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mas bien de la época, si nosotros, queriendo seguir la huella de nuestros prácticos vecinos, hemos tenido que derramar á torrentes la sangre americana, para hacer el estudio de los principios de una ciencia enteramente desconocida en esta parte del mundo de Colon.

Hemos dicho que fué impolítica la anexion de Guatemala al Imperio Mexicano, porque ella era repugnada por los sentimientos de la generalidad, porque más al corriente de los acontecimientos que se habian verificado en la América del Sur, la del Centro queria ser republicana, y finalmente, porque como ántes hemos consignado, la guerra fué su inmediata consecuencia.

¡Ojalá que cumpliéndose las predicciones de Bolivar, pudiéramos contemplar á esta América querida dividida en tres grandes naciones! El populoso imperio de Moctezuma, cuyos ricos minerales podrian por sí solos inundar al mundo de oro: la República del Centro con su vía interoceánica, dando los brazos al orbe, mediante la apertura de un canal; y la confederacion de ese rico verjel que se llama América Meridional, y que se extiende con sus Andes gigantescos desde el Golfo del Darien hasta las inexploradas regiones del Polo antártico.

Pero volvamos al asunto. No alucinemos por ahora nuestra mente con ideas que hacen palpitar de gozo al corazon, para hacerle más sensible el profundo pesar de no verlas realizadas.

Despues de la proclamacion del 15 de Setiembre, varias de las provincias que componian el antiguo Reino de Guatemala, se declararon unidas al Imperio Mexicano, bajo las bases del plan de Iguala. No fué solamente la de Chiapas la que dió ese paso, sino tambien las de Nicara gua y Comayagua, y los partidos de Quezaltenango, Hue

huetenango y Sololá. Pero esas anexiones no pudieron considerarse un hecho consumado, sino hasta el 5 de Enero de 1822, dia en que Guatemala, cediendo á las invitaciones que habia recibido de Iturbide, se declaró unida al Imperio.

Si pues la declaratoria de Chiapas, por solo el hecho de ser anterior á la de Guatemala, puede fundar el dominio de México sobre su territorio, con igual razon puede disputarse á Centro-América el que tiene sobre Honduras y Nicaragua, constituidas hoy en Repúblicas independientes.

El llamado pacto de 5 de Enero de 1822, obligaba á todas las provincias de Guatemala. No hace al caso si fué celebrado con todos los requisitos necesarios. Bastaba el hecho por entónces.

La Corte del Imperio lo reconocia así. De otra manera, no habria dado instrucciones al general D. Vicente Filisola para atacar á San Salvador, que se negaba á reconocer el nuevo órden de cosas.

"Su Majestad, dice el expresado general en una nota dirigida á la Junta Provisional de San Salvador, en 26 de Octubre de 1822; S. M. no reconoce en esa pequeña provincia suficiente representacion para reunir por sí un Congreso, con independencia de todas las demás poblaciones que forman la mayoría del antiguo Reino de Guatemala, reunido sin contradiccion al sistema general del Imperio, cuyos intereses más esenciales, no permiten en ningun punto de su seno, la alteracion de los principios adoptados con uniformidad en todo el Continente....

Y en una proclama dirigida con la misma fecha á los pueblos del Salvador:

por el

Los triunfos alcanzados en la América del Sur Libertador SIMON BOLIVAR, por ese semi-dios que hacia pasear victorioso el estandarte de la República desde las bocas del Orinoco hasta las más elevadas cumbres de los Andes, y la lucha heróicamente sostenida en Nueva-España por HIDALGO, que inició la gran revolucion que llevó á cabo el talento de ITURBIDE, eran circunstancias altamente favorables para los intereses de la América del Centro, que olvidada de sus dominadores en medio del estruendo de las armas, que hacia conmover el Continente desde la Tierra de Fuego hasta los más remotos confines del Golfo mexicano, pudo sin oposicion de ningun género y merced á los sacrificios de sus hermanos de uno y otro extremo de la América y de los suyos propios, proclamar su absoluta independencia de España el dia 15 de Setiembre de 1821, doce dias antes de que quedase consumada la de México, por medio de la entrada del ejército trigarante á la capital de la República.

Chiapas, dice el Sr. Larrainzar en la obra que hemos citado, declaró su independencia el dia 3 de Setiembre de 1821, ántes que ningun otro punto de los que componian la Capitanía General de Guatemala, jurándola solemnemente bajo las bases consignadas en el plan de Iguala y Tratados de Córdoba el dia 8 del mismo mes.

