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CAPÍTULO XVI.

Que no se han de permitir los dichos juegos. Acabado hemos la mayor parte desta disputa, ayudando nuestro Señor con abundancia de palabras y de argumentos al intento que llevamos. Reprobado hemos la locura envejecida con muchas razones, las cuales en este lugar quiero recoger en breve y reducillas á la memoria. Hemos dicho que los histriones, cuales son los que vemos en España, que mezclan cosas torpes con las honestas por causa de ganar mas, son por derecho infames, y que no se puede ejercitar aquel arte sin grave pecado por ser de tanta eficacia para estragar las costumbres del pueblo. Los contrarios oponen que la vista de una mujer ataviada y afeitada no es menos perjudicial que los teatros, ni enciende menos el deseo torpe, á la cual con todo esto no obligamos, so pena de pecado mortal, á quitarse los atavíos y no usar los afeites. Aguda objccion, pero á la cual se puede fácilmente responder de santo Tomás, 2.2., quaest. 179, ait. 2, el cual dice que á las casadas les es permitido el ataviarse para agradar á sus maridos; á las demás no de la misma manera; principalmente si con el hábito pretenden despertar mal deseo en otros será pecado mortal; pero si lo hacen por liviandad de corazon, solamente seria venial pecado. Y á lo que dice santo Tomás se ha de añadir: Que pecaria mortalmente la mujer que no dejase de ataviarse, dado que supiese que por aquel atavío alguno habia de caer en mal deseo. Así lo dice Silvestro en la palabra hornatus, al fin del párrafo 4.o Digamos pues que el atavio de la mujer no siempre es pecado mortal, porque no consta que ha de parar perjuicio á ningun particular, si no fuese por ventura aquellos que por ser muy desalmados á cada paso, con ninguna ó ligerísima ocasion, tropiezan, de los cuales la mujer honesta no está obligada á hacer caso, pues corren arrebatadamente á la muerte, teniendo aun hecho con el infierno concierto. Como en los teatros acaezca muy al contrario que muchos sin dubda caen, aun de los modestos, porque ¿quién habrá que en tantas llamas no se abrase? El atavío y los meneos, los versos, los dichos agudos, los cantares y música, todo se endereza y provoca á torpeza, por donde vco que los teólogos comuumente condenan á los histriones que tratan cosas deshonestas ó pecado mortal, y en particular Silvestro en la paJabra ludus, párrafo 2.° Y no hay para qué escudarse con decir que los histriones antiguos eran diferentes de nuestros representantes, pues está claro que los teólogos modernos hablan principalmente de los que en su tiempo se usaban, que eran los mismos que en el nuestro, y mirada toda la antigüedad, uo se hallará diferencia en nuestros faranduleros y los histriones an- tiguos en lo que toca á este puncto de la deshonestidad, por donde los condenan los padres antiguos; si ya no fuesen que los histriones de entonces eran mas recatados y menos deshonestos, como se ve de las comedias y tragedias de los antiguos, ansí griegos como

