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y

La historia es el espejo más fiel, donde se ven sin ficcion los sucesos pasados, para que estemos pre cavidos á evitarlos quando suceden otros iguales y de tan fatales consecuencias. Asi la misma historia nos recuerda que por no haberse tomado iguales providencias con los más de los heresiarcas, propagaron sus heregías hasta el grado espantoso de trastornar la verdad de la iglesia católica; sublevar muchos reynos y provincias ; y hacer correr arroyos de sangre. Ello podrá haber sido permision de Dios, ó efecto de otra cosa; pero ya probé en la primera parte, que la España se ha visto libre de tamaños y sangrientos males.cabal, y solamente despues que estableció su Inquisicion.

Asi quando los autores del ma nifiesto dicen que antes de la Inquisicion; tambien se condenaban los errores, y se castigaba á los hereges en la España por medio de los Concilios y los Obispos quando dicen que se condenaron los errores de Pedro de Osma, y otros hereges, yo no se lo niego. Pero tambien es cierto que despues que en el siglo quarto de la iglesia se propagó la heregía de los Priscilianis tas y de los Arrianos, hubo de ellos y de otros varios siempre semilla en la España,hasta que se fun dó la Inquisicion, desde cuyo tiems po, que es el de 338 años, apenas se contará otra que la efimera, y de tan corta consideracion como fue la de los Molinistas, si es que tal puede llamarse. En fin, concluyo Tomo II. G

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la respuesta á este cargo tan imperdonable diciendo, que ya queda insinuado que esta incomunicacion de los reos no es tan absoluta como se pondera. Pues los reos tienen comunicación con sus abogados, y con los Inquisidores y sus familiares. Y por todos estos se les visita y trata con la mayor compasion, y con el mayor cuidado y agasajo. Están ademas los reos en habitaciones cómodas, y de ningun modo en lóbregos calabo→ zos, y menos con prisiones como piensan muchos. Se les subministran los libros que se cree pueden servir á su mas pronta correccion, y á que se les haga la soledad mas llevadera. Y por último, si resultan reos aun entonces se les castiga y corrige con la posible dul

zura é indulgencia. Y sino resultan se les indemniza del modo posible, no solo publicando su inocencia, y castigando á los falsos testigos, sino procurando repararles en sus honores y bienes, hasta hacerlo presente al Soberano para que mejor lo consigan, como pocos años hace lo vimos practicado con los prebendados de Avila don Antonio y don Gerónimo de la Cuesta.

El tercer cargo que se hace tambien como imperdonable á la Inquisicion es acerca de la terrible precaucion que dice el manifiesto guardaban los Inquisidores de truncar las declaraciones refiriendo en nombre de un tercero lo mismo

que los testigos declaraban haber visto ú oido, y de ocultar siempre á los reos los nombres de los mis

mos testigos. La primera parte de este cargo creo ser absolutamente falsa, y si fuese cierta yo de ningun modo la aplaudiria, y menos segun el verdadero sentido que se debe dar á las palabras truncar las declaraciones. Pues truncar, segun el diccionario de la lengua, significa: quitar ó callar en las oraciones algunas voces, que sirven al asunto, especialmente quando se hace de intento y con malicia. Y siendo este el verdadero sentido de la palabra truncar, no tengo reparo en repetir que no creo que por regla general ni particular hayan hecho tal cosa los Inquisidores. Y caso yo mismo abominaria tan: iniquo proceder, Porque quitando, truncando ó añadiendo alguna cosa substancial á las declaraciones, y mas de intento y

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