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fieles, que no dió á conocer el Redentor á sus discípulos.,,Muchas cosas me restan que comunicaros aun, decia el celestial Maestro; pero no podeis soportarlas todavía. Sin que por esto pueda llamarse manca é imperfecta la mas acabada de todas las obras de la omnipotencia por su origen, por sus medios, por sus altísimos fines. ¿Qué importa, pues, que en la primitiva iglesia no se conociese este establecimiento del tribunal? Luego llegado el momento en que deba erigirse y conservarse, se deberá llamar inútil? Falsedad, falsedad. Segun los diversos tiempos y circunstancias de los mismos creyentes, la iglesia, piadosa madre, ilustrada de su divino Esposo, estrecha ó relaxa, perdona ó castiga, crea o destruye.

,, Para eludir estos ineluctables convencimientos se ha afanado nimiamente el Sr. Mexía con un discurso prolixo. Significó que los mismos católicos, y singularmente los jesuitas, emperezaron con sus ardides el establecimiento de la Inquisicion en el reyno de Portugal; afirmándolo así un libro impreso en castellano, y que se encuentra en la torre del Tombo. Pero se muestra harto claramente su padecida equivocacion ó error; porque aunque es constante intervinieron estorbos en aquel reyno para su fixacion, no lo es menos que fueron suscitados por los judayzantes, y de ningun modo por los jesuitas: afirmándolo así un libro impreso en portugues, cuyo autor verosimilmente se hallaria mas impuesto en aquellos sucesos, el qual se halla asimismo en la torre del Tombo. Y mientras que algun curioso, desenvolviendo aquella torre, evacua y registra la legitimidad de estas citas, se hallá á las manos la obra del P. Sousa que refiere aquellos acaecimientos en la manera por mí anunciada. Se ocupó en seguida en aglomerar desaciertos en los procedimientos de la Inquisicion, haciendo con este motivo una apología de Olavide.

,,¡Quinto mas oportuno hubiera sido su silencio en esta parte, quando sus cenizas reposan ya con honor y aprecio! Pero sí diré en debido desagravio del Santo Tribunal, que las causas que lo impulsáron no han sido únicamente las relacionadas por el señor diputado. Fuera de que no es concebible corporacion humana, que no sea susceptible de trastornos extravíos, originados de ordinario del influxo del poder. Mande. V. M. abrir el expediente de las causas atrasadas, en cuya comision se hallaba el Sr. Calatrava. Allí se verán monstruos y absurdos los mas desconocidos. Allí se advertirán multiplicadas infracciones de todas las leyes por todos los tribunales, y de todas las provincias. En el del Santo Oficio no seria empresa complicada manifestar que han sido raras, y que el ministerio real ha sido la sucia laguna engendradora de estos raros abortos. Declámese quanto se quiera por los mas sensibles amantes de la humanidad; exâgérese á lo sumo la enormidad de algunos atentados que se refieren con énfasis y ataviado aparato; siempre constará que estos han sido unos peregrinos fenómenos, congelados en las viejas cavernas de la intriga del poder ministerial. Trasládese si no la imaginacion á todas las cárceles del tribunal situadas en todas las provincias. ¡Qué pasmo! Quando el delito que puede arrastrar á esos retiros forzados, es tal vez una sola palabra, casi no se ha encontrado un reo en todas ellas, despues de haber sido violentadas sus puertas en muchas de las provincias.

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Voy á concluir; pero no puedo menos de hacer antes presente á V. M. que de les dicz millones de habitantes que numera nuestra penía

