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conducta de todos los déspotas, de todos los tiranos. Las córtes aprobaron se formase la comision: de hecho se instaló, poniendo en primer lugar al mismo señor que la pedia, viniendo á ser por este medio delator de la carta, y juez, árbitro y parte. El dijo de sí mismo» me tengo por tan católico como el que ha escrito este papel, (esto no basta) y acaso seré mas. No puedo esplicarme porque padezco sobremanera (1)" Otro señor su amigo salió á consolarlo, tomó la palabra, y la causa que el delator hizo suya, la generalizó á toda la España. Censuró la carta de sediciosa, ofensiva del decoro del congreso, y que no podia tener otro objeto que la desunion violenta de las córtes. » Á la nacion, dijo, se instiga y quiere enfurecer, "para que estermine las víctimas que se le señalan en la »lista de proscripcion (2). Toda la vehemencia de su fantasia se ocupó en un dilatado discurso, ponderando el peligro de las córtes, la pérdida de la nacion, el desdoro de las nuevas instituciones, y que se atacaba el supremo poder del congreso nacional.

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Principian las conspiraciones soñadas de que tanto se valió el partido reformador para intimidar la España. El tiempo dirá el funesto influjo que tuvo este ardid todo el tiempo que duró nuestra regeneracion. Por él lograron los reformadores sorprender muchas veces la pluralidad de los diputados, y hacerlos entrar en los planes que tras

tornaron la nacion.

El señor Larrazabab quiso contestar al preopinante, valiéndose de los mismos argumentos con que los reformadores habian desechado las proposiciones del señor Ostolaza y D. Simon Lopez contra el Diccionario. Que era distraer al congreso; que la libertad de imprenta estaba de eretada; que las leyes juzgasen al delincuente; que se guardase lo decretado::: Estos argumentos valen á los facciosos cuando ellos son los que las proponen: cuando son sus contrarios ya no sirven El señor.... tuvo valor de sa(1) Pág. 221. tom. 16. (2) Pág. 222 223. Jy (224)

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lir al público deshaciendo él mismo la principal razon que antes habia objetado á favor del diccionarista.... se levantó tres veces á ponderar los peligros de la patria: tres veces habló contra lo mandado. Al fin por los votos de la mayoria se formó una comision de córtes, para juzgar al autor y censurar un papel que no estaba delatado (1). Las córtes atropellaron las leyes.... en el mismo caso que las alegaron para no tratar del diccionarista. Se trataba de defender á éste y vengarlo de todos sus enemigos, y nada importaba que la libertad de imprenta y toda la cons titucion se barrenasen..

Lo mas particular es, que en la misma sesion en que se trató la proposicion de Don Simon Lopez, y de que resultó la publicacion de la carta misiva, otro señor diputado dió un escrito en que él mismo se delataba au tor de la publicacion en la Abeja de los documentos secretos de las córtes y regencia sobre el nombramiento de generalísimo á Wellington, pidiendo se le hiciesen cargos por esto (2). La regencia se quejó á las córtes de la fracvion del sigilo: el asunto era el mas interesante á toda la España, como los resultados lo declararon. El señor.... lo reveló al público ¡Cuán diverso caso es este y el del señor Ros! Á ambos se les van á formar causas: ¿cuál será el resultado? Al primero declararle libre por ser de la faccion, decir la comision que no habia lugar á formarse causa (3), ni reconvenirlo siquiera, y aprobarse asi por los córtes. Al señor Ros prohibirle la carta (4), arrestar lo, tenerlo asi cerca de un año, sentenciarlo al fin á que sea arrojado del congreso como indigno diputado. ¿La convencion de Paris hizo mayores injusticias?¿ Las cometió iguales, y con el mismo descaro?... Lo cierto es que esta tirania de las córtes, aun despues de documentada apenas se podia creer

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El señor Ros recusa á sus jueces (1), porque los conoce parciales: lo eran; pero este asilo que conceden las leyes á todo reo, al señor Ros no le vale. Los mismos que le delataron, son los que se oponen á concederle éste arbitrio que lo exima de las manos de sus acusadores. Estos se empeñan en que sea juzgado por un tribunal, en que ellos tenian la mayoria de sufragi os. Consiguieron su empresa: las córtes no dieron oidos á los clamores y súpli cas de la inocencia oprimida. Sus enemigos al fin triunfaron... (2). Los diarios de córtes abundan de hechos igua les á éste; pero ninguno produce tanto escándalo.