y

latinos, y de lo que dellos dice san Agustin en el lib. 11 de La ciudad de Dios, cap. 8.o, que se guardaban de palabras sucias, como otras veces hemos referido. De los que van á semejantes comedias, digo que apenas puede acontecer que no pequen mortalmente; porque ó son flacos ó de mucha virtud y fuerza; si flacos, cuales son los mozos y la mayor parte del pueblo, pecan por dos respectos: el primero por el peligro á quo se ponen, así del consentimiento en el acto torpe, habiendo tantas cosas que muevan á ello, como está dicho, como tambien por el peligro de la delectacion morosa en los que son mas recatados y modestos, y no solo por el peligro, sino porque verdaderamente consienten en ella, metiéndose por su voluntad y sin necesidad que les fuerce en aquellas llamas del deleite torpe; porque ¿qué otro se puede llamar consenso tácito ó interpretativo del deleite sino aquel con que se consiente en la causa de la cual la persona sabe que` ordinariamente le ha de resultar el encendimiento del tal deleite, de la manera que si uno sabe que tiene la cabeza flaca queriendo beber vino, quiere tambien tácitamente emborracharse; y si tiene costumbre de matar cuando está borracho, consiente tambien en el homicidio, y se le interpreta y pone á su cuenta, dado que expresamente lo aborreciese? Esto cuanto á los flacos; pero si los que van á las farsas son muy virtuosos tienen el pecho de hierro, cuales creo son muy pocos, los tales deben considerar que la lujuria doma corazones de hierro, como dice san Jerónimo, y que, dado que no pequen por este respecto, pecan por el escándalo y mal ejemplo que dan á los del pueblo, cuando ven personas graves por autoridad, letras, profesion ó dignidad ocuparse y favorecer esta vanidad. Les parece que lo mesmo podrian hacer ellos; por donde son ocasion de caida á muchos flacos; y tanto mas si los tales son prelados ó obispos pecan mas gravemente admitiendo esta gente á sus casas, dado que no representen en su presencia alguna cosa torpe, porque el pueblo, no sabiendo lo que allí se representa, movido por el ejemplo de su pastor, sigue los representantes, y va á las comedias sin mirar si es cosa honesta ó torpe lo que alli se representa; y tiénese por género de servicio y lisonja imitar lo que los príncipes hacen; fuera de que en todas las cosas mueven mas los ejemplos que las palabras. Presupuesto todo lo que se ha dicho y probado, antes que pasemos adelante se ha de tratar una cuestion grave y dificultosa: ¿será bien que los príncipes para deleite del pueblo disimulen y sufran que estas representaciones se hagan, dado que vanas y torpes, para que recreados con el tal espectáculo tornen con mas ánimo á sus ejercicios y artes con que la república se sustenta, los oficiales y labradores y todos los demás, á la manera que las casas públicas ordinariamente se permiten para la gente baja por evitar mayores pecados? Pero de las rameras, pues se ha ofrecido esta ocasion, disputarémos mas adelante un poco mas á la larga; por ahora tratarémos lo que se ha propuesto, y hay argumentos por entrambas partes. Ni

entiendo importa mucho que cualquiera sienta como le agradare en este puncto, porque ni yo tengo confianza que con esta disputa se podrá desarraigar de todo puncto este mal, por tener, como yo creo, muy hondas raíces, y muchas personas principales, aun de les que gobiernan la república, que es el mayor daño, estar persuadidos que conviene dar al pueblo esta manera de deleites para recrealle y evitar otros mayores daños; y no me pareceria haber hecho poco si las personas de buena consciencia quedan con este trabajo avisadas y persuadidas que este deleite es perjudicial y que no se puede pretender sin peligro de la conciencia; porque por ventura, conocida la verdad, algunos en particular se apartarán desta vanidad, y algunos de los que gobiernan desterrarán de la república esta torpeza, teniendo en mas la salud de muchos que el vano deleite. Pero yo mucho me inclino á sentir lo que muchos han escripto, y en particular Celio Rodigino, libro vin, cap. 7.°y Pedro Gregorio en los Sintagmas del derecho, p. 3, lib. xxxx, cap. 25: que seria provechoso para la república, si los representantes públicos que se venden por dinero de todo punto fuesen desterrados, porque saben todos los caminos de recoger dinero, y por esta causa no hay torpeza que no hagan y enseñen á otros. Con esta torpe arte barren los dineros; y como adormidos los sentidos con el deleite, astutamente los van sacando para gastallos no menos torpemente. Son ocasion que los ciudadanos se dén al ocio y á la pereza, raíz y fuente de todos los vicios y males; hacen camino y abren la puerta para todos los vicios y engaños, particularmente para la deshonestidad, que por las orejas y ojos se recoge y entra; disminuyen el culto divino atrayendo al pueblo á los espectáculos los dias de fiesta, cuando se habian de ocupar en ir á los templos y oir los oficios divinos y obras semejantes de piedad, á lo cual seria razon se proveyese con toda diligencia. Pero si no alcanzamos que estas representaciones y juegos se quiten del todo, y se juzga no obstante todo lo dicho, que se deben dar estas recreaciones al pueblo; lo que la razon y el derecho parece piden deseamos á lo menos alcanzar, que se use de algun recato y circunspeccion, y no se dé libertad á los representantes de representar lo que quisieren, sino que se les ponga leyes y límite del cual no puedan pasar sin castigo; porque ¿qué aprovecha sacar leyes si escriptas no se han de guardar? Dado que yo entiendo que el furor desta gentè no se puede bastantemente enfrenar con algunas leyes. Prudentemente, como lo demás desto, dijo el poeta lírico con palabras que tomó de otro poeta y se pueden aplicar á este propósito: O amo, la causa que ni tiene modo ni consejo, no se quiere tratar con razon y medida. Con todo esto digo que se podrian señalar en cada ciudad ó diócesi examinadores, los cuales viesen y aprobasen todo lo que se hobiese de representar, no solo las farsas, sino tambien los entremeses; que fuesen personas graves y honestas, de edad madura, en la cual el fervor de lá mocedad esté apagado. Así mandaba Platon en el li

