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tierro, la espatriacion, el confinamiento todo es civil; la jurisdiccion eclesiástica es de orden superior, viene mas alto, es espiritual; y asi como solo quien tiene autoridad espiritual es quien la da, asi solo quien la tenga puede quitarla ó impedirla. Esta es la doctrina de la Iglesia, confirmada como acaba V. de ver con millares de egemplos de los santos Padres y Doctores, y lo que es aun mas, autorizada por declaraciones espresas de la santa Sede.

Y á vista de esto, ¿qué diremos de nuestro señor Gobernador? ¿es legítimo ó no? Por los títulos que toma, ¿se puede sospechar siquiera que lo es? y si no lo es, ¿quién puede calcular los males que van á venir sobre la diócesis? Sin legítima mision, sin verdadera jurisdiccion, ¿cómo la ha de comunicar á otros? Si atendidas las muchas vacantes de curatos se arroja á hacer concurso, ¿quién da á los provistos la mision? Sin llegar á ese caso, los que diariamente van y vienen por licencias de confesar, ¿con qué autoridad confesarán? ¿qué será de aqueIlas confesiones y absoluciones? Los curas serán Pastores ilegítimos; todas sus confesiones, escepto en el caso de muerte, irritas y nulas, y lo mismo las de los Sacerdotes ó Beneficiados que sin otra autorizacion que esta se atrevan á confesar. ¿Qué dice V. á vista de estas consecuencias? Medítelas V. bien, que bastante hay que pensar. Dijo, y se retiró.

Desde entonces, señor, no sé lo que me pasa; no hago mas que ir y venir con mi imaginacion, dar vueltas á tantos inconvenientes y razones, sin hallar modo sólido con que satisfacerlas y calmar mi agitacion. El tiempo por otra parte insta; va á llegar luego la cuaresma; toda ó la mayor parte de la feligresía confiesa con dos capellanes que fueron á mesas la semana anterior, y no tienen otras licencias que estas; y si es verdad lo que este hombre dice, y sus razones demuestran y persuaden, ¿quid

faciendum? en qué embolismos no nos vamos á meter?

Por el santo Cristo de Burgos, de quien dicen que es V. S. muy devoto, y por las gratas memorias que V. S. conservará de aquella ciudad desde su, sino tan celebrada, al menos tan ruidosa entrada en su Iglesia Catedral, suplico á V. S. se sirva dirigirme para obrar con rectitud; y si V. S. tiene esta dignacion, en otra, ú otras, por no molestar tanto y con muchas cosas de una vez, continuaré la esposicion de estas dudas que tan angustiado me traen.= Dios guarde á V. S. muchos años. Hoy 16 de enero de 1836. B. L. M, de V. S. su atento servidor y capellan N.

ESPLICACION

á favor de los que antes no lo entendieron 6 lo entendieron mal, sin duda por nuestro modo de decir.

Empezamos rogando á la generalidad de nues

tros ilustrados suscritores se digne acordarnos su indulgencia porque insistamos en recalcarle lo que entiende seguramente mejor que nosotros. Tambien rogamos á aquellos á cuyas exigencias condescende. mos, nos disimulen la falta de esplicacion á veces, haciéndonos la justicia de creer es hija de... nuestra pobreza de conocimientos, pero no de inconsecuencia; siempre efecto de buena intencion, nunca de debilidad. Tan malo es pasarse, como no llegar, dice el vulgo; mas en un caso, lo mejor es lo que se deja por decir: intelligenti pauca, &c. &c....

Hubo, pues, un artículo, de muchos celebrado, de otros no tanto; y en él se dijo: "Los preliminares que sentamos en el primero, las reflexiones históricas documentadas del segundo, y las cartas y esposiciones del tercero ponen la MATERIA como un punto de antigua disciplina, seguida y no derogada hasta nosotros, al alcance de todos: forman un cuerpo de doctrina pura, sólida, legítima, verdadera; ¿qué hay en contra?.... Escríbanlo otros, si lo saben (ya escribieron algo, y nosotros con firme consecuencia les contestamos cuatro palabras), pues que nosotros ni lo sabemos, ni lo hemos hallado...." Decia mas el artículo: "Una bula, un breve, una carta que de

rogue las présentadas por nosotros, y que establezca lo contrario á lo que previene el Tridentino, será el mejor medio de salir airosos: el declamar, el increpar con la inoportunidad, el decir.... no es probar ni debilitar lo que hemos dicho." Pregunta. ¿Es esto contradecirse?...