sila mas de la mitad desean, piden y anhelan ahora mas que nunca el -pronto restablecimiento del tribunal def Santo Oficio. ¿Y será justo, útil, conveniente ni razonable ocasionar un universal desagrado, afianzando en los pueblos un concepto que ha principiado á difundirse, aunque con niñguna justicia, bien desventajoso al soberano Congreso, dando lugar con la extincion de la Inquisición á que los enemigos de las Córtes divulguen que es mas su ilustracion que su piedad ¿Será posible que esté prudente rezelo se vea desestimado Ohque ignoran lo que piden, segun divo el Sr. Argüelles. Pero esta ignorancia cabe en las personas humildes, quienes sin embargo quieren el tribunal; porque de él nada han temido, ni esperan temer en adelante. Mas no puede afirmarse sin un temerario arrojo -del cuerpo de los reverendos obispos, de las corporaciones ilustres, de los ayuntamientos constitucionales. Por otra parte, es presumible que en el 1 parecer de quince ó veinte señores diputados que preponderan contra la IHquisicion, se haya de encontrar mas luz, mas talento, mas tino, mås prudencia, mas circunspeccion, que en los padres de la iglesia, congrégados en los concilios generales, despues de la invocacion y asistencia del Espíritu Santo? ¿Es posible que por este eventual concurso de quince ó veinte mas que opinen en contra, se haya de dar por tierra el establecimiento que la iglesia de Dios aprobó, juzgándolo en sumo grado conveniente y útil Mayormente quando V. M. sabe, sé yo, y saben todos lo que se -intenta, aunque no pueda probarse? Quando me entro en tales ideas, me -abismo; quando consideró sus resultados, me confundo. Quando se presentan á mi imaginacion las conseqüencias, me desvanezco, absorto callo, y acabo."

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El Sr. Muñoz Torrero:,,Quisiera tener aquí el sermon predicado por el -Sr. Terrero en su parroquia de Algeciras, con motivo del juramento de la -constitucion, y en el que declama altamente contra el despotismo de los reyes y sus ministros, para que me dixera si cinco ó seis años há se hu biera atrevido á hablar en aquellos términos. Pero recuerdo al Congreso los principios no monárquicos, sino republicanos que ha defendido el señor preopinante, con especialidad quando se opuso á que se concediera al rey la sancion de las leyes, á pretexto de que era contraria á la soberanía de fa -nación. Y hubiera sostenido esta doctrina quando existia el-tribunal de la Inquisicion en el libre uso de sus facultades? Estoy bien seguro de que -habria sido delatado inmediatamente, y castigado por dicho tribunal, que -ha prohibido por revolucionarias todas las obras políticas, en que se defienden aun con la debida moderacion los derechos de las naciones contra el despotismo y la tiranía. La Inquisicion de México ha llegado hasta condenar como herética la proposicion que enseña la soberanía del pueblo; y puntualmente ninguno ha estado inculcando con tanta frequencia este principio como el señor cura de Algeciras, que en sus discursos le ha llevado mas lejos de lo que debiera, puesto que ha solido olvidarse del sistema representativo sancionado en la constitucion. No entiendo, pues, como un diputado, que adopta principios tan opuestos á los que ha enseñado constantemente la Inquisicion, venga ahora á ser uno de sus mas acalorados apologistas, y pretenda desacreditar, á una comision que ha procurado siempre alejarse de los extremos, y seguir en todos sus dictámenes aquel término medio que le ha parecido mas justo, mas racional y mas conveniente. Qo

hay ni puede haber entre el reyno espiritual, que Jesucristo vino á establecer, para unir á todos los hombres en una misma sociedad, y los sistemas políticos que constituyen los diferentes gobiernos temporales de las naciones? Yo quisiera que, quando se habla de la religion, no nos contentáramos con verla por su parte exterior, ó la que es relativa á la disciplina externa; sino que, entrando en lo interior del edificio exâminásemos profundamente el plan de ella y todas sus conseqüencias. Así se precaverian las equivocaciones en que se incurre con freqüencia, por carecer de ideas exactas y bien determinadas en una materia tan delicada y de la mayor trascendencia.

,,Pero aunque la religion católica no tenga por sí un carácter político, declarada ya entre nosotros ley fundamental del estado, y prohibido el exer cicio de qualquiera otra, debe ser protegida por la autoridad soberana, y por consiguiente castigados con penas temporales todos aquellos que se apar ten de la doctrina de la iglesia. Los hereges son, pues, infractores de la ley fundamental; y baxo este respecto reos delante de la autoridad civil, que les impondrá las penas señaladas por las leyes, despues que la iglesia los haya arrojado de su seno como contumaces.