bro vi De las leyes: Que los versos de los poetas antes que se communicasen con otros ó se publicasen, fuesen examinados por personas no de menor edad que cincuenta años, conviene á saber, de prudencia perfecta y conocida bondad; por do se ve cuán mal hacen los que el exámen y cuidado destas cosas encargan á hombres mozos, principalmente de costumbres no muy aprobadas, lo que sabemos se hace en algunas comunidades, con gran vergüenza y escarnio de lo que despues pasa y se hace. Despues desto, védese que las mujeres salgan á representar, ahora sea con hábitos de mujer, ahora de hombre, por los inconvenientes y daños que este abuso acarrea. No se señale á esta gente cierto teatro ó casa, ni se edifique á costa del comun con esperanza de sacar alguna ganancia para las necesidades de la república 6 de los pobres, por no participar los que gobiernan en los males que forzosamente se siguirán. No se hagan estas representaciones ó juegos en los dias de fiesta, á lo menos mas principales antiguas, ni en los dias de ayuno, cuaresma, témporas y vigilias; porque ¿qué tiene que ver la tristeza de la penitencia con la risa, vocería del teatro? Echense de todo puncto y apártense de los templos, y no se hagan para honra de los sanctos que reinan con Cristo en el cielo en sus fiestas y procesiones; y por abreviar en cuanto fuere posible, mozos y doncellas no se admitan en estos espectáculos, porque no se inticione desde los tiernos años y primera edad el seminario de la república, que es mayor daño de lo que se puede encarecer con palabras. Hállense presentes- personas que tengan cuidado de mirar lo que se representa, y no permitan que se vea alguna torpeza, y tengan autoridad de reprimir con algun castigo si alguno se hubiero deshonestamente. Y no será necesario hacer del conun nuevo gasto; obliguen á los histriones á pagar á las tales personas el salario que se les señalare. En todas maneras entienda el pueblo que los representantes, los cuales no entiendo se podrán refrenar de todo punto para que dejen las torpezas, no los aprueba la república ni su arte como cosa lícita, sino que se permiten para deleite del pueblo, y á su instancia, por los magistrados, los cuales cuando no pueden alcanzar lo mejor, deben tolerar el menor mal. Así Teodorico, rey de los ostrogodos, en Casiodoro, lib. in, epíst. 51, señalando á un cierto cochero muy célebre en aquella arte salario del pueblo por meses, acaba la epístola con estas palabras: Nosotros favorecemos estas cosas forzadas de los pueblos que cargan de nos, cuyo deseo es ocuparse en tales cosas, para con el deleite desechar los cuidados, porque pocos son capaces de razon, y á muy pocos deleita lo mejor, y la turba se inclina mas á aquello que se endereza á desechar cuidados; y cualquiera cosa deleitable juzga que pertenece á la bienaventuranza de los tiempos; por lo cual démos el gusto, no siempre dando con juicio. Conviene á las veces mostrar de saber poco para que podamos enderezar los gozos deseados del pueblo. Hasta aquí Teodosio.

