(461 p.)Imprenta de Salvador Albert, 1838 |
Contenido
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Términos y frases comunes
accion acre acreditar acreedor ademas admitir agena arrendamiento cantidad castigo causa censo censuario cion clase cláusula codicilos colacion comete compra comprador consentimiento consideracion contrario contrato contratos reales contrayentes convencion cosas daño debe debia delito demanda demas derecho derecho romano descendientes despues deuda deudor doctrina dominio donacion dueño efecto enage enagenacion enagenar entablar entrega escepcion escluir escribano especie esplicar espresa estraño estremos estupro eviccion fiador fianza fuese funda gado habia heredar herederos herencia hijos hipoteca hubiera injuria institucion interdicto juez juicio laudemio leccion legado legatario legítima manda materia mejora mente modo muerte muger novacion objeto obli obligacion obligaciones obstante pacto padre pagar parientes particion pedir pena pena capital perjuicios persona porcion poseedor posesion precio primera principio probar prohibido quiere quinto razon reales regla retracto retraer segundo solidum SUCESIONES INTESTADAS tambien tenia tercio testa testador testamento testigos ticia vale vendedor vendida venta voluntad
Pasajes populares
Página 314 - Don Fernando VII por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes Generales y extraordinarias, a todos los que las presentes vieren y entendieren, SABED: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente...
Página 317 - Todo se podrá vender y revender al precio y en la manera que más acomode á sus dueños, con tal que no perjudiquen á la salud pública; y ninguna persona, corporación, ni establecimiento tendrá privilegio de preferencia en las compras...
Página 315 - Extraordinarias proteger el derecho de propiedad, y que con la reparación de los agravios que ha sufrido logren al mismo tiempo mayor fomento la agricultura y ganadería, por medio de una justa libertad en sus especulaciones y por la derogación de algunas prácticas introducidas en perjuicio suyo, decretan: 1.
Página 316 - Durante el tiempo estipulado se observarán religiosamente los arrendamientos, y el dueño, aun con el pretexto de necesitar la finca para sí mismo, no podrá despedir al arrendatario , sino en los casos de no pagar la renta , tratar mal la finca ó faltar á las condiciones estipuladas.
Página 318 - Quedará enteramente libre y expedito el tráfico y comercio interior de granos y demás producciones de unas á otras provincias de la Monarquía, y podrán dedicarse a él los ciudadanos de todas clases, almacenar sus acopios donde y como mejor les parezca, y venderlos al precio que les acomode, sin necesidad de matricularse ni de llevar libros, ni de recoger testimonios de las compras.
Página 317 - El arrendatario no podrá subarrendar ni traspasar el todo ni parte de la finca sin aprobacion del dueño ; pero podrá sin ella vender ó ceder al precio que le parezca, alguna parte de los pastos ó frutos, á no ser que en el contrato se estipule otra cosa.
Página 315 - ... á pasto , ó á plantío , ó al uso que mas les acomode ; derogándose por consiguiente cualesquiera leyes que prefijen la clase de disfrute á que deban destinarse estas fincas, pues se ha de dejar enteramente al arbitrio de sus dueños.
Página 316 - Los arrendamientos de tierra ó dehesas ó cualesquiera otros predios rústicos por tiempo determinado, fenecerán con éste sin necesidad de mutuo desahucio y sin que el arrendatario de cualquiera clase pueda alegar posesión para continuar contra la voluntad del dueño, cualquiera que haya sido la duración del contrato...
Página 317 - ... municipales. Todo se podrá vender y revender al precio y en la manera que mas acomode á sus dueños con tal que no perjudiquen á la salud pública ; y ninguna persona , corporacion...
Página 315 - Los arrendamientos de cualesquiera fincas serán tambien libres á gusto de los contratantes, y por el precio ó cuota en que se convengan. Ni el dueño ni el arrendatario de cualquiera clase podrán pretender que el precio estipulado se reduzca á tasacion, aunque podrán usar en su caso del remedio de la lesion y engaño con arreglo á las leyes.