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„é señoríos .... dijo á los que alli estaban presentes, que él los ha„bia fecho llamar é ayuntar á las dichas cortes especialmente.... "para que jurasen é feciesen pleito homenage á la dicha infanta „Doña María su fija presente que la tomasen é recibiesen pör "reina é por señora de los dichos reinos é señoríos despues de sus „dias....é entonces el dicho señor cardenal les dijo mui especifi"cadamente é declaró todas las cosas porque habian seido llama"dos.... especialmente en el fecho del juramento é pleito home"nage que se debia facer al dicho señor rei é á la dicha señora in"fanta doña María, segun los derechos é costumbres de Castilla: é "luego el dicho señor infante don Fernando hermano del dicho se"ñor rei, y el dicho señor cardenal é otros muchos prelados, con"des é ricos homes, caballeros, escuderos é procuradores de las "ciudades é villas de los dichos regnos é señoríos que ahi estaban, »ficiéron juramento sobre la señal de la cruz é á los santos evangé"lios é pleito homenage al dicho señor rei en las manos é so las "formas que se contienen en los pleitos que Juan Martinez del "Castiello canciller del dicho señor rei primeramente allí habia lei"do. É despues Pero Garcia alcalde é Fernan Martinez de Igle"sia Saleña procuradores de la ciudad de Burgos segun parecía "por una carta de procuracion á ellos otorgada por el dicho con"cejo, signada é suscripta del signo de Juan Martinez de Gali"ciano escribano de la dicha ciudad, juráron por sí y en nombre "del concejo é de todos los moradores de la dicha ciudad é de su "tierra é término en las ánimas dellos é de cada uno dellos é por »sí mismos é cada uno dellos juró en manos del reverendo en "Cristo padre señor don Sancho obispo de Palencia sobre la cruz "é santos evangelios que tocáron corporalmente con sus manos, é »ficiéron el pleito homenage al dicho señor rei é á la dicha señora "infanta doña María que estaba presente en manos del dicho se"ñor rei, é prometiéron é cada uno de ellos prometió á nos los no»tarios de yuso escriptos, ansi como á personas públicas estipulan»tes en nombre é por la dicha señora infanta doña María en la "forma que se contiene en un escrito que primeramente les fué "leido por el dicho canciller el tenor del cual es el siguiente. Nos Pero Garcia alcalde é Fernan Garcia de Iglesia Saleña uno de "los homes buenos de la mui noble ciudad de Burgos, asi como "procuradores que somos de la dicha ciudad é por nos mesmos

"facemos pleito homenage á vos el mui alto é mui noble é mui "poderoso príncipe señor nuestro el rei don Enrique rei de Cas"tilla é de Leon que Dios mantenga, á voz é otrosí en nombre "de la mui alta señora la infanta doña María que Dios guarde, "nuestra señora vuestra fija primogénita é heredera destos reinos é "señoríos de la corona de Castilla é de Leon. É otrosí á la dicha "señora infanta doña María que está aquí presente, é prometemos á los notarios de yuso escriptos é á cada uno dellos ansi como "personas públicas estipulantes para la dicha señora infanta doña "María, é juramos por Dios verdadero é por santa María su ma"dre y sobre la señal de la cruz é los santos evangelios con nues"tras manos derechas corporalmente tocados en las ánimas de la "dicha ciudad, por cuyos procuradores venimos para esto. É »sí por nosotros mesmos que despues de los dias de vos, el dicho "señor rei nuestro señor que plegue à Dios que sean muchos é bue"nos, falleciendovos el dicho señor rei sin fijo legítimo varon, que "los de la dicha ciudad de Burgos é nosotros eso mesmo tomarán „é é recebirán é ternan é obedecerán, tomarémos é recibirémos é "ternémos é obedecerémos é de agora para entonces ellos é noso"tros en su nombre dellos é por nos mesmos toman é reciben é "obedecen é tomamos é recebimos é obedecemos á la dicha señora "infanta doña María por reina é por señora en estos reinos de "Castilla é de Leon é de Galicia, de Sevilla, de Cordoba, de Mur»cia, de Jaen, del Algarve, de Algecira, é los señoríos de Vizcaya »é de Villena é de Molina é en todos los otros señoríos que perte"necen á la corona de los reinos de Castilla é de Leon é besándole »la mano. É otrosí que le serán é sean é serémos é seámos leales "é servidores súbditos vasallos é le farán é farémos nuevamente é "á mayor abundamiento é seguridad el pleito homenage que las le"yes del reino ó de las partidas mandan que se faga al rei nuevo "cuando reina, y harán y cumplirán é guardarán por sí é por los »lugares de la dicha ciudad é farémos é cumplirémos é guardaré"mos á la dicha señora infanta entónces reina, todas aquellas co»sas é cada una dellas que tales súbditos vasallos é servidores de»ben é son tenudos de facer é guardar é cumplir á su rei é á su „señor natural, é si lo ansi non ficiéren é cumpliéren, ficiéremos "é cumpliéremos como aqui se contiene é en alguna cosa fallecie"re ó falleciéremos, que la ira de Dios todo poderoso sea sobre

