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EXÁMEN HISTÓRICO

DE

LA REFORMA CONSTITUCIONAL

DE

ESPAÑA.

CION.

CAPÍTULO I.

DISOLUCION DE LA JUNTA CENTRAL, Y NOMBRAMIENTO DEL CONSEJO DE REGENCIA. CARÁCTER DE SU ADMINISTRARESISTENCIA Á CONVOCAR LAS CÓRTES, Y OcuRRENCIAS QUE AL FIN LE OBLIGARON Á REUNIRLAS. FORMA QUE SE PROPONÍA DAR Á ESTE PRIMER CONGRESO LA JUNTA CENTRAL, Y CAUSAS QUE ESTORVARON QUE SE PUSIESE EN PLANTA SU PROYECTO EN UNA DE SUS PARTES.

Los desastres que trajo consigo la derrota de Ocaña en noviembre de 1809 obligaron á la Junta central á precipitar su salida de Sevilla para la Isla de Leon, á donde había decretado ántes trasladarse y abrir las Córtes. Sus enemigos, aprovechándose de la confusion y descon

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cierto, que no era posible evitar en momentos tan críticos, acabaron de indisponer contra ella los ánimos, hasta de personas bien intencionadas y circunspectas, logrando al mismo tiempo entorpecer sus disposiciones, deprimir su autoridad y aun poner en peligro la vida de sus vocales. Atropellados estos en su tránsito, apénas pudieron reunirse, en número de dos terceras partes, para continuar en el despacho de los negocios mas urgentes.

Entre sus émulos y opositores nadie escedía en odio y actividad al Consejo reunido, compuesto de fragmentos de los tribunales de la capital, disueltos por Napoleon en diciembre de 1808. Muchos de sus ministros se habían refugiado á Sevilla, donde, á pesar del descrédito y falta de popularidad en que se hallaban, la Junta central los acogió lo mejor que pudo, y despues formó con ellos, bajo aquella denominacion, un cuerpo consultivo que desempeñase las funciones de los anteriores Consejos.

Asociados ahora estos magistrados á otros descontentos, renovaron en Cádiz su hostilidad contra la dispersa Junta, empleando entre otras armas, la doctrina con que el Consejo real había intentado en Madrid resistir su reconocimiento.

Apoyados en ella y en la agitacion que reinaba en los ánimos, clamaban por que el gobierno se disolviese, y nombrase en su lugar una regencia. Este acto, en circunstancias tan críticas, envolvía grandes dificultades, que solo se podían superar procediendo con prudencia y buena fe.

Sostener que la Junta central era ilegítima y aun usurpadora, y al mismo tiempo, pretender que nombrase sucesor; suponer que el poder que este ejerciese sería legal, cuando ninguna otra autoridad ni facultades podía recibir, sinó las que le comunicase aquella magistratura, eran contradicciones que no podían conciliarse con facilidad. Sin embargo, los enemigos de la Junta central atendían mas á la impaciencia con que deseaban su disolucion; y el Consejo reunido creía por su parte, que con tal que el mando se resignase, sinó en sus manos, á lo menos, en las de personas que se sometiesen enteramente á su direccion y consulta, lo demas importaba poco. Ni podía pensar de otra manera quien aspiró siempre á ser, no solo depositario de las leyes, sinó su intérprete y su órgano único y esclusivo. Al mismo tiempo los ambiciosos de todas clases, el partido de los enemigos, la influencia de los aliados, poco satisfechos de la docilidad y defe

rencia que buscaban en vano en un gobierno, cuyo principio era la independencia nacional, cooperaban por diversos caminos á una resolucion desacertada y funesta, como no podía dejar de serlo, tomada en momentos tan agitados y de tan gran conflicto.

Al fin, despues de mucha ansiedad é incertidumbre, se anunció el nombramiento de un Consejo de regencia compuesto de cinco personas*. Su autoridad, tan absoluta y arbitraria como la de los gobiernos anteriores. Ningun remedio legal contra el abuso del poder. La libertad de hablar y de escribir sobre materias políticas, ó de espresar opinion acerca de los negocios públicos, tan encadenada como ántes de la insurreccion. Solo podía esperarse algun correctivo del carácter particular de los depositarios de la autoridad; así como únicamente de sus luces y su capacidad administrativa, se veía depender la direccion de los negocios y la suerte futura de la nacion. Los nuevos regentes, en lo general, llevaban consigo reputacion anterior, aprecio y confianza por su patriotismo, aun entre los que

* El obispo de Orense: Don Francisco Javier Castaños: Don Francisco Saavedra: Don Antonio Escaño: y Don Estéban Fernandez de Leon.

no podían prometerse la victoria de una magistratura tan aislada, y ménos popular que la que le había precedido.

*

La Junta central había nombrado uno de los regentes en representacion de la América, pero que no era natural de aquellas provincias. Esta circunstancia sirvió de pretesto á las razones ocultas que hubo para variar la eleccion substituyéndole, no se sabe con que autoridad, otra personat, que había nacido en Nueva España. La irregularidad y misterio de este acto se disimuló por la impaciencia con que se deseaba ver instalado un gobierno, que pusiese límites á número de pretensiones y tentativas, que bien pronto hubieran acarreado la anarquía mas espantosa.

gran

La creacion de una regencia era ya el último atrincheramiento que le quedaba al régimen absoluto. El Consejo real no había cesado de solicitarla desde el momento en que en 1808 previó adonde iría á parar el espíritu generoso que desplegaba todo el reino, si no se atajaba inmediatamente, oponiendo una fuerte barrera á los deseos tan generales y patrióticos, que se

* Fernandez de Leon.

+ Don Miguel de Lardizabal y Uribe.

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