CAPITULO XVII.

Si conviene que haya rameras.

Harto se ha dicho de los juegos escénicos y representaciones; pasemos ahora á las casas públicas, en las cuales públicamente en las ciudades y lugares está puesta en venta la vergüenza de mujeres desdichadas, y se peca con grande libertad y menos temor, no habiendo alguno que lo reprehenda ni castigue; de las cuales se pregunta si conviene que se conserven ó se derriben desde los cimientos como peste muy clara de la república. Grave cuestion es esta, tratada de pocos, y por tanto mas dificultosa de resolver, como lo suele ser el camino que no está hollado de nadie; y ¿quién se atreverá á reprehender la costumbre recibida en conformidad de todos los pueblos y reprimir la libertad hasta ahora de ninguno reprehendida? Cierto de poquísimos. Y es de todo punto dificultoso lo que carece de toda razon querello con la disputa reducir á cierta medida y regla. Probarémos empero si pudiésemos con alguna manera desterrar el error envejecido, y á la enfermedad vieja buscar y hallar algun remedio. Bien sé que los husitas reprehendian gravemente á la Iglesia por esta causa que en las ciudades y pueblos sufria hubiese casas públicas: así lo refiere Pio II en la Historia de Bohemia, cap. 50. Yo cierto con los herejes no quiero tener alguna comunicacion, como desde la primera edad siempre haya aborrecido todas sectas y bandos; pero como en el concilio de Costancia entre los demás dogmas de los husitas que reprueban los padres no se haga alguna mencion desta su acusacion, con razon entendemos haber quedado libre el juicio por la una y otra parte, sin interponer alguna determinacion ó decreto. San Augustin pues, lib. 11 Del Orden, cap. 4.o, fué el primero que parece haber establecido y aprobado el uso de las casas públicas por estas palabras: ¿Qué cosa se puede decir mas sucia y mas vana, mas llena de afrenta y torpeza que las rameras, rufianes y las demás pestes deste género? Quita las rameras de las cosas humanas y turbarás todo el mundo con deshonestidades. Movidos por autoridad de san Augustin, los mas modernos, principalmente los teólogos escolásticos, y por no parecer que querian desarraigar costumbres recibidas por las provincias de todo tiempo, fueron de parecer que las rameras se habian de tolerar en los pueblos para que sirviesen á manera de sentina, á la cual corriesen todas las suciedades. Sauto Tomás en el libro 4.° Del gobierno de los principes, capítulo 14, lira sobre el Génesis, cap. 19, Deuteronomio 24. I De los reyes 17 dice: Y era oficio de los príncipes prudentes y de los magistrados disimular costumbres y usanza, la cual por su antigüedad no se podia alterar sin alborotos y movimientos, porque tan grande muchedumbre de hombres de toda edad y calidad como han concurrido en la república cristiana ¿quién podrá hacer que no caigan en pecados? Juzgaron pues que se les debian conceder los menores para que se guardasen de los mas graves. Gran bien fuera por cierto, si todos guardáramos con las obras la sanctidad que profesa