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"ellos é sobre nos é sean é seamos por ellos traidores conocidos "ansi como aquellos que traen castillo ó matan á su rei ó á su "señor natural."

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5. El autor de la crónica de don Juan segundo nos conservó 1 la fórmula del juramento que se hizo á la infanta doña Catalina en las cortes de Toledo de 1423. El primero que juró fué el infante don Juan "el cual en las manos del rei hizo juramento é pleito é "homenage que en el caso quel rei fallesciere sin dejar hijo varon "legítimo, lo que á Dios no pluguiese, que desde entonces habia á »la princesa por reina é señora en estos reinos de Castilla é de Leon "é que guardaria su vida é salud, é todo su servicio é provecho é »bien comun destos reinos é le desviaria todo mal é peligro de su "persona é daño de sus reinos en cuanto él pudiese, é haria guerra »é paz por su mandado de las villas é lugares é castillos que en "estos reinos tenia é la recibiria en ellos y en cada uno dellos, ai"rada ó pagada de dia ó de noche con muchos ó con pocos como "á ella pluguiese: é que correria en todos sus lugares su moneda "é no consentirá otra correr, é que haria é guardaria cerca della "todas las cosas é cada una dellas que bueno é leal vasallo debe y "es tenido de guardar á su rei é señor natural: " formulario que siguiéron todos los que presentes se halláron : lo cual se practicó del mismo modo en la jura del príncipe don Enrique en las cortes de Valladolid de 1425 como asegura la citada crónica.

6. Los infantes y personas reales son los primeros en este acto: siguen luego por su órden los prelados, despues los grandes y procuradores de cortes, y concluida la ceremonia se despachan cartas á los prelados y señores y caballeros ausentes que no habian podido concurrir á las cortes, para que en manos de un caballero de-signado por el rei prestasen el juramento segun y como se habia hecho en las cortes: asi se demuestra por la carta que el rei don Felipe segundo dirigió al marques de Aguilar á 18 de mayo de 1560 para que jurase al príncipe don Cárlos en la forma y mane-ra que se habia practicado en las cortes de Toledo á las cuales no - habia concurrido. Dice asi : "el rei: marques primo ya habreis sa

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bido como en estas cortes que por nuestro mandado se han jun

I Año de 1423 cap. 1. Año de 1423,cap. 11.

Biblioteca real DD. 141 fol. 127.

