Diccionario de derecho mercantil: o sea, el Código de comercio puesto en orden alfabético

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Tip. de Aguilar e hijos, 1884 - 347 páginas

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Página 77 - ... horas siguientes á su arribo, y la ratificará dentro del mismo término luego que llegue al de su destino, procediendo en seguida á la justificación de los hechos; y hasta quedar evacuada, no podrá abrir las escotillas.
Página 168 - El flete que se haya de pagar, expresando si ha de ser una cantidad alzada por el viaje, ó un tanto al mes, ó por las cavidades que se hubieren de ocupar, ó por el peso ó la medida de los efectos en que consista el cargamento, ó de cualquiera otro modo que se hubiere convenido. 9.
Página 52 - Los gastos de alijo ó trasbordo de una parte del cargamento para alijerar el buque y ponerlo en estado de tomar puerto ó rada con el fin de salvarlo de riesgo de mar ó de enemigos, y el perjuicio que de ello resulte á los efectos alijados ó trasbordados. 6.° El daño que se cause á algunos efectos del cargamento de resultas de haber hecho de propósito alguna abertura en el buque para desaguarlo y preservarlo de zozobrar. 7.°...
Página 105 - En todas las compras que se hacen de géneros que no se tienen á la vista, ni pueden clasificarse por una calidad determinada...
Página 331 - Los individuos de la tripulación que naveguen a la parte, no tendrán derecho alguno sobre los restos que se salven del buque, sino sobre el flete de la parte del cargamento que haya podido salvarse, en proporción de lo que recibiere el capitán.
Página 253 - Los prestadores á la gruesa soportarán á prorrata de su interés respectivo las averías comunes que ocurran en las cosas sobre que se hizo el préstamo. En las averías simples, á falta de convenio expreso de los contratantes, contribuirá también por su interés respectivo el prestador á la gruesa, no perteneciendo á las especies de riesgos exceptuados en el artículo anterior.
Página 150 - El vendedor puede precaverse contra el derecho de tanteo, haciendo saber la venta que tenga concertada á cada uno de sus copartícipes; y si dentro del mismo término de tres dias no la tanteasen, no tendrán derecho á hacerlo después de celebrada.
Página 149 - Por cualquiera otra deuda que tenga el propietario de la nave, no puede ser ésta detenida ni embargada sino en el puerto de su matrícula, y el procedimiento se entenderá con el mismo propietario, haciéndole la primera citación al menos en el lugar de su domicilio. Art.
Página 105 - En el primer caso se declarará consumada la venta, quedando desde luego los géneros por cuenta del comprador, y en el segundo se rescindirá el contrato sin perjuicio de las indemnizaciones á que tenga derecho el comprador por los pactos especiales que hubiere hecho con el vendedor, ó por disposicion de la ley.
Página 109 - El capitan firmará tantos cuantos exija el cargador. Todos los conocimientos, ya sea el que debe firmar el cargador...

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