mos; pero pues que esto no se concede, debemos convidar á todos á lo mejor, y sufrir á los malos y flacos hasta tanto que se contentan con cometer pecados menores, los cuales no perturban la paz de la república, á la cual se ha de mirar principalmente. Estos argumentos hay por esta parte; por la contraria hay mas y no menos fuertes. En el pueblo de los judíos antiguamente y en toda aquella nacion no habia rameras algunas por precepto divino, en el Deuteronomio 23, donde se dice no habrá ramera de las hijas de Israel, ni fornicario de los hijos de Israel. Así dice Orígenes antes de la mitad del lib. v contra Celso, haberse guardado hablando de los judios por estas palabras: Ningunas meretrices hubo, pestes de la juventud en su república. Le mismo repite antes del fin del lib. v: Ningunos certámenes, dice, hubo entre ellos, ó de representantes ó de luchadores, ó de circenses, no mujeres que venden la flor de su edad. Lo mismo enseña Clemente Alejandrino en el estroma 3.o; y Filon, de nacion judío, escribiendo de Josef y de las leyes especiales dice que se tenia por digno de muerte en aquel pueblo ganar torpemente con el cuerpo. Pues si el legislador juzgó pertenecer á la sanctidad de aquel pueblo que no tuviese rameras ni casas públicas, ¿por ventura pensarémos que conviene esto menos á las costumbres del pueblo cristiano, al cual se le pide muy mayor sanctidad de vida y costumbres? Por ventura tenian ellos mas fuerzas para pasar sin deshonestidad que los cristianos, los cuales tienen del cielo tantas ayudas, los sacramentos, la sangre de Cristo, los ejemplos de los sanctos mártires? Y no digas haber sido cosa fácil á un pueblo guardar aquella puridad, dificultoso á la república cristiana, por estar derramada por toda la redondez de la tierra; pues á la verdad la nacion de los judíos harto se habia de multiplicar en número (desde el rio de Egipto hasta el rio grande Eufrate dilató algun tiempo los fines de su imperio, como se le prometió, Génesis, cap. 15, y haberse cumplido se dice en el lib. 1 de Esdras cap. 4.o, fuera de los muchos judíos que á manera de colonias estaban repartidos por todo el mundo). De manera que no hay que excusar la muchedumbre y dilatacion del pueblo cristiano, para que no se pueda en él guardar lo que en aquella nacion se hacia, principalmente que lo que en. una nacion se hace, si se usa de diligencia, no veo por qué no se pueda hacer en muchas ciudades y provincias. Pero ¿podrá dudar alguno de lo que decimos? Pues Tamar, vestida de ramera, tuvo cuenta con su suegro Júdas, lo cual no es maravilla no estando aun promulgada la ley y habiendo otras naciones mezcladas con los hebreos. Las dos rameras que en el 3.° De los reyes, cap. 3.o, pleitearon sobre el hijo en presencia de Salomon, el Caldeo ciertamente las llama en su interpretacion bodegoneras; y las rameras públicas cierto es que no conciben por tener la madre dañada del mucho uso de la lujuria. Y si esto no agrada, podemos decir haber succedido esto por la corrupcion de los hombres y malicia de los tiempos, no guardando la ley á que estaban obligados, de la misma manera que lo que