,,Por último el señor cura de Algeciras ha reproducido los argumientos que ya se habian hecho, pero olvidandose de las respuestas que se han dado. Es necesario tener siempre à la vista los principios expuestos con tanta so lidez por el colegio de abogados de Madrid, y que adoptó el consejo de Castilla, para no defraudar de sus legítimos derechos á la autoridad soberana en las materias pertenecientes á la disciplina eclesiástica externa. La primera proposicion que se discute es una conseqüencia inmediata del artículo constitucional, ó su aplicacion al caso presente. Parece que no debia haber ha bido discusion algum sobre un principio tan evidente. Pero el empeño mismo con que se impugna, es un argumento claros de la necesidad de aprobar} esta proposicion preliminar antes de pasar á resolver las otras qüestiones que propone la comision. Quando se discuta el proyecto de decreto se satis! fará á las demas reflexiones que ha hecho el Sr. Terrero para combatirle. Por ahora creo suficiente lo que llevo dicho." ››

A propuesta del Sr. Obregon se preguntó si el asunto estaba suficientemente discutidoiy se declaró por la negativa.. somo y robot ohn

A conseqüencia el Sr. Golfin, fundandose en la necesidad de que no seo interrumpiese demasiado la discusion de un asuntorde tanta gravedad, propuso que el dia siguiente á pesar de lo acordado en beneficio de las comi-" siones hubiese sesion; pero el Congreso resolvió tambien por la negativa,

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El Sr. Jáuregui: Tanto se ha dicho sobre esta materia en pro y en con tra por los varios señores que han hablado, que parece imposible producir nada nuevo, especialmente despues que el Merta entró hasta en los ápìces de la question: No obstante,sella es de uma naturalezabay strascendencia? tangcande que me yeb pilecisado ágio guardar silencio Ruegos ás V. Ms

tenga la bondad de oir algunas reflexiones que me ocurren, y traygo réunidas en el siguiente apunte (ley6) : **

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» Señor, el punto sumamente delicado que nos ocupa, lo es por su importancia y por la efervescencia actual. En el encuentro de las opiniones, el que ha manifestado la suya en un dictámen tan combatido, tiene el derecho, y aun mas la necesidad de decir algo en contestacion á lo que de contrario se ha expuesto en las sesiones de estos dias, y para destruir las injuriosas imputaciones que se han hecho en algunos periódicos al dictámen que ha presentado la comision de Constitucion, de que tengo el honor de ser individuo, contándome en el número de los que han suscrito á lo que V. M. está discutiendo.

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Me haré cargo de algunas objeciones puestas al dictámen y proyecto de decreto; no siendo fácil seguir el intrincado laberinto de toda esta disputa, y muy inútil despues que con tanta claridad y extension han contesta-> do mis dignos compañeros y otros señores del Congreso...

Que la comision de Constitucion se excedió de su encargo, y que nuné, ca debió pasar al proyecto de decreto que presenta, tanto mas, quanto que el 22 de abril último, no atendiendo V. M. á la proposicion de exâminar este negocio fundamentalmente, solo nos cometió la question de la incompatibilidad; este es el primer ataque que se nos hace.

"

Enhorabuena sea así, y cítese ahora contra la comision aquella acta. Pero habiendo exáminado la comision el sistema de la Inquisicion, confron tando este con el espíritu y letra de la constitucion: visto todo detenidamen te, y con la mayor escrupulosidad, de que solo se da un bosquejo en el dictámen, fué necesario rendirse á la evidencia, y de quantos asistimos á diễ cho acto todos unánimemente votamos por la incompatibilidad.

,,Ahora apelo yo á la buena fe y al zelo religioso de los señores que nos acusan para ver qué hubieran hecho en nuestro lugar, convencidos, como nosotros lo quedamos, de la incompatibilidad del ladnquisición con la constitucion; se habrian contentado con presentar esta opinional Congre so? Yo creo que no, porque su mismo zelo les habria impelido á proponer el modo y términos convenientes para mantener la pureza de la doctrina católica, única en el estado; puesto que no pudiendo exîştir la Inquisicion, alguna autoridad deberia estar de esto encargadas y chaser.

