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Con motivo del reglamento que proponía, entraba en el exámen de la conducta de los que habían abrazado el partido del enemigo. Distinguía los hechos de las personas independientes, y de los empleados que continuaron sirviendo al gobierno intruso, ó aceptaron de él cargos y oficios. Separaba los servicios en varias clases, calificando delito de primera gravedad los de las juntas criminales, y otros tribunales establecidos por el usurpador; mirando con mucha indulgencia los de los empleados en oficinas subalternas en los diferentes ramos de administracion pública. Su máxima era considerar traidores únicamente á los que cometiesen actos cuya prueba consistiese en hechos demostrativos de haber procurado, voluntaria y dolosamente, que el usurpador conservase, ó aumentase sus conquistas. En general el cuerpo de la consulta era muy sensato y prudente como se ve, entre otros pasages, por la siguiente peroracion: "No nos precipite, Señor, el entusiasmo : "no sea que por seguir su noble impulso au"mentemos nuestros males, enagenando de nues"tra causa, por la severidad de los principios, á "muchos que puedan mas que otros empeo"rarla."

La comision de justicia de las Córtes despues de analizar con toda prolijidad este voluminoso espediente proponía, que consideradas las críticas circunstancias en que se hallaba la nacion, no se tomase ninguna resolucion definitiva. "Cual

"quiera declaracion,” decía en su informe, “que "diesen las Córtes en los presentes tiempos, "sobre no remediar el mal, no prevenir los "delitos de infidencia, y no producir el efecto que "se desea influiría estraordinariamente en au❝mentar los mismos delitos que se intenta con"tener, y enagenaría para siempre los ánimos "de aquellos que por debilidad, ó por otro

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objeto mas vergonzoso se hallasen en el caso "señalado en la misma ley." Esta ley era la de Partida propuesta por el Consejo real en su consulta. Despues de una larga discusion en que resaltó el espíritu conciliador y prudente de las Córtes, se acordó suspender la resolucion de este negocio hasta despues de publicada la Constitucion.

TOM. II.

N

CAPÍTULO IX.

TOMA DE CIUDAD RODRIGO Y DEMOSTRACION QUE HICIERON LAS CORTES AL LORD WELLINGTON POR ESTA VICTORIA. TENTATIVA PARA RESTABLECER LA INQUISICION. PROYECTO DE DISOLVER LAS CORTES, Y RESOLUCION QUE

ESTAS TOMARON DE NO SEPARARSE HASTA QUE SE REUNIESEN LAS ORDINARIAS. BATALLA DE SALAMANCA. SE

LEVANTA EL SITIO DE CÁDIZ. EL CONDE DEL ABISBAL

RENUNCIA EL CARGO DE REGENTE. NOMBRAMIENTO DEL

SUCESOR Y ESPÍRITU DE LA REGENCIA CONTRA LA CONSTITUCION. DISCUSIONES Y DECRETOS CONTRA LOS QUE SIRVIERON AL GOBIERNO INTRUSO. TRATADO CON RUSIA. NOMBRAMIENTO DEL LORD WELLINGTON PARA GENERAL en gefe de lOS EJÉRCITOS ESPAÑOLES EN LA PENÍNSULA.

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LA La pena y dolor que causó en todas partes la pérdida de Valencia, y del ejército que la defendía, empezó á templarse con la toma de Ciudad Rodrigo por los aliados el 19 de enero de 1812. Dos oficiales enviados á la regencia por el general Castaños á dar cuenta de esta victoria hicieron á las Córtes en sesion secreta una relacion circunstanciada del sitio y toma de aquella plaza. Las Córtes, por unanimidad, resolvieron,

que se diesen las gracias en su nombre al ejército británico, y en uso de su autoridad estraordinaria crearon á su general en gefe, el lord vizconde de Wellington, grande de España de primera clase, con el título de Duque de Ciudad Rodrigo, para sí y sus descendientes y sucesores. Este general, agradecido á la demostracion del congreso, en despacho dirigido al embajador de Inglaterra cerca de la regencia del reino decía entre otras cosas: Suplico á V. E. ruegue al Secretario de Estado, que del modo mas respetuoso, asegure à aquella augusta asamblea, que los oficiales y soldados de mi mando aprecian altamente el distinguido honor que se les ha hecho, con la aprobacion de sus servicios espresada por las Córtes; y que confio en que por el celoso cumplimiento de nuestro deber, y por nuestros esfuerzos á favor de la buena causa en que estamos empeñados, continuarémos mereciendo la aprobacion de las Córtes.

En otro despacho al mismo embajador, en que le participaba había pedido á su corte licencia para aceptar la grandeza, añadía: Suplico á V.E. ruegue al Secretario del despacho trasmita á las Córtes y á la regencia mi respetuoso agradecimento por el favor con que han mirado los servicios de los oficiales y tropa de mi mando, y por los altos

honores que me han conferido, mediante lo cual han mostrado que reconocían los servicios de aquella. Mas adelante el duque del Infantado, embajador de España en Londres, comunicando al secretario del despacho de estado, que el príncipe regente de Inglaterra se había servido conceder licencia al lord vizconde de Wellington para que admitiese la grandeza, decía: S. A. R. el Príncipe regente ha mirado este acto unánime de las Córtes generales y estraordinarias de España, como una muy señalada prueba de su ansia y celo por estrechar mas y mas, si es posible, la union que tan felizmente subsiste entre los dos paises, y emplear toda la energía de la nacion española para asegurar el fin de la presente lucha.

No mucho despues, un incidente que ninguna importancia podía merecer en tiempos ordinarios, ofreció ahora otro pretesto al clero para redoblar sus esfuerzos contra la reforma constitucional. Aparentando celo por la religion logró sobrecoger la piedad de unos, la incauta sencillez de otros, y la ignorancia y credulidad de la multitud. La publicacion de un escrito titulado Diccionario crítico burlesco le sirvió de punto nuevo de reunion, para que todos ellos le ayudasen á levantar el grito, y á sú favor tremolar el estan

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