se tiene del segundo libro De los Macabeos, cap. 6.o, y De los evangelios, que habia muchas rameras en aquel pueblo, como tambien otras muchas maldades contra lo que la ley y la razon pedian. Pues en tiempo de Josías en el lib. iv De los reyes, cap. 22, habia en Jerusalem muchachos que servian al pecado nefando, lo cual él quitó derribando las casillas donde moraban cerca del templo, de lo cual, si alguno quisiese probar que aquella torpeza fué permitida á los judíos, iria muy fuera de propósito y de camino; pues muchas cosas se pervierten cada día ó por temeridad del pueblo, ó por descuido de los que gobiernan. Y no proveen bastantemente al peligro del pecado contra natura, permitiendo las rameras; pues sabemos que en las provincias ó ciudades donde mas se usa aquella maldad haber en ellas mayor número de rameras, y el apetito de la deshonestidad va creciendo de una cosa en otra sin reparar ni tener algun término. Con lo que mas se refrena es con el miedo del castigo y la diligencia de los príncipes; lo que en una provincia vimos, en ciudades muy cercanas entre sí, que en la una se usaba mucho aquel pecado, los ciudadanos de la otra eran muy mas modestos por la vigilancia de sus magistrados, tanto, que parece estaban olvidados de aquella suciedad y torpeza muy fea. Asi Lactancio dice que las casas públicas fueron introducidas por nuestro enemigo en el lib. vi, cap. 23. Por estas palabras y porque no hobiese alguno que por miedo del castigo se abstuviese de lo ajeno, ordenó tambien casas públicas, y publicó la vergüenza de las mujeres desdichadas para hacer escarnio, así de los que cometen como de las que lo padecen. Y san Jerónimo en la epístola á Océano dijo que César, y no Cristo, Papiniano, y no Paulo, habia alentado las riendas de la deshonestidad á los varones y permitido los burdeles. El mesmo Agustino, de mayor edad, y por la experiencia mas prudente, así en el lib. 11 de La ciudad de Dios, capítulo 20, parece reprueba las casas públicas cuando hablando de otras casas ilícitas y perjudiciales: Abundan, dice, las rameras públicas ó por todos los que quisieren gozar dellas, ó por aquellos principalmente que no las pueden tener en particular; como tambien en el libro xiv, cap. 18, dice: El uso de las rameras la terrena ciudad la ha hecho torpeza lícita. Acude á las leyes romanas antiguas donde esto se permitia ff. De concub., lib. xxv, tít. último, et c. de espect, et sceni, et lenon, lib. x1, tít. 40, y en el Código de Teodosio, lib. xv, tít. 18 De leno; lo cual ser todo contrario á las leyes divinas y á la ciudad celestial, da san Augustin á entender en aquellas palabras. Consta tambien que san Luis, rey de Francia, entre otras leyes por las cuales alcanzó la inmortalidad, echó de todo su reino y mandó que ni hubiese rameras ni casas públicas, y que los histriones ó truhanes no tuviesen entrada en el palacio real: así lo dicen los anales de Francia, Gaguino y Emilio en el lib. vi. Ojalá vivieras, rey Luis, ó tus succesores, y todos los reyes imitasen tus ejemplos en castigar y perseguir la maldad, que si en Francia se puede hacer, ¿por qué no se podrá hacer lo mismo en las otras pro

vincias? Dirás que aquella ley y costumbre no duró muclio tiempo, cierto, por la flojedad de los succesores, y es cosa muy natural dibilitarse y aflojarse los buenos intentos mudados en malas costumbres. A esto pues me inclino, que sería muy provechoso á la república cristiana destruir en todos los lugares las casas públicas, para que el buen olor de la Iglesia sea sobre todas las drogas, como se dice en los Cánticos, capítulo 4.o Y no podemos negar sino que esta libertad de los burdeles acarrea alguna afrenta á nuestra nacion y nombre, principalmente pasando los judíos y otras naciones sin ellos; lo que sintió en primer lugar Espenceo en el lib. in De la continencia de los sacerdotes, capítulo 4.0; y en segundo, Navarro, muy docto y grave jurista, en su Manual, cap. 17, núm. 195, por estas razones: La primera, que los muchachos en su tierna edad, la cual no se deberia tan presto inficionar con vicios por ser cosa de tanto perjuicio, con esta libertad y ocasion 6 de sí mismos ó movidos de otros, corren á las casas, y con aquel dañoso deleite debilítanse las fuerzas, y encendida una vez la llama del deseo torpe, cada dia se hacen mas destemplados. Sin duda donde no hay estas casas, los mozos son muy mas castos y menos adulterios se vén, porque la llama deste deseo no se apaga con la abundancia y libertad de los deleites, sino antes se refrena con el temor de Dios y con huir estos malos gustos; y ¿quién hay que no sepa cuán grandes sean las fuerzas de la costumbre, principalmente en este propósito, por donde á los casados es muy mas dificultoso por la costumbre apagar este fuego que á los que no han sido casados? Y bien dice Tertulliano en el libro 1, á su mujer, comparando la doncella con la viuda: Podrá la vírgen ser tenida por mas dichosa; pero la viuda por de mayor trabajo; aquella porque tuvo siempre el bien; esta porque lo halló para sí; en aquellas se corona la gracia; en esta la virtud. No se remedia pues este mal deseo condescendiendo con él, sino antes se enciende mas, de la manera que echando en el fuego leña, por lo cual no se evitan los adulterios ni los pecados mas feos, sino antes se despierta con mayor impetu el deseo de cosas torpísimas; porque menospreciadas las rameras y no haciendo caso de lo que está en la mano, el ánimo una vez corrompido con el deleite siempre pasa y pretende cosas peores. Demás desto, los que suelen y pueden solicitar las doncellas y casadas, hombres ricos y poderosos, nunca van á las casas públicas, las cuales están abiertas á la gente mas baja, de la cual hay menor peligro y menos asechanza á los casamientos ajenos. Muchos mozos hemos conocido, que, viniendo de lugares donde no habia rameras, eran muy modestos y compuestos; y despues que en las ciudades populosas hallaron libertad de pecar, súbitamente se mudaron en desvergonzados y deshonestos, perdiendo la hacienda, la edad, la salud y el consejo, y quedando del todo sin ningun provecho. Demás desto, las rameras, pasada la flor de su edad, se hacen terceras, y por la larga experiencia saben mil maneras de engañar y ba cer daño; de suerte que los burdeles son seminarios

