Reglamento para el Monte-pio de viudas y huerfanos de los empleados

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F. de Lúñiga y Ontiveros, 1784 - 55 páginas

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Pasajes populares

Página 55 - Y visto lo referido en mi Consejo de las Indias .con lo que en su inteligencia y de lo informado por la contaduría general de él...
Página 53 - Virrey, gobernador y capitán general de las provincias de la Nueva España y presidente de mi Real Audiencia de ellas, que reside en la ciudad de México...
Página 10 - Quando quedase la Viuda sin- hijos gozará ella sola la pension mientras no tome nuevo estado, y lo mismo será aunque tenga Hijos, si los hubo en otro matrimonio anterior. . 1 *».'.'.•. Quando quedare la Viuda con Hijos de aquel matrimonio, ó con Hijos que el Empleado hubiese tenido en otro, percibirá ella sola la pension, quedando en la obligacion de educarlos y sustentarlos hasta que los varones cumplan.
Página 11 - Cuando la viuda con hijos del Ministro muriese ó tomase estado, recaerá la pensión por entero en los hijos que no hayan cumplido los...
Página 33 - ... las circunstancias de la novia, y si las estimaren correspondientes, darán cuenta de todo á la junta, para que concedida la licencia se tome de ella razon por la contaduría del monte...
Página 7 - Cuba y pidiéndola puedan incorporarse los dependientes que no lo están de estas ú otras rentas y ramos , segun y como lo determinare la junta del monte con agregacion á la oficina de la renta, en que estén empleados. — ( Por real...
Página 15 - Los empleados que se casaren desde que se publique este reglamento en adelante, si se casaren sin la habilitacion para el goce del Monte, no dejarán accion alguna á él á su muger ni á sus hijos, y del modo de pedirla se tratará en su lugar.
Página 1 - En este monte han de comprenderse los escribanos de cámara( relatores, agentes fiscales, contadores y tesoreros de penas de cámara de la real audiencia, que gocen el sueldo señalado en el art.
Página 12 - ... la pension hasta los mismos 25; pero despues solamente la cantidad que considerare la junta, con tal que no llegue al sueldo correspondiente á un alférez, para que cuando...

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