Seguia el tal discurso: "Pero entre tanto que esto veamos, y por si no se hiciese, al pueblo cristiano no le incumbe otra cosa que obedecer y acatar las disposiciones de sus Prelados espirituales (los legítimos Pastores se entiende), porque no tiene un derecho (¿quién se lo ha dado? ¿es soberano tambien el pueblo en la Iglesia?) á entrarse temerario á penetrar en el sancta sanctorum, y censurar, ni menos oponerse á las resoluciones y temperamentos que tomen los que cuidan de su salvacion." (Los legítimos Pastores, se entiende).

Sigue despues un párrafo que habla de una escepcion favorable al Cabildo de Toledo, y empieza: En otras Iglesias, y acaba: no es igual á la de Oviedo; ¿quién duda de esta verdad? pregunte al citado Cabildo. Mas para hacer una cosa bien y ajustada á la ley, se necesitan diez condiciones; pone el que la hace una; faltan las nueve; es buena ex integro? lo hemos dicho acaso nosotros? bonum ex integra causa, nalum ex quocumque defectu; si por falta de una condicion es malo un acto, ¿qué será si faltan varias? ¿qué será si hay y median otras y otras cosas, como?... Bah! que nos íbamos ya.... distrayendo.

Dice mas el artículo: "Los Cabildos tambien que han hecho (atencion á esta palabra) por sí mismos la eleccion pacíficamente, sin choques, sin oposicion, sin que les compela la amenaza ni el miedo (ubi est Adam?), y en cuyas Iglesias el electo conserva una perfecta armonía, que no produce sospechas ni recelos entre el clero ni los fieles, podrán haberse infringido en algo las leyes de la Iglesia; pero ¿lle

vará esta con tanto rigor su observancia, que despues, pasado el diluvio de pasiones y guerra que nos anega, venida la serenidad, lo declare todo inválido, y volvamos á un nuevo naufragio mas peligroso? No señores."

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En Málaga, por la muerte del Ilmo. Sr. Martinez, hizo el Cabildo (es reciente) en el nombramiento de Gobernadores lo que no debia; el Papa mandó que se atuviesen al Concilio; pero sunó y revalidó lo hecho por los ilegítimos.

En tiempo de Godoy se dió el mayor de los escándalos en Valencia; se separó al señor Fabian y Fuero, y en el mismo dia se nombró al señor Despuche: ambos ejercian funciones pastorales, &c. &c. El señor Pio VI, en un breve, declaró que el señor Fuero habia sido Arzobispo de Valencia hasta el dia en que renunció; pero sanó y revalidó cuanto habia practicado su sucesor mientras fue intruso, con la condicion de que hubo buena fe.

¿Quién duda esto? ¿quién acrimina á la Iglesia? Concluye el artículo: "Nuestra doctrina es cierta, es segura." Y antes de todo: "La Iglesia convalida, &c. con tal que no sea el deseo de atentar contra ella el único constitutivo de las circunstancias, ni que se haga un desastre confiados en su aprobacion futura y forzada." Señores Suscritores, ¿es esto inconsecuencia? díganlo por Dios.... Nuestros suscritores, que saben todos mas que nosotros, pues confesamos que no sabemos mas que esto, NADA SABEMOS, entienden muy bien lo que escribimos; lo leen á las mil maravillas, y ¡con cuánto placer!... (fuera vanidad).... Si algo oscuro y mal esplicado se halla en nuestros escritos, lo advierten, se les esplica mejor, y quedamos todos tan acordes, que viviremos eternamente en comunicacion literaria y mútuas preces.

En su obsequio hemos tirado estas plumadas in-
TOм.

II.

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