certísimos desta gente y destos daños. En conclusion, á las mujeres, las cuales son mucho mas flacas, mozas y viudas, en ninguna parte se les provee de semejante remedio, que haya en público hombres para hartar su deseo, que es argumento muy cierto de que lo que se tiene por remedio de la lujuria, no lo es, sino incentivo; que si queremos condescender con el pueblo ó escuchar á los muy recatados, tambien será necesario tolerar casas de muchachos, pues sabemos que Alejandro Severo, en lo demás prudente y casto emperador, no se atrevió á quitallas, temiendo que vedando la pública afrenta, la volviesen en deseos de particulares, pues los hombres apetecen mas las cosas ilícitas, y con rabia iban buscando lo que les estaba prohibido: las cuales son pa- | labras de Lampridio escribiendo deste Emperador. Yo creo, sin duda, que de las costumbres de los gentiles, los cuales nunca pudo la Iglesia del todo desarraigar, quedó esta con otras muchas; pero la cual sin mucha dificultad se podria quitar si los príncipes de un ánimo quisiesen vacar á esto. En el cual lugar se me ofrece una maravilla, que los antiguos, los cuales dijeron tantas cosas contra los espectáculos, hayan dicho tan pocas contra las casas de malas mujeres; pero sin duda entendieron que paraban mayor perjuicio los espectáculos, por concurrir á ellos personas de todas edades, calidad y sexo, y á estas casas, la gente mas baja, de cuya virtud ni viene mucha loa, ni de su deshonestidad, fuera de las ánimas, muy grande pérdida; pero si los muchachos nobles, las doncellas y viejos se inficionan, forzosa cosa es venga grande daño á la república. Demás desto, no habia quien defendiese estas casas por su torpeza; pero muchos defendian los espectáculos diciendo ¿qué mal habia en recrear los ánimos apesgados de cuidados y trabajos con el deleite de mirar? Contra los cuales se endereza lo que los sanctos escriben. Tambien me maravillo como en ningun concilio se vedaron estas casas, por ventura porque los padres no se ́atrevieron á alterar lo que con el tiempo se habia endurecido, principalmente habiendo diversos pareceres, como creo que siempre algunos las defendieron con pretexto de recató, y los hombres quieren perseverar en las costumbres antiguas y recebidas, si la experiencia no muestra claramente que son malas. Quiero dar fin á este capítulo con decir que en los bodegones y mesones públicos no se deben tener rameras para efecto de atraer mas gente con aquel cebo á la posada, porque ni se permite esto por las leyes y es participar en el pecado. Lo mesmo digo de las cantoneras que andan de noche por las calles y plazas poniendo en venta su cuerpo, y de las demás que viviendo en casas particulares ejercitan la misma torpeza, que deben ser castigadas, porque como yo entiendo, á lo menos en las mas ciudades y pueblos de España está recibido que las rameras solamente que viven en casas públicas se permitan y toleren. Mucho menos se deben permitir amancebamientos aunque sea entre solteros, dado que por las leyes antiguas de los emperadores se permitiesen en el lugar citado de suso, ff. De concubinis.

