Código de la lejislación de la república de Nicaragua en Centro-América, formada por el señor D. i maestro licenciado Don Jesús de la Rocha ...Imprenta de "El Centro-americano,", 1873 |
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Página 43
... derogada en esta parte la lei de 23 de marzo de 1833 , i cualquiera otra que se oponga al presente decreto . 4. El que infrinjiere los artículos ante- riores queda sujeto a la destitucion de em . pleo , previo el juicio correspondiente ...
... derogada en esta parte la lei de 23 de marzo de 1833 , i cualquiera otra que se oponga al presente decreto . 4. El que infrinjiere los artículos ante- riores queda sujeto a la destitucion de em . pleo , previo el juicio correspondiente ...
Página 77
... derogada cualquiera otra disposicion que se oponga a la presente . LEI 28 . Decreto lejislativo de 7 de julio de 1851 , dis . poniendo que el sueldo de todos los partici pes a la tesoreria peculiar les sea pagado integramente . Art . 1 ...
... derogada cualquiera otra disposicion que se oponga a la presente . LEI 28 . Decreto lejislativo de 7 de julio de 1851 , dis . poniendo que el sueldo de todos los partici pes a la tesoreria peculiar les sea pagado integramente . Art . 1 ...
Página 148
... derogada cualquiera otra disposicion en cuanto se oponga a la presente . LEI 5 . Decreto ejecutivo de 3 de octubre de 1851 , que dispone se dé en arriendo el terreno en que se edifique la ciudad Pineda . El Senador Director del Estado ...
... derogada cualquiera otra disposicion en cuanto se oponga a la presente . LEI 5 . Decreto ejecutivo de 3 de octubre de 1851 , que dispone se dé en arriendo el terreno en que se edifique la ciudad Pineda . El Senador Director del Estado ...
Página 160
... derogada cualquiera otra que se le oponga . Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente -- Managua , 29 de diciem- bre de 1911 - Ignacio Suárez , D. P. - Adolfo Tole- do , 1er . Srio.-M. Mairena , 20 Srio ...
... derogada cualquiera otra que se le oponga . Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente -- Managua , 29 de diciem- bre de 1911 - Ignacio Suárez , D. P. - Adolfo Tole- do , 1er . Srio.-M. Mairena , 20 Srio ...
Página 189
... derogada la lei federal de 25 de febrero de 1824 . LEI 2 . Decreto lejislativo de 13 de febrero de 1862 , declarando insubsistente el contrato de co- tonizacion celebrado en 11 de mayo de 1859 con Mr. James Welsh , i negando la ratifi ...
... derogada la lei federal de 25 de febrero de 1824 . LEI 2 . Decreto lejislativo de 13 de febrero de 1862 , declarando insubsistente el contrato de co- tonizacion celebrado en 11 de mayo de 1859 con Mr. James Welsh , i negando la ratifi ...
Términos y frases comunes
11 de mayo 27 de agosto 28 de abril abril acto Acuerdo ejecutivo ademas administracion agosto Alcaldes arreglo autoridad bierno blica CAPITULO causa Chontales cion ciudadanos civiles comete Comuníquese Constitucion corresponde creto cumplimiento Dado darà debe deberà decretar i DECRETA Decreto ejecutivo Decreto lejislativo delito demas departamento departamento de Leon departamentos de Matagalpa derecho derogada designe despues dias dilijencias Diputado dirijan disposicion distrito efecto ejecucion esceda escite espresa està establece estranjeros exija facultad facultades febrero fondo Gobernadores hacienda harà hubiere individuos instruccion Jefe Político jeneral Jinotepe jueces juez juicio Juigalpa junio junta legal lejítima Leon Majistrado Managua mandando marzo Matagalpa mayo Ministro multa Municipalidad nombre Nueva Segovia oficio órden pago pena persona