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( a ) Hasta aqui los cálculos sacados por Mariana Bermudez.

y

(b) Comienza la cuenta por el resultado de la inscripcion de Sevilla puesta en el Castillo de Triana que sigue á continuacion
NOTA. —No van inclusas las inquisiciones de Galicia, Canarias y América, ni tampoco las de las dos Sicilias, Cerdeña
J Nápoles.

INSCRIPCION.

Anno Domini millessimo quadringentessimo octogessimo primo, Sixto IV pontifice maximo, Ferdinando V et Elisabeth, Hispaniarum et utriusque Siciliæ regibus catholicis, Sacrum Inquisitionis officium contra hæreticos judaizantes ad fidei exaltationem hic exordium sumpsit. Ubi post judeorum et saracenorum expulsionem ad annum usque millessimum quingentessimum vigessimum cuartum, divo Carolo Romanorum imperatore; ex materna hereditate eorumdem regum catholicorum succesore tunc regnante ac reverendissimo domino Alphonso Manrico, archiepiscopo hispalensi, fidei officio præfecto, viginti millia hæreticorum ut ultra nefandum hæreseos crimen abjurarunt: necnon hominum fere millia in suis hæresibus obstinatorum postea jure previo ignibus tradita sunt et combusta, Inocentio VIII, Alexandro VI, Pio III, Julio II, Leone X, Adriano VI (qui etiam dum cardinalis Hispaniarum gubernator, ac generalis inquisitor et in sumum pontificatum asumptus est), Clemente VII, annuentibus et faventibus; domini nostri imperatoris jussu et impensis, licenciatus de la Cueva poni jussit, dictante domino Didaco á Cortegana archidicono hispalensi anno Domini millessimo quingentessimo vigessimo quarto.

TRADUCCION.

En el año del Señor de 1481, siendo Sumo Pontifice Sixto IV y reyes católicos de las Españas y de las dos Sicilias Don Fernando é Isabel, tuvo aquí principio el Sagrado oficio de la Inquisicion contra los hereges judaizantes para la exaltacion de la fé. Donde despues de la espulsion de los judíos y sarracenos hasta el año de 1524 en que reinó el divino Carlos, emperador de romanos, sucesor por parte de su madre de dichos reyes y siendo inquisidor general el reverendísimo arzobispo de Sevilla D. Alfonso Manrique, veintemil hereges y aun mas abjuraron el nefando crímen de heregía; tambien casi millares de hombres obstinados en sus heregías, previo juicio conforme á derecho, fueron entregados al fuego y quemados, con anuencia y favor de Inocencio VIII, Alejandro VI, Pio III, Julio II, Leon X, Adriano VI, (que siendo cardenal gobernador, é inquisidor general de las Españas, fué elevado al sumo pontificado), Clemente VII; el licenciado de la Cueva por mandado y á espensas de nuestro Señor emperador, ordenó poner esta inscripcion dictada por el Sr. Diego de Cortegana arcediano de Sevilla, año del Señor de 1524.

-No contenta la inquisicion con perseguir y quemar las personas y estatuas, estendió su vigor hasta los libros. Asi que hácia el año 1450 Lopez de Barrientes fraile dominicano confesor de Juan II rey de Castilla, entregó á las llamas todos los libros de Enrique de Aragon Marques de Villena, y Torquemada siguiendo su ejemplo arrojó á la hoguera muchas biblias hebreas, y en auto público celebrado posteriormente en Salamanca redujo á cenizas mas de seis mil volúmenes, bajo pretesto de ser de incredulidad judaica, magia, hechicerías, supersticiones y brujerías. Abrogóse el consejo de inquisicion la potestad de prohibir libros, en vista de las censuras dadas por los llamados Calificadores, teólogos en general preocupados é ignorantes.

En 31 de octubre de 1499 se habia dispuesto la libertad de todos los moros que abrazasen el catolicismo, indemnizando á sus dueños el real tesoro, pero obligando ademas á que el padre no bautizado diese su legítima al hijo que se bautizase, debiendo tambien recibir el hijo la parte de bienes perteneciente á los reyes por la capitulacion hecha en la conquista del reino de Granada ( 1 ). Esta benignidad y las exortaciones del primer arzobispo de Granada Jimenez de Cisneros convirtieron y bautizaron hasta cincuenta mil moros; pero paralizó esta conversion el haber errado los medios algunos clérigos, echando mano de las amenazas en vez de la suavidad, lo que puso al reino en estado de sublevacion.

Persuadido el Rey por Deza de cuan conveniente (1) Ley x recopilacion de 1550.

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