CAPITULO XVIII.

No se puede llevar algun tributo de las casas públicas.

Siempre se ha tenido por cosa torpísima llevar de la ganancia de las rameras y estiércol de las casas públicas alguna parte para la república con nombre de tributo; porque ¿qué otra cosa seria que hacella compañera de la maldad y de la torpeza, de cuya ganancia participa? Y dado fuese lícito, no seria en alguna manera decente ni honesto, por donde en la divina ley sc mandaba que no se recibiese en el templo el salario de la ramera. En el Deuteronomio 23, no ofrecerás, dice, salario de rameras ni precio de perro en la casa del Señor, porque á la descencia de la casa del Señor pertenece que no se afee con tal ofrenda; y juntamente se proveia que los sacerdotes no diesen favor á la torpeza por redundalles á ellos della interés, lo cual en nuestro tiempo tambien se guarda, como lo dice el Tostado sobre aquellas palabras, que dones de rameras ó de personas descomulgadas no se recibian en los templos. En el imperio romano de tiempo antiquísimo estaba recibido, desde cuándo no lo sabria determinar puntualmente, pero cierto estaba recibido, que de los rufianes, rameras y mozos que ejercitaban el pecado nefando (ansí entiendo yo las palabras griegas de Ebagrio en el lugar que señalarémos, pues dice que los tales afrentaban la naturaleza) se recogiese cierto tributo, que despues con palabra griega se llamó chiesargiro, con grande afrenta del pueblo romano; á cuya causa Alejandro Severo, príncipe muy bueno y de grande honestidad, mandó que no se pusiese en el tesoro sagrado, sino que se diputase para los gastos públicos, reparacion del teatro del circo, anfiteatro y erario, como lo dice Elío Lampridio, por donde se ve la mentira manifiesta de Zocimo, historiador griego, el cual por hacer odioso á Costantino Magno, cuyas costumbres y vida pretendia manchar, dice que este tributo el primero que le intentó fué el dicho Emperador. Lo cierto es que despues Anastasio, emperador, de todo punto le quitó buscando y quemando los libros donde estaba la razon del tal tributo, por la cual causa los historiadores le dan inmortales alabanzas, Ebagrio en el lib. in, cap. 39, y Nicéforo en el lib. xvi, cap. 40. Pero mejor será referir las mismas palabras de Ebagrio, traducidas del griego á la lengua de los romanos: Tal y tan grande estaba impuesto un tributo miserable, aborrecible á Dios, indigno de los mesmos bárbaros, tanto mas del imperio cristianísimo, el cual hasta él mismo conviene, i saber, Anastasio, por qué causa no lo sabria decir, habiéndole disimulado él, con real ánimo le quitó. Cobrábase así de otros muchos que vivian de su ganancia cuotidiana, como de las rameras que en lugares escondidas ejercitaban la torpeza, y en los burdeles publicaban su vergüenza; demás desto, de los hombres fornicarios, los cuales no solo afrentaban la naturaleza, sino tambien la república. Añade que cada cuatro años cobraban los que tenian cargo este tributo, y le llevaban al gobernador supremo, conviene á saber, una grande muche

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