Con tales hechos públicos, con una conducta tan criminal de parte de los reformadores, contra un poder decidido á favor de los que atacaban la religion, ¿podria ésta reclamar su santidad ultrajada, sus dogmas puestos en ridículo, su moral hollada, sus ministros deprimidos, su influjo soberano aniquilado, y egercer el ascendiente que siempre habia poseido en todo pais católico, especialmente en la España? En vano fueron los votos de los obispos, inútiles las reclamaciones de las provincias de la Mancha y Alaba. La religion lloró inconsolable, porque se impedia, que en los males que sufria sus hijos fieles enjugasen sus lágrimas. Yo lo demostraré mas adelante.

Cuando el autor del Diccionario le dió al público, ya contaba con el poder de algunos diputados para declarar la guerra mas cruel, no solo á todo monigote, es decir, á todo eclesiástico, sino tambien contra las prácticas religiosas, los sacramentos del altar y penitencia, los dogmas de la gracia é infalibilidad de la Iglesia, la inmortalidad del alma y primado del papa, las prácticas santas de tomar bulas y enterrarse con mortajas, de respetar las Iglesias y venerar sus ministros... Todo lo santo se profana, nada que diga Iglesia se respeta en el Diccionario, to

(1) Pág. 282.

(2) Pág. 291. Este señor fue al acabarse las córtes restituido al congreso en la sesion secreta que hubo para si se habia de estar á la sentencia de la comision. Se reprobó ésta.

do se denigra, y lo mas doloroso, que ni aun se permitia levantar el grito á quien se doliese de su religion y de su patria, puestas al arbitrio y merced de unos refor madores, de unos hombres deslumbrados con las nuevas doctrinas.

Á la vista de esta impunidad, mejor diré, al triunfo completo del Diccionario sobre todos los amantes de la religion, á la proteccion decidida de los diputados, á un papel impio, ó al autor que lo publicaba, la impiedad corroe las costumbres, la irreligion se presenta al público desenmascarada, los libertinos se multiplican, y las prensas sudan, se afanan dia y noche para reformar la religion divina y sus preceptos. ¡Tal es el estado á que llegamos! Parecia que la religion nos iba á abandonar, y que el libertinage se introducia hasta en lo mas santo. Los escritos corrompian nuestro aire vital, el contagio se generalizaba.

Voi á dar una idea aunque sucinta del estado á que llegaron algunos escritos, y la multitud de folletos que con la libertad de imprenta y proteccion de las córtes salieron al público á impugnar, no solo las prácticas, usos, estatutos de la Iglesia, sino hasta lo mas interior de la disciplina eclesiástica. Estos son los resultados terribles de la libertad de imprenta, ó los frutos amargos y venenosos de la ilustracion de la filosofia, que tanto se nos preconizaba. Vea el español qué clase de ilustracion era la que se apetecia por los reformadores.

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CAPITULO VII.

Tercer arbitrio para reformar la religion, multiplicar los escritos contra la disciplina general de la Iglesia.

Cuando el gobierno de una nacion da el primer egemplo contra los preceptos de la Iglesia ó máximas de la religion, el pueblo que le obedece y observa, sigue insensiblemente sus pasos, aunque sean los del error. Interin las leyes se respeten no faltarán Catones que velen sobre la conducta pública del pueblo y magistrado; pero si estas se eluden por el senado y por el pueblo, aquellos serán desterrados, víctimas de su celo, y no tendrán quien les siga en la empresa dificil de refrenar las pasiones del hombre, y conservar ilesa la moral pública, la religion del estado, y con ella la salud de los pueblos, la vida de la patria.

En tan dolorosa situacion las leyes se mudan, y se establecen otras que patrocinen la corrupcion, y lleven ⚫y de la mano á los hombres para los delitos. El gobierno mismo es el que autoriza el crímen, manda la iniquidad, subvierte el estado, muda los fueros de su poder, y destruida la moral por sus malos egemplos, ó sus leyes inicuas, el estado se precipita á su ruina, el súbdito no obedece, elude la lei con impunidad, y está pronto á rebelarse contra un gobiero á quien no teme ni respeta, solo porque lo reputa como inicuo é inmoral.

Cesaron nuestras leyes antiguas sobre la imprenta : las córtes abolieron los tribunales que velaban sobre éste punto. Establecieron leyes nuevas con el pretesto de ilustrar

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