"tado y celebran al presente en la ciudad de Toledo, el serenísimo "principe don Cárlos mi mui caro y mui amado hijo ha sido "jurado por la serenísima princesa de Portugal mi hermana, co"mo infanta destos nuestros reinos, y el ilustrísimo don Juan de "Austria mi hermano hijo natural del emperador don Cárlos mi "señor y padre de gloriosa memoria, y por los prelados y gran"des que se halláron presentes, y los procuradores de cortes de "las ciudades y villas del reino que aqui estan juntos, por príncipe "legítimo heredero y sucesor nuestro segun que se suele y acos"tumbra hacer. Y porque vos y los otros prelados grandes y ca"balleros que suelen concurrir en esto que no os hallastes presentes "á ello, habeis de hacer y es razon que hagais el mesmo juramen"to, envío á don Rodrigo de Vivero para que os le tome y reciba: "por ende por la presente os encargo y mando que luego en su pre»sencia hagais el juramento y pleito homenage que debeis hacer »segun y de la manera que acá le hicieron la dicha serenísima "princesa y el ilustrísimo don Juan de Austria mis hermanos, y »los otros prelados y grandes que se halláron presentes, conforme "á la escritura que lleva el dicho don Rodrigo que es como aqui se "hizo, que en ello nos servireis."

7. Esta grande y magestuosa ceremonia nacional se continuó hasta nuestros dias con igual aparato y bajo el mismo formulario, como se muestra por la relacion del juramento del príncipe don Baltasar publicada por don Antonio de Mendoza, sin que se advierta mas diferencia que la proligidad con que en el último estado de nuestras cortes se procuró estender la escritura del juramento; y la de haberse insertado en ella por el despotismo y sagacidad ministerial, espresiones nuevas, desusadas y nunca oidas en lo antiguo, cláusulas violentas y opresivas de la libertad nacional como se puede ver en la que publicamos en el apéndice1 comprensiva del juramento que hizo la nacion al príncipe don Fernando, hijo de Felipe segundo en las cortes de Madrid de 1573.

1 Apend. num. xii.

CAPÍLULO IV.

DE LAS CORTES GENERALES QUE POR FUERO Y CONSTITUCION DEL REINO SE DEbian celebrAR VERIFICADA LA MUERTE DEL PRÍNCIPE REINANTE. OBJETO DE ESTAS GRANDES JUNTAS Y AUTORIDAD

I.

QUE LA NACIÓN EGERCÍA EN ELLAS.

Ya dejamos mostrado como la nacion española tuvo de

recho de juntarse y debió ser llamada y convocada á cortes generales inmediatamente despues de la muerte del monarca para elegir en ellas digno sucesor, ó para ratificar y confirmar solemnemente la eleccion ó designacion que del futuro rei hubiese anticipadamente hecho en vida del príncipe reinante: lei primitiva y fundamental observada no solamente en el imperio gótico y en los primeros siglos de la restauracion, sino tambien en los siguientes desde fines del duodécimo hasta el reinado de don Felipe segundo, pues aunque en aquella época se habia ya introducido el uso de jurar á los príncipes viviendo los padres, cuyos actos constantemente repetidos produjeron costumbre y ésta el derecho hereditario: sin embargo la nacion conservó la regalía de juntarse para protestar con este hecho que si habia cesado en las funciones y egercicio de elegir, no por eso renunciaba absolutamente este derecho; y para ratificar el primitivo juramento hecho al príncipe heredero y en virtud de él aclamarle ó segun entonces se acostumbraba decir: nombrarle, alzarle y recibirle por rei.

2. Á consecuencia de este solemne acto todas las clases del estado y representantes de la nacion debian hacer homenage y prestar al nuevo rei juramento de fidelidad y obediencia: obligacion sagrada prescripta por las leyes bajo rigorosas penas en que incurrian los negligentes ó los que retardaban venir á la corte para desempeñar aquel deber sobre lo cual se publicó una famosa lei conservada en los antíquisimos códices góticos de Toledo y de Leon con el siguiente epígrafe : "de his qui novi principis fi"dem servandam jurare distulerint, vel his qui ex palatino officio "ad ejusdem obedientiam vel præsentiam venire neglexerint." Lei

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I Cod. wisog. I. vII. tit. 1. lib. 11.

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