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de pauta para guiar nuestro cálculo en esta materia. Las córtes se celebraron para poner en claro los derechos del pueblo, y el poder de los monarcas. Estos quedaron hechos unos esclavos de los pueblos, y á los pueblos se hicieron suberanos. La celebracion del concilio se decretaba para resolver los puntos de disciplina esterior, que debian ponerse para la autorizacion de las córtes. Estas vendrian á ser los papas.....

Hablemos claro: los hechos preceden á mis juicios: la esperiencia nos habla con voz imperiosa é inteligible: no desmientan nuestros oidos lo que aun resuena por toda la España. La comision eclesiástica espuso la necesidad de un concilio: las córtes lo aprobaron: unos diputados porque no previeron las resultas, otros porque juzgaban que el concilio atajaria los males que lamentaban, y otros porque conocieron que era el tiempo crítico de ingerir en la España las reformas que premeditaban, casi todos por unanimidad aprobaron la celebracion del concilio. De este modo se autorizaba la reforma eclesiástica, al tiempo mismo en que se trasformaba el estado. La mayor parte de los diputados querian lo mejor: pero discordes en los medios, se vieron muchas veces suscribirse, á los planes de los reformadores, y á las reformas que estos tenian meditadas.

Con el pretesto de 'deslindar á la Iglesia y al estado sus derechos imprescriptibles, y declarar los puntos en que por necesidad se ven en contacto, dando por motivo para ingerirse en la Iglesia y en todas sus facultades el derecho de patronato, de regalias, de proteccion que las córtes se usurpaban, haciendo valer los títulos de constituyentes, de soberanos á quienes tocaba entender en todas las materias de disciplina esterna en la religion, se declaran reformadores de la Iglesia, y se abrogaban un poder que de ningun modo les competia.

No hai una cosa mas dificil para el político cristiano que el demarcar los términos de las potestades civil y eclesiástica. La concordia del sacerdocio con el imperio

exige la unidad de principios, y la conservacion recípro. ca de sus respectivas facultades. ¿Quién podrá ser el juez de esta controversia? El sábio Bosuet en su política sagrada (1), Pedro de la Marca en su concordia, el mismo Van-Espen, poco escrupuloso en la suya, todos hallan dificultades. Notorio es ya hace mas de un siglo que los reyes y principes por concordatos con la santa Sede han ido declarando sus derechos, y poniendo bajo su inmediata accion varios puntos, que antes solo estaban á la de los eclesiásticos. Hablo nada mas que de hechos públicos: yo respeto como debo á los príncipes, á todo soberano....

Comparece el estado de la Iglesia, ó su política para con las potencias católicas en tiempo de un Gregorio VII, VIII y IX; el de los siglos vII, xv y XVII, con el que presenta en todo el siglo XVIII y en el que estamos cuánta es la diferiencia! Permitaseme decir con la imparcialidad mas grande; los príncipes se han resarcido de las pérdidas que sufrieron en los siglos medios. Si los papas, si los obispos, si el sacerdocio tuvo algun tiempo un poder demasiado sobre los reinos y sobre los estados, el estado tiene ahora un ascendiente sobre los eclesiásticos de que antes carecia. Hablaré no ostante sobre la distincion que la comision presenta de disciplina esterna é interna, lo que todo el mundo sabe.

Es público que el jansenismo puso en las manos de los politicos en todo el siglo pasado los principios mas destructores, las doctrinas mas subversivas contra la religion y el estado. Ansiosos de vengarse contra Roma y su soberano pontifice, armaron algunos príncipes, proclamándolos soberanos en cuanto podia tener relacion con el culto esterno, y escitándolos á que por su autoridad se ingiriesen en reformar algunos puntos de discipli na. Las reformas de Alemania, Francia, é Italia partieron de estos principios.

(1) Lib. 7. art. 5.

Asi como con la distincion de hecho y de derecho atacaban la autoridad de los papas, y eludian el sentido óbio de las bulas dogmáticas, que casi anualmente se espedian desde el Vaticano contra sus malas doctrinas, del mismo modo con la division de disciplina interna y es terna se atraian á su partido á los filósofos y algunos políticos, para que sostenidos mútuamente, intentasen reunidos reducir la autoridad del papa, Iglesia y obispos á solo el culto interno, y á lo espiritual solamente, alejando su intervencion de todo lo esterno.

Los resultados funestos de unos principios tan absur dos, y de un sistema tan ruinoso nos lo dicen todos los pueblos de la Europa. La liga mas cruel se hizo bajo estos principios; luego que el tiempo, las intrigas y las sediciones les dieron toda su madurez, vimos caer los altares y los templos, degollar sacerdotes y obispos, desmoronarse los estados, arruinarse los imperios, reinar la revelion y la anarquia. El erudito Hervas da en esta liga las causas de la revolucion que hemos presenciado y padecido (1).

