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los grandes ideales sociológicos á que deben llegar los pueblos de nuestro continente.

Empero, á la realización de esos fines de expansión armónica y pujante, se oponen aún las barreras de la frontera litigiosa é inaccesible, abrupta y recelosa, que caracteriza la época de aislamiento en que vivimos. Abrámosla y franqueémosla; pero no con la conquista y el avance usurpativo, sino mediante el deslinde tranquilo y sereno, mediante el llamamiento de la locomotora y de la tarifa aduanera.

He ahí por qué Bolivia y el Perú han querido poner término á sus discusiones de vecindad territorial, depositando en manos de la noble República Argentina la alta misión de hacerles justicia. Las preclaras virtudes cívicas de este pueblo, su legendaria historia, su presente, preñado de grandioso porvenir, constituyen las más inequívocas prendas de imparcialidad y sabiduría con que su ilustrado gobierno ha de fallar en el litigio fron terizo sometido á su conocimiento

No únicamente se trata de zanjar una cuestión tan magna como árdua, cual es la presente. Dadas las estipulaciones del tratado arbitral de 30 de diciembre de 1902, por las que se inviste al excelentísimo gobierno federal de

las funciones de juez de derecho, su actitud ha de ser, y en ello tienen profunda fe los dos Estados contratantes, de severa y estricta justicia.

B. SAAVEDRA.

ABOGADO DEL GOBIERNO BOLIVIANO.

Buenos Aires, 15 de Mayo de 1906.

LAS BASES DEL LITIGIO ARBITRAL

Todo procedimiento que desecha las tortuosidades inútiles del camino no sólo supone ahorro de esfuerzo, sino que es dirección de probidad, de aproximación á la verdad que se busca. Desde este punto de vista, conviene plantear por anticipado, en los umbrales de la controversia fronteriza, aquello que pudiera considerarse como tesis previa de la cuestión.

En el debate perú-boliviano la «cuestión preliminar» viene á concretarse así: ¿De qué índole son los derechos territoriales que se disputan? ¿Cuáles los títulos y cuál el criterio con que ha de sustentarse el pleito ante la sidéresis arbitral del gobierno argentino? Para responder à tales interrogaciones no hace falta recurrir á teorías propias ó extrañas. Las bases han sido fijadas con gran acierto en el tratado de arbitraje de 30 de diciembre de 1902. Su artículo primero establece: que el desacuerdo delimitativo entre las repúblicas de Bolivia y el Perú, ha de concluirse con la decisión del juez de derecho que adjudique á

la primera: «todo el territorio que en 1810 pertenecía á la jurisdicción ó distrito de la antigua audiencia de Charcas, dentro de los límites del virreinato de Buenos Aires, por actos del antiguo soberano», y á la segunda: «todo el territorio que en esa misma fecha. y por actos de igual procedencia pertenecía al virreinato de Lima».

En las declaraciones de esta cláusula se resuelve uno de los términos previos del debate, esto es, que se determina la naturaleza propia de los intereses que se ventilan. Por otra parte, por qué no decirlo? Ellas no hacen otra cosa que consagrar el principio genuino del uti possidetis de 1810, que si tan á menudo se le ha invocado en todos ó la mayor parte de los pactos diplomáticos del continente, no lo ha sido siempre con espíritu legítimo y sinceramente histórico. Su fórmula, después de haber dado la vuelta á la literatura del Derecho de gentes americano, ha venido ha encerrarse en este concepto: que cada país de origen español, tiene por dominio toda aquella circunscripción colonial, llámese virreinato, audiencia ó capitanía general, establecida según demarcaciones hechas por el antiguo soberano y mediante actos válidos y vigentes hasta 1810.

Doctrina es la expuesta que ha tiempo pasó de la esfera puramente especulativa al terreno práctico del deslinde fronterizo. El laudo dictado por S. M. C. en 16 de marzo de 1891, dirimiendo la contienda de límites entre las repúblicas de Colombia y Venezuela, debe mirarse como la más cabal y prestigiosa sanción que haya recibido aquella norma de convivencia internacional. Con arreglo á lo estipulado por las altas partes contratantes en el tratado de Caracas en 14 de se

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