó por los sacrificios y cesiones que en él se pactan, cuanto por haberlo realizado quizá fuera de tiempo y con inoportunidad. La córte, encontrada a menudo en intereses con la nacion, acelera un tratado de paz útil á sus miras, y dañoso para la cau

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