Historia de la cuestion agraria Mexicana: El cardenismo, un parteaguas histórico en el proceso agrario nacional, 1934-1940

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Siglo XXI, 1990 - 422 páginas

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Página 183 - Los condueñazgos, rancherías, pueblos, congregaciones, tribus y demás corporaciones de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, tendrán capacidad para disfrutar en común las tierras, bosques y aguas que les pertenezcan o que se les hayan restituido o restituyeren, conforme a la ley de 6 de 'enero de 1915; entretanto la ley determina la manera de hacer el repartimiento únicamente de las tierras.
Página 387 - Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Federal. — Estados Unidos Mexicanos. — México. — Secretaría de Gobernación. El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se ha servido dirigirme la siguiente Ley: "LÁZARO CÁRDENAS, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO...
Página 386 - La presente Convención será ratificada por las Altas Partes Contratantes de acuerdo con sus procedimientos constitucionales. El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay queda encargado de enviar copias certificadas auténticas a los Gobiernos para el referido fin.
Página 389 - Secretario de Gobernación. — Presente". Lo que comunico a usted para su publicación y demás fines. — Sufragio Efectivo. No Reelección. — México, DF, a 18 de diciembre de 1935.
Página 361 - Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. — Presidencia de la República. LÁZARO CÁRDENAS, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que en uso de las facultades que me conceden los artículos 21, 24 y 7o.
Página 88 - V. Los bancos debidamente autorizados, conforme a las leyes de instituciones de crédito, podrán tener capitales impuestos sobre propiedades urbanas y rústicas, de acuerdo con las prescripciones de dichas leyes, pero no podrán tener en propiedad o en administración más bienes raíces que los enteramente necesarios para su objeto directo.
Página 389 - En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su publicación y observancia, promulgo el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cuatro.
Página 396 - Que el precedente Tratado fue aprobado por la Cámara de Senadores de los Estados Unidos Mexicanos, el día...
Página 181 - Si en lo ya descubierto de las Indias, hubiere algunos sitios y comarcas tan buenos, que convenga fundar poblaciones y algunas personas se aplicaran a hacer asiento y vecindad en ellos, para que con más voluntad y utilidad lo puedan hacer, los Virreyes y Presidentes LES DEN en nuestro nombre tierras, solares y AGUAS conforme a la disposición de la tierra, con que no sea en perjuicio de tercero, y sea por el tiempo que fuere nuestra voluntad.

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