Es cierto, y estaba muy en su derecho al hacerlo; porque tratándose de independencia en las circunstancias excepcionales por que atravesaba entonces la América, no seriamos por cierto nosotros quienes pusiésemos en duda el derecho, no dirémos ya de una provincia, pero ni siquiera de una aldea, para romper las cadenas que le ataban al ominoso yugo de España.

Pero Guatemala se declaró soberana é independiente

el 15 del mismo Setiembre con todas las provincias que la componian; de manera que aun cuando México pudiera haber adquirido un derecho positivo sobre Chiapas, le habria perdido en consecuencia.

Es verdad que el grito de Dolores se dió en 1810; pero la independencia de México no puede entenderse consumada sino hasta el 28 de Setiembre de 1821, en que se firmó el acta respectiva, en tanto que la de Guatemala lo fué desde el 15 del mismo mes y año.

Importan poco, por otra parte, las pequeñas cuestiones que surgieron entre la capital y el Estado de Chiapas, con motivo de las bases bajo las cuales se habia proclamado la independencia. Ellas quedaron cortadas y sin efecto alguno desde el momento en que Guatemala, con inclusion del mismo Chiapas, se declaró unida al Imperio Mexicano.

De aquí, de este paso esencialmente impolítico, orígen de las primeras guerras civiles que han teñido en sangre ese suelo virginal del corazon del Nuevo Mundo, es de donde debemos partir para examinar detenidamente la cuestion de que nos venimos ocupando.

Pero antes de entrar en materia, permítasenos explicar el espíritu con que hemos consignado las líneas anteriores, no se crea que son hijas de ese malhadado sentimiento de desunion, tan general, por desgracia nuestra, en la valiente raza hispano-americana.

Nosotros habriamos deseado que al emanciparse de España, los pueblos todos de la América latina hubiesen podido formar una Confederacion, semejante á la que ha hecho grande y poderosa á la inteligente asociacion de los Estados-Unidos del Norte.

Desgraciadamente las instituciones españolas diferian tanto de las inglesas, que no es culpa de los hombres sino

integridad de lo que antes se ha llamado Reino de Guatemala, y restablecer entre sí la union que ha reinado por lo pasado; no apareciendo otro, para remediar la division que se experimenta.

"Como algunos pueblos han fiado al juicio de la Junta lo que más les convenga resolver en la presente materia y circunstancias, por no tenerlas todas á la vista; la Junta juzga que manifestada, como está de un modo tan claro, la voluntad de la universidad, es necesario que los dichos pueblos adhieran á ello para salvar su integridad y reposo.

"Como las contestaciones dadas por los Ayuntamientos, lo son con vista del oficio del Serenísimo Sr. Iturbide que se les circuló, y en él se propone como base la observancia del Plan de Iguala y de Córdoba, con otras condiciones benéficas al bien y prosperidad de estas provincias, la cual si llegase á término de poder por sí constituirse en estado independiente, podrán libremente constituirlo; se ha de entender que la adhesion al Imperio de México es bajo estas condiciones y bases.

"Las puestas por algunos Ayuntamientos, respecto á que, parte están virtualmente contenidas en las generales, y parte difieren entre sí para que puedan sujetarse á una expresion positiva, se comunicarán al Gobierno de México para el efecto que convenga; y los Ayuntamientos mismos en su caso podrán darlas como instruccion á sus diputados respectivos, sacándose testimonio por la secretaría.

"Respecto de aquellos Ayuntamientos que han contestado remitiéndose al Congreso que debia formarse, y no es posible ya verificarlo, porque la mayoría ha expresado su voluntad en sentido contrario, se les comunicará el resultado de ésta, con copia de esta acta.

"Para conocimiento y noticia de todas las provincias, pueblos, y ciudadanos, se formará un estado general de las contestaciones que se han recibido, distribuyéndolas por clases, conforme se hizo al tiempo de reconocerse en esta Junta, el cual se publicará posteriormente.

"Se dará parte á la soberana Junta legislativa provisional, á la Regencia del Imperio, y al Serenísimo Sr. Iturbide con esta acta, que se imprimirá, y circulará á todos los Ayuntamientos, autoridades, tribunales, corporaciones

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