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á difamarle los insultos diariamente se repetian. Ahora nos dicen que monseñor era un agente de Napoleon y un intrigante por parte de la Francia (1)::::: luego que era un prelado estrangero, que nada tenia que ver con nosotros (2). Los publicistas de otras partes copiaban á los de Cadiz, y unos y otros contribuian al plan de los reformadores, de que á monseñor se le arrojase de estos dominios (3).

Llegó ya el tiempo de verificarlo. Los motivos que se alegan son su conducta política, es decir, haber conspirado con el cabildo de Cadiz y demas señores obispos que no se obedeciese el decreto de S. M. Entremos en las pruebas. El que lea decidirá.

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La primer prueba de esta conspiracion es la nota que á nombre del santo padre dirigió monseñor en 5 de marzo á S. A. la regencia por medio del ministro de estado. Sus palabras estan contra sus enemigos. Una conspiracion no se hace ni se prueba por una nota oficial que pasa de un embajador al ministro.

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"Con la esperanza (decia la nota) de que la notoria religiosidad del gobierno español y la consumada prudencia del augusto congreso, que tanto desea proteger la »religion, adoptará los medios mas conducentes, recur"ro á V. A. para que se digne suspender la egecu"cion y publicacion de su decreto, hasta tanto que en tiempos mas felices, pueda obtenerse la aprobacion del "romano pontifice, y en su defecto del concilio nacio"nal (4). Mas moderacion no podia exigirse de parte de la regencia. De este modo habló el nuncio de su Santidad al gobierno. ¿Puede esta nota servir de documento en la conspiracion que se buscaba?

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El representante de su Santidad en España en fuerza de su ministerio reclama al gobierno la parte de jurisdic

(1) Redactor 1 y 6. de abril de 813.

(2) Abeja, Diario mercantil y redactores de marzo y abril.
(3) Gaceta marcial de Santiago del sábado 2 de mayo.
(4) Tomo 19. pág. 113.

cion espiritual, que el congreso habia suprimido á un juzgado eclesiástico, estinguiendo el santo oficio. En esta parte la conducta de monseñor no era sobre política: miraba solo á la religion. Esta era la que se reclamaba. Su esposicion era el indispensable oficio de su ministerio, una estrechísima obligacion del legado del papa en una potencia católica. La nota es la mas sencilla, la mas sumisa: en nada toca al gobierno, le trata con el mayor decoro, jamas se le pudo poner á monseñor una prueba que diese alguna luz sobre su mala versacion política.

La segunda prueba que se alegó por el señor ministro en la conspiracion que delataba, fue haber su escelencia escrito tres cartas, là una al ilustrísimo obispo de Jaen con fecha de 5 de marzo, y otras dos en el mismo dia á los ilustrisimos cabildos de Granada y Málaga, exhortándolos "á que se reuniesen á los demas obispos existentes en Cadiz, para que se suplicase al gobierno contra la lec» tura del decreto de abolicion del tribunal. Tal es la segunda prueba del supuesto delito.

Estos exhortos, estos avisos á las demas Iglesias no tienen otro objeto que el reunir votos para suplicar al gobierno suspenda la lectura. Nada aparece aqui de tramas, intrigas, conspiracion. El que representa no desobedece, el que reclama no conspira. La política mas suspicaz no podia hallar en estas cartas sino una acrisolada virtud, un celo pastoral que ha compelido siempre en las urgencias de la religion á que los obispos se unan y consulten entre sí el modo de defender la Iglesia perseguida. Esta fue siempre la práctica de la Iglesia: asi se acostumbró desde los primeros siglos (1).

El señor ministro acostumbrado á soñar de continuo sobre conspiraciones, no vió en los oficios de monseñor nuncio sino minas, manejos secretos, política peculiar de un prelado estrangero, que maquina y se empeña en formar una rebelion, con pretesto de sostener los derechos de S. S.

(1) Bonet. Defens. Clerigalicani, cap. 76.

Sin ser requerido por el gobierno, sin habérsele remitido á él el oficio, sin haber intervenido en nada este señor ministro, pasa el 5 de abril á dar su dictámen sobre la representacion del señor nuncio, ó mas bien á formarle el proceso sobre un delito que no habia. Detengámonos en su estracto: él solo manifestará la injusticia.

El señor ministro dijo á S. A. » que con con el mayor sen»timiento habia visto que no han sido solos los canónigos »los que han adoptado el referido plan (de formar una liga 6 bando (1).) El mui reverendo nuncio de S. S. » recurrió al gobierno en derechura con fecha 5 de mar»zo, pero en el mismo dia lo hizo tambien á los gober"nadores del obispado de Málaga, de Granada, y al reve"rendo obispo de Jaen, habiendo motivos para presu »mir que sus gestiones se habrán estendido á escitar a » otros prelados y cabildos á que nieguen, ó á lo menos » dilaten el cumplimiento de los decretos.

