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embaxador en Roma, y presidente de la chancillería de Valladolid (6).

Esto deshace la equivocacion con que casi todos los escritores han dicho, por falta de papeles, que el primer inquisidor fué Fray Tomas de Torquemada. Su nombramiento se verificó en bula de 11 de Febrero de 1482, junto con Pedro de Ocaña, Pedro Murillo, Juan de Santo Domingo, Juan del Espíritu Santo, Rodrigo de Segarra, y Bernardo de Santa María, todos frayles dominicos , y Alonso de San Cebrian, general de ellos (7).

(6) Cantolla: Resumen de breves tit. 1. nn. 58. y 59. Bernaldez: Hist. de los reyes cat, cap. 44. Diago: Hist. de los dominicos de Aragon, lib. 1. cap. 41 Páramo: De orig. Inq. lib. 2. tit. 2. cap. 3.— Ortiz de Zúñiga: Anales de Sevilla, lib.12. año 1480.

(7) Francisco Gonzalez de Lumbreras, capellan del inquisidor general, Don Fernando Valdés, hizo en el año 1566 una Compilacion de los breves pontificios de la Inquisicion, que pudo haber á la mano. Es un tomo en fólio manuscrito de que tengo copia. En él está la bula del nombramiento de Torquemada. Lumbreras equivocó el año diciendo 1481, porque no tuvo presente que el dia 29 de Enero del año undécimo del pontificado de Sixto Quarto corresponde á 1482. Está la bula en el título 1. n. 1. de dicha compilacion.

Asímismo se equivocaron en creer que fué nombrado inquisidor general desde el principio. No tuvo esta dignidad por lo respectivo á la corona de Aragon hasta 17 de Octubre de 1483 en que lo nombró Sixto Quarto; y en quanto á los reynos de Castilla no consta la fecha ni exîste la bula, y solamente sabemos el hecho porque obró como inquisidor mayor de Castilla y Aragon año 1484 quando formó á 27 de Noviembre las primeras constituciones de la Inquisicion en Sevilla, y porque lo aseguró así el papa Inocencio Octavo en la confirmacion del empleo que libró en 11 de Febrero de 1486 (8).

Varias cosas ocurrieron que me confirman en la opinion de que Doña Isabel no queria el establecimiento de la Inquisicion, y que si por último condescendió, no fué por concepto propio, sino solo por deferencia á los religiosos y demas personas que se lo persuadian.

Lo primero hemos visto que no lo consintió año 1477, recurriendo á los me

(8) Lumbreras: Compilacion de breves de la Inquisicion, tit. 1. n. 4. Bulario dominicano, tom. 3. pag. 622. Compilacion de las instrucciones del santo Oficio impresas en Madrid año 1667.

dios suaves de la persuasion propuestos por
el cardenal Mendoza, sin que se la pu-
diese reducir á pedir la bula hasta despues
que
le hicieron creer la insuficiencia de los
sermones y catecismos, en lo qual acaso
tuvieron parte los frayles dominicos por
salir victoriosos en su empeño.

Lo segundo, tenia la reyna por confesor á Fray Fernando de Talavera, monge gerónimo, que despues fué obispo de Avila, y primer arzobispo de Granada, varon santísimo, afecto á los medios suaves del convencimiento, como se vió en el asunto de la conversion de los moros de las Alpujarras, pero no al tribunal de la Inquisicion que por fin le persiguió, muerta la reyna, formando proceso contra él, contra su hermana, contra el dean de Granada su sobrino carnal, y contra otros parientes suyos. Y conformando tanto la reyna en sus ideas con las de Fray Fernando como manifiestan sus respectiyas cartas (9), parece que combinando esta circunstancia con las demas observaciones, resulta verosímil el juicio de que

(9) Bermudez de Pedraza: Hist. de Granada, part. 4. cap. 17 al 20.

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la reyna no queria la Inquisicion.

Lo tercero, que en el citado año 1478, estando la reyna en Sevilla, se celebró allí el concilio nacional antes indicado, y sin embargo de que se trataron varios asuntos relativos á la religion, su santa iglesia, doctrina y moral, no sabemos que se propusiera el establecimiento de la Inquisicion, y teniendo como tenia la reyna grande ascendiente sobre los prelados y canónigos concurrentes al concilio, parecia regular haber influido á que algunos hiciesen esa propuesta si su voluntad estuviese a favor del establecimiento y no hay que apelar á la pérdida de las actas para decir que acaso la peticion de la bula de aquel año seria efecto de lo tratado en el concilio; pues si lo fuese, se haria mencion en ella como acostumbran los curiales.

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Lo quarto, que aunque la bula vino en fines de Noviembre ó principios de Diciembre de 1478, no eligieron los reyes inquisidor alguno hasta 27 de Septiembre de 80, de manera que corrieron tres años despues que les propusieron el pensamiento en 1477, y dos desde que se pidió la bula; cosa increible del genio ac

tivo de la reyna, si su voluntad fuese conforme al nuevo proyecto; y se conoce claramente que dexaba correr el tiempo, solo por ver si produciendo buenos efectos los medios suaves adoptados año 77, podia excusarse de cumplir lo que le obligaron en cierto sentido á consentir las persuasiones del nuncio y de los frayles dominicos en 78.

Lo quinto, que hubo córtes generales en Toledo en principios del año 1480, quando ya estaba obtenida la bula de facultades para establecer el tribunal, y no hubo vocal alguno que pidiera su execuçion, lo que tampoco es verosimil para el caso de que la reyna gustara executarla, pues le hubiera sido fácil sugerir á qualquiera diputado que lo propusiese, pa- ra que constase haber comenzado el establecimiento á peticion de las cortes; y así el silencio de éstas es indicio de que la reyna no deseaba usar de la bula.

Lo sexto, que la eleccion de los primeros inquisidores fué obra del rey, pues Fray Miguel Morillo era provincial de dominicos de Aragon, y la reyna no se dió por satisfecha sino poniendo por asesor un castellano de su confianza como era el

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