El inventor de este plan ominoso, ó si no el que puso las primeras materias fue Jansenio. Sus discípulos redoblaron los esfuerzos, sus prosélitos entraron en la liga y generalizóse el plan en la Francia. Declaróse la guerra á la Iglesia, queriéndola reducir al primitivo siglo: acometióse al papa, á los obispos con el pretesto de reformar la disciplina, y se invitó á los principes á que entrasen en la posesion de unos derechos que no habian tenido.

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Cuál fue el éxito de estas reformas? ¡ La sangre cor re por nuestras heridas! Jansenio rebeló contra la España los paises bajos en la asamblea de 1633, y sus discí pulos, unidos en Bourgofontaine y Port-royal maquinaron contra las vidas de todos los príncipes. Jansenio sos tuvo la doctrina de los calvinistas y luteranos contra la fe (1) Véanse los dos tomos de la historia de la revolucion de Francia.

de nuestra religion, y sus discípulos estendieron los mayores errores contra la Iglesia y su disciplina. La rebelion principió en los dias de Jansenio y acabó en nuestros dias. Tales son las reformas de la filosofia (1), de los he¡ reges, de los impios del último siglo.

¿Podriamos nosotros esperar mejores resultados de las reformas premeditadas por las córtes? ¿Nuestro concilio nacional, celebrado por influjo de las cortes, seria mas feliz en sus decisiones, que lo fue el de Pistoya? ¿Nuestros obispos hechos por las córtes y confirmados por nuestro primado mostrarian mas fortaleza que los obispos congregados en Paris por Buonaparte?... Yo no me atreveré á decir el resultado de nuestro concilio: ignoro cuáles serian los nuevos obispos; pero mandando las córtes dejarian de ser los amantes de las nuevas instiર tuciones? ¿no serian electos aquellos eclesiásticos que deslumbrados ó seducidos fueron los autores de las reformas del estado? Las declamaciones contínuas de muchos de los diputados contra los señores obispos, las quejas diarias que se hacian al congreso de que los ordinarios desobedecian sus decretos, y la fórmula ya acostumbrada, ó la práctica general de no dar empleo público sino á los decididos por las nuevas y absurdas máximas, todo indica qué podriamos esperar de un concilio celebrado por tales eclesiásticos, y en circunstancias tan críticas.

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¿Se querria esto por la comision?... No diré que sí: solo añadiré que el señor de la comision que tomó la palabra para contestar al señor Ostolaza se opuso que se decretase la celebracion del concilio hasta que la co,,mision propusiese al soberano congreso una proposicion ,,arreglada á los cánones y á la loable práctica de nues,,tra monarquia.,, Como esta indicación era el resultado de los presupuestos, que la sostenian, podremos conocer qué clase de reformas eran las que se habian de ha'cer por nuestro concilio. No hablaré por mí. Sacrificaré

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(1) Hervas, revoluc. de Franc. tom. 1. ps. 131 y 550.

la paciencia de mis lectores á la escrupulosidad con que noté las doctrinas en que iban á apoyarse las reformas del concilio. Solo me detendré en dar á conocer lo mas notable.

El señor que á nombre de la comision llevó la pala

bra, dijo,,, haber unos trabajos adelantados por la jun,,ta central sobre los puntos de disciplina esterna que ,,debian resolverse por autoridad del soberano.,, En vir. tud de esta indicacion las córtes mandan pasar estos traba jos á la comision. La órden se frustra en su mayor parte, porque los trabajos habian desaparecido y solo reciben los comisionados los documentos que á este fin se le pasaron, no hallando mas que unas escasas reliquias de los trabajos conservados en un fragmento.,, Por casualidad, ,,dice, llegó á las manos de la comision la lista ó el plan, ,,ó sea el índice de los puntos que debian tratarse.,, ¿Seૐ rá esto facil de componerse? ¿se repetirá ahora lo que con la constitucion y sus materiales (1)?...

Es cierto que en la emigracion de Sevilla de la junta central para Cadiz padecieron un grande trastorno todas las oficinas: pero tambien es indudable que este desórden sirvió despues para ocultar parte de lo actuado por la ju nta sobre la reforma de España, y hacer lo contrario que ella habia preparado.

Las materias que se prepararon por la comision eclesiastica de la junta central las daré en el capítulo inmedi ato. Ellas admitian una aplicacion buena en parte, en lo mas, mala. Su índice basta para conocer el sistema general que se concibió mui desde los principios, para reformar la Iglesia de España. Las doctrinas que se vertiesen para esplanar las materias; los esfuerzos mas ó menos vivos por llevar la reforma hasta donde la habian conducido los reformadores de la Toscana, y las deci siones del concilio al que debian presentarse, podrian va riar totalmente el proyecto. Conozco á algunos eclesiás(1) Diré en el tomo 11 lo que hubo sobre la constitucion y sus materiales.

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