Imágenes de páginas
PDF
EPUB

do en este siglo de exhortarlos á que insistan en las pretensiones mas aventuradas, ponderando siempre las regalias del trono, y pretestando las obligaciones de la proteccion, que debian á la religion del estado, principalmente á la católica. Sabida es esta guerra de proteccion que la filosofia ha suscitado contra la religion en otros paises. Ella ha hecho de este título la arma mas poderosa en la mano del político. El jansenismo lo introdujo en la teologia. Algunos ministros y palaciegos la han usado en todos sus tiros dirigidos á los papas, nuncios, obispos, religiones, Iglesias y sacerdotes. Con la proteccion se ha metido la guerra hasta lo interior del tabernáculo. ¿Quién lo

creeria?......

La filosofia, á fuerza de repetirlo á cada instante, ha logrado variar el sentido de la palabra proteccion. El político, el estadista, el filósofo á la moda usa el término proteccion siempre que intenta lograr algun triunfo de la Iglesia. El cristiano, el religioso, el que conserva un poco de piedad debe estar ya prevenido contra el sentido de esta voz. Proteccion que persigue; beneficencia que nos atosiga; favores que nos matan; palabras de vida en la apa. riencia:::::: Deshecho el prestigio, y quitada la dulzura de estas espresiones; una inevitable ruina es el resultado infalible de la proteccion inventada por la filosofia.

Nuestras cortes tomaron á su cargo proteger la Iglesia. Siempre que se propusieron adelantar un paso en la reforma que pensaban, echaron mano de esta voz favorita. En la libertad de imprenta se usó de esta voz, para que el gobierno velase sobre la introducion de malos Jibros, é impresion de escritos que la atacasen. El hecho. fue que jamas hubo mas papeles sospechosos. Cuando las córtes quisieron disminuir el influjo de los ministros del altar, ó de los SS. obispos, celaron que el gobierno no los perdiese de vista en fuerza de la proteccion que les debian. El resultado fue la persecucion al sacerdote. Llegó á estinguirse el santo oficio de la Inquisicion: los tribunales protectores de la fe digeron harán mas exacta

mente aquel oficio. En realidad de verdad esta proteccion 205 logró lo que no habia podido la heregia.

Se propuso la estincion de los regulares. El señor ministro de gracia y justicia recuerda á las córtes la proteccion debida al concilio de Trento. Se desaforá á los canónigos de Cadiz: la proteccion sale á los estrados públi cos á llenar su deber contra aquellos eclesiásticos.......... ¿A qué me canso?........ si dura esta proteccion por mas tiem po, no queda fraile, convento, canónigo, obra pia, rentas eclesiásticas, que no se hubieran abolido. La constitucion imponia esta proteccion al poder egecutivo, al judicial, á las córtes mismas, á toda la nacion. El artículo que parece de vida para la Iglesia es como un decreto de muerte. Estas son las palabras.

La nacion, dice el artículo 12, protege la religion con leyes sábias y justas. Con este solo artículo bastaba á darse por tierra con la religion: ¿Quién lo creeria? Descubriré este misterio de iniquidad: descorreré el negro velo con que se oculta un crimen tan atroz: arrancaré la máscara de estos protectores, y se verán por el público con hachas en las manos cortando el árbol de la vida. Sus palabras son como las de la serpiente del paraiso; el aire que inspiran emponzoña el corazon, da muerte al que las escucha; ellos siembran el error en medio del grano puro sofocan las verdades, y no aparece sino el engaño, el delirio. Voi antes á decir con el mayor respeto posible á todos los reyes y príncipes cristianos que de buena fe quieran proteger la religion de Jesucristo.

Vice-dioses de la tierra, ministros de su poder; á vosotros, jó reyes! me dirijo para que aprendais la sabiduria, y jamas os separeis de sus caminos (1). Las puertas del infierno no prevalecerán contra la Iglesia. Jesucris to que la fundó para siempre, la prometió su proteccion y asistencia hasta la consumacion de los siglos. Dios no debe nada á los hombres. Jesucristo no necesita de sus

(1) Ad vos reges sunt hii sermones, ut discatis sapientiam, et nunquam excidatis. Sap. cap. 6. v. 10,

testimonios (1). Su Eterno Padre le constituyó sobre el monte Sion Rei de todos los reyes, y principes, porque anunció á los hombres sus preceptos (2)...... Clarificó á su Padre, y él le clarificó en la tierra y repetirá su gloria para siempre. El mundo lo persiguió, y lo hará tambien con sus discipulos. Esta persecucion fue la señal característica de los que en la sucesion de los siglos habian de seguirle. Jesucristo lo predijo asi: asi se cumple hasta nuestros dias.

En medio de la persecucion judaica 'fundó Jesucristo su Iglesia: la persecucion fue la infancia y la escuela del cristianismo; ella dió el mérito á los fieles, y el camino mas seguro de la vida. La religion no se fundó al gusto de los hombres; no se consultaron los príncipes para erigirla; sus leyes no adulan á los pueblos; sus preceptos declaran á las pasiones la guerra mas viva. La fe humilla, anoda-da,' pega hasta el polvo la razon, y su orgullo. A pesar de estos ostáculos, la religion cristiana penetró en todos los paises. Los emperadores romanos la combatieron por mas de tres siglos, y no hicieron mas que podar con sus espadas la viña del Señor, para que diera mas fruto. Los uracanes escitados contra ella la limpiaron de la oruga, y arrojaron lejos de su campo las langostas que roian hasta las raices. El fuego de la guerra quemó solo la mala yerba, los abrojos y las espinas. La planta puesta por el Padre de familias no se desarraigó jamas; siempre dió frutos de vida.