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,, Por mi confieso que la idea sola de que faltara esta autoridad competenté, me inquietaba; y puedo decir que tuve tanto calor como los demas en que nos ocupásemos del modo de subrogar la Inquisicion; porque digo, repitiendo lo que el Sr. Torrero el primer dia de estos debates, nunca pudo perder de vista la comision el importantísimo punto de la religion católica, y-ni un instante debió faltar en el estado el modo y la autoridad encargada de mantenerla.' casibus 5**

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•,, He aquí, Señor, el motivo que ha tenido la comision para presentar el proyecto de decreto: motivo laudable, y que nunca pudo prometerse ques por él se la acusase de exceso. Sin este paso, que cada vez juzgo mas acerta-c do, ¿qué se hubiera dicho de nosotros? Si hoy con todo el cuidado y soli-1 citud que manifesta la comision, todavía, todavía, Señor, se lanzan tiros, se grita por el peligro, se alarma al pueblo: ¿qué no se diria, si presentan-s do á V. M. la incompatibilidad sola, no viese el piadoso: pueblo españolo que V. M. se ocupaba y convertia su atención á un punto que á sus ojos pesc

el primero Si la comision hubiera procedido, como ahora pretenden algu nos señores preopinantes, entonces, Señor, los argumentos serian otros; aun quando ella se escudase con la acta que se cita, se clamaria al escándalo, á la indiferencia, y qué sé yo á que otras cosas. Pero no, Señor, los pueblos todos se convencerán sabiendo el decreto y su discusion; se convencerán, digo, de que la religion católica, venida del cielo, y que hace la gloria y la felicidad de ambas Españas, excita el zelo y toda la vigilancia de V. M. para que sea mantenida y profesada en el estado conforme nos la transmitieron nuestros padres, y como la única y verdadera.

,, Otro ataque peor es el de suponer proposiciones mal sonantes y cismáticas en el dictámen de la comision (heréticas, segun un periódico), y de ser insuficientes las medidas propuestas en el decreto; habiendo asegurado uno de los señores preopinantes que con esto no se remediarian los males. que debemos precaver. Para los que así opinan nada es bueno sino la Inquisicion, y con esto han concluido sus discursos, dexando ver que sin ella todo les huele á heregía ó á cisma. Mas yo quisiera que nos dixesen si llaman con este nombre á tantos paises católicos donde no hay Inquisicion. Si es herege ó cismático el rey y pueblo de Sicilia por haberla extinguido. Si lo es el de Portugal. Pero para qué salimos de casa? Aquí deberia yo traer á cuenta, como mas decisivo, lo ocurrido en el reynado del Sr. D. Cár los 111; digo mas decisivo por la piedad que distinguió, y que sin injusticia nadie negará á aquel monarca. Es un hecho que este príncipe tuvo determinado abolir la Inquisicion, y que esta providencia no se verificó por uno› de aquellos manejos tan comunes en la corte y en los palacios de los reyes. Yo, Señor, sé esto por personas muy fidedignas ; y para mí es de toda cer-> teza. Alguno ó algunos señores diputados no lo ignorarán; pero como no puedo presentar documentos que lo acrediten, me contento solo con enunciarlo!

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,,Hablemos ahora de lo que nadie puede negar. Desde Recaredo hastą los Reyes Católicos tuvo la España necesidad de Inquisicion para que en ella floreciese la religion católica? ¿Qué época mas gloriosa ha tenido la iglesia de España que aquella en que brillaron los Leandros, los Fulgencios, los Isidoros, los Eugenios, y tantos otros santos é ilustres prelados, lumbreras de la iglesia y honra de nuestra patria Y habia entonces Inquisicion? Y si el zelo de los respetables obispos fué bastante en mas de ocho siglos para mantener pura la fe católica, auxiliados de la autoridad › real, ¿por qué ahora se pretende que solo con la Inquisicion puede conse→ guirse esto? Señor, estos monumentos históricos, tan auténticos, son para mí mas convincentes que los mas estudiados y limados discursos. Basta conocer nuestra historia para que se desvanezcan todos los temores con que se quiere amedrentarnos, porque en nuestros obispos, en los venerables prelados de España, hubo y habrá siempre todo el zelo y luces necesarias para perseguir la heregía. Es lo que se propone en el decreto sometido á ‹discusion; y para persuadir su ineficacia no basta decirlo, era preciso demostrarlo; pero no es posible, porque no lo es el destruir unos hechos consignados en la historia, y apoyados con la experiencia de mas de ochocientos años. Este excelente modelo, sin copiarlo de otros paises, le encontramos en nuestra respetable antigüedad; y ella sin duda no tuvo menos zelo religio-", so que nosotros. A esto, Señorá esto es á lo que debe responderse.

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