POR D. JOSÉ CLEMENTE CARNICERO, PARTE II. TOMO II.o MADRID IMPRENTA DE D. M. REPULLÉS. advertencia necesaria y preliminar para la mejor inteligéncia de este segundo han discurso. El tribunal de Inquisicion de España ha recibido dos golpes fatales en los tiempos de Ja gloriosa revolucion contra el tirano Napoleon. El primero fue el absolutamente mortal, que le dió aquel tirano en la aldea de Chamartin el 4 de diciembre de 1808, suprimiéndole entera y denigrativamente á pretexto de ser atentatorio á la Soberanía. Y el decreto que espidió para ello, lo inserté yo, y comenté en mi obra del Napoleon, ó don Quixote de la Europa. do El segundo golpe fue dalas Cortes de Cádiz á por 22 de febrero de 1813, en cu yo dia aparece publicado el siguiente decreto. Las Cortes generales y extraordinarias, queriendo que lo prevenido en el artículo 12 de la constitucion tenga el mas cumplido efecto, y se asegure en lo sucesivo la fiel observancia de tan sabia dis posicion, declaran y decretan: CAPITULO I. ART. I. La religion católica, apostólica romana, será protegida por leyes conformes á la constitucion. ART. II. El tribunal de la Inquisicion es incompatible con la constitucion. ART. II. En consecuencia |