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NOTA. A la pág. 168 del Tomo I de esta Coleccion pertenece la órden siguiente, que se omitió olvido.

por

ORDEN

Sobre que no se suspendan en esta plaza los efectos del decreto de 3 de Febrero de 1811.

Enteradas las Córtes generales y extraordinarias del oficio que de órden del consejo de Regencia nos pasó V. S. con fecha de 23 de Mayo último, relativo á lo útil y conveniente que seria suspender en esta plaza los efec tos del Real decreto de 9 de Febrero próxîmo pasado (*), en que se manda, entre otras cosas, admitir á los acreedores del Estado la tercera parte de los derechos que adeudan en las aduanas á cuenta de los créditos devengados hasta dicha época, y el todo desde ella en adelante, por ser estos los únicos fondos de que puede disponerse para la subsistencia de tropas y demas objetos indispensables; han resuelto que las causas expuestas no son suficientes. para suspender en esta ciudad los efectos del referido; y que con arreglo á él se admitan los créditos legitimos y líquidos en los pagos, y segun en él se previene, siempre que estos se hagan por los primeros acreedores, y no quando vengan negociados ó traspasados á otros.— Lo que comunicamos á V. S. de órden de las mismas para inteligencia de S. A. y cumplimiento. - Dios Dios guarde á V. S. muchos años.- Cádiz 21 de Junio de 1811.Ramon Feliu, Diputado Secretario. Ramon Utgés, Diputado Secretario.- Sr. Secretario interino del. Despacho

de Hacienda..

(*) Esta fecha debe entenderse del 3 de Febrero de 1811.

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NOTA.

En el Tomo II de está Coleccion se olvidó la ór

den siguiente, que pertenece a la pág 16 del mismo.

ORDEN.

Nombramiento de los individuos de la junta nacional del Crédito público.

Las Córtes generales y extraordinarias han tenido á bien elegir para ministros de la junta nacional del Crédito público á D. Bernardino Temes y Prado, del Consejo de S. M., su secretario con exercicio de decretos, oficial 2. 1. que fué de la secretaría de Hacienda; Don Miguel Lobo, vecino y vocal de la Junta superior de esta ciudad, y á D. Antonio Barata, intendente que fué del principado de Cataluña.- Y de órden de las mismas lo comunicamos á V. S. para inteligencia de S. A. y cumplimiento.-Dios guarde á V. S. muchos años. - Cádiz 15 de Octubre de 1811.-D. José Cea, Diputado Secretario. D. Juan de Balle, Diputado Secretario. — Sr. Secretario interino del Despacho de Hacienda.

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