La proteccion dispensada á la Iglesia por Constantino tal vez fue mas bien fruto de su politica que resultado de su piedad. Pipino y Carlo Magno acaso no procederian á proteger la Iglesia guiados de otros principios. Proteged enhorabuena, ó príncipes, la religion cristiana, pero sabed, que es por vuestra utilidad misma. Cumplid un de

(1) Constitutus sum rex ab eo super Sion montem sanctum ejus; predicans praeceptum ejus. Psalm. 2.

(2) Ego autem non ab homine testimonium accipio. Evang. Joan. cap. 1. y 5. vs. 34.

ber tan sagrado, pero deber que tiene por resultado inmediato é infalible la paz de vuestros pueblos, la felicidad de vuestros súbditos, la firmeza de vuestros tronos, la consolidacion de vuestros dominios, la garantia. de vuestros derechos, la seguridad de vuestras vidas. Sí: conceded vuestra proteccion á la Iglesia, y estad firmemente persuadidos, que vuestros estados son los primeros que reportan los bienes de vuestra piedad y justicia. Sí, justicia: digo proteger la religion es la primera obligacion de un principe, el deber mas justo, la lei mas terminante, el precepto mas claro de la moral, del evangelio, de la religion, de la política. Sepa el mundo entero que si protegeis la religion cristiana, en esto no haceis mas que cumplir con un precepto divino.

Entremos ya en el artículo 12. La nacion protege la religion con leyes sábias y justas. Veamos cuáles son estas leyes, y despues se juzgará de su sabiduria y de su justicia. En los tres años que duraron las córtes estraor dinarias, y en los siete meses que gobernaron las segundas, apenas se dió una lei que mirase á la proteccion de la religion. ¿Pues donde estan las leyes justas y sábias, que en favor de la religion habian, de establecerse por las córtes en cumplimiento de la constitucion, y en desempeño de una palabra pública puesta en la constitucion, repetida todos los dias, y pronunciada por tanto constitucionista en papeles públicos, en conversaciones, en todas las provincias?

Yo no encuentro tales leyes; no las hai en la serie de mas de 1000 que dieron al público. ¿Será esto posible?... Tan posible que no se hallan en toda la constitucion, en los 4 tomos de decretos, en los diarios de córtes, en los papeles públicos. ¿Dígame el legislador, qué lei, qué artículo, qué decreto nuevo se puso por las cortes á favor de la religion? Solo el artículo 12 declara, que la religion del estado es la católica con esclusion de toda otra, y que la protegerá la nacion con leyes sábias y justas. Si despues no se dieron tales leyes, si al contrario, se mul

tiplicaron en gran número contra la Iglesia, ministros, rentas eclesiásticas, obispos, el artículo 12 no fue mas que el pretesto autorizado por la constitucion, para ingerirse las córtes en la reforma de la Iglesia, por la que clamaban tanto los reformadores, estando á las máximas de la infernal filosofia.

Este es ya un hecho público documentado por una infinidad de decretos, en especial por el que se espidió para estinguirse el tribunal del santo oficio. Estas son sus palabras. Las córtes generales y estraordinarias, queriendo que lo prevenido en el artículo 12 de la constitucion tenga el mas cumplido efecto...... declaran y decretan..... artículo 1. La religion católica, apostólica romana será protegida por leyes conformes á la constitucion.

Ya tenemos declarado por las córtes el sentido de las palabras. La nacion protege á la religion con leyes justas y sábias. No son justas ni sábias las que no son conformes á la constitucion: luego cuantas instituciones eclesiásticas, cuantos decretos pontificios, cuantas decisiones sinodales se hallen en las Iglesias de España, ó se hagan en lo sucesivo, que no sean conformes á la constitucion, todas deben anularse, todas proscribirse (1). ¿Seria esto imaginable por los españoles? Juzgaria alguno que en la constitucion mandada leer desde donde se instruye á los fieles de Jesucristo, jurada en el templo de Dios vivo, se pusiese una lei, que dictando proteccion à la religion sirviese de artículo para destruirla? ¿Cupo esto alguna vez en el español?.......

Sí, españoles. La constitucion contiene este veneno. Siguiendo el plan que embeben los citados artículos, la

á

(1) En rigor lógico este raciocinio es imperfecto, pero este fue puntualmente el que formaron la mayoria de diputados que estinguieron la Inquisicion como contraria á la constitucion jurada. Estando á la proteccion mandada en el art. 12., que esta se haga por leyes conformes á la constitucion, art. 1. del decreto, y á la consecuencia deducida en el art. 3 no hai lei eclesiástica que no se pudiera abolir. Los antecedentes son los artículos: las ilaciones se llegarian á realizar del mismo modo que el proyecto contra la Inquisicion.

« AnteriorContinuar »