» Con este motivo repetiré tambien que no es la con» ducta del legado de S. S. en recurrir al gobierno espa»ñol la que debe llamar la atencion de V. A.: sus oficio

sidades y sus ocultos manejos la deben escitar mui par»ticularmente porque estos pasos son mui semejantes con "los dados por el cabildo de Cadiz; pero con la diferen»cia de que la calidad de las personas los hace todavia » mas notables en el examen que conviene hacer de ellos, » para graduar su mérito, y la necesidad de tomar una providencia que prevenga su repeticion, y haga conocer cuán respetable es la autoridad de un gobierno para "que ninguno se atreva á interrumpir su egercicio, sea ", el que quiera su carácter ó representacion, si al propó"sito de lograrlo se vale de los medios indirectos de esci

tar á los que han jurado obedecerla, con el objeto de » que la desconozcan. Este es el concepto que á primera »vista ofrecen las cartas escritas por el nuncio de S. S. », en 5 de marzo.

(1) Tom. 19. pág. 107.

El oficio del señor nuncio al presidente de la regen»cia es una gestion propia para manifestar las relaciones » del vicario de Jesucristo con el congreso nacional, y el » de un gobierno católico.... al paso que las cartas parti»culares que ha escrito terminan únicamente á destruir » la concordia de la Iglesia de España con la nacion. El » examen aislado de las cartas del mui reverendo arzobis"po de Nicea da margen para nuevas observaciones que recomiendan la necesidad de que se tomen por V. A. » medidas de precaucion. ¿Qué de males y trastornos y » de divisiones no pudieron y debieron seguirse en el estado y en la Iglesia? ¿Dónde está el decoro y la sumision y el respeto ácia el congreso de una nacion católi» ca y ácia su gobierno?... Estremecen, Señor, las con» secuencias á que se ha visto espuesta la nacion, por el "curso y direccion que se le ha dado á este negocio tan » importante (1).

"No basta, señor, que se hayan cumplido los decretos por las autoridades eclesiásticas... El mui reverendo » arzobispo de Nicea tiene ademas el carácter público de » Legado de S. S., y ni la justicia ni la conveniencia politica y religiosa se combinan bien con el partido que debiera adoptarse de dejar subsistentes los fundamentos que se han hecho para su division. Estos prudentes re»celos conviene calmarlos, y el único medio es el de man» dar con generalidad al mui reverendo arzobispo de Ni» cea remita á V. A. copia de las cartas que haya escrito » á los cabildos y prelados, con las contestaciones origina"les que hubiese recibido.

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Nada se conseguiria con estas medidas que no curarian el mal de raiz. La continuacion del mui reverendo nuncio de S. S. con el caracter de tal cerca del gobierno español, seria un obstáculo insuperable »para la tranquilidad de esta nacion, tan religiosa como leal. Hasta aqui las razones de conveniencia exigian

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» su cesacion y se oponian por otra parte á ello...... Los »nuevos acontecimientos que anuncian la comunicacion ncon S. S, con el enemigo de la nacion española, han ,,obligado á S. A. á llamar la atencion de S. M., para que ,,tome en consideracion este negocio, que una vez des,,cuidado, ó podia precipitarnos à una division religiosa, ,,principalmente en unos tiempos en que las opiniones ultramontanas respecto á las facultades del romano pon,,tífice, tienen todavia bastante influencia..... No dudo ,,anticipar á V. A. mi dictámen de que los intereses del ,,estado y de la Iglesia de España contradicen abierta,,mente el que por mas tiempo se reconozca á un delegado de S. S. con un caracter y una mision que puede llegar á ser el instrumento del tirano que nos opri,,me (1).,,

Sentado este fundamento no será inoportuno recor,,dar aunque ligeramente la conducta que ha oservado el ,,gobierno español en los acontecimientos en que ha po,,dido peligrar la seguridad del estado, é introducirse la ,,division en materias religiosas, ya por la falta de comu,,nicacion con la santa sede, y ya porque los vicarios de »Jesucristo, guiados de su celo, llevado hasta el estremo, hayan querido egercer su autoridad apostólica ,,mas allá de lo que convenia á los intereses del Estado ,,y de la Iglesia misma.,,

,, Los oficios practicados por un prelado estrangero ,,con la parte escogida del clero español, para que entre „en sus miras, y combinar de acuerdo el plan de la des,,obediencia á esos votos que unos representantes han ,,sancionado con tanta justicia como religiosidad, esos ,,oficios, repito, son los que han podido producir el fu,,nesto mal de precipitarnos en una anarquia religiosa; ,,si la firmeza cristiana de la Regencia no los hubiera ,,prevenido. Los respetos de V. A. se hallan comprome,,tidos, no menos que los derechos de la nacion. Lo está

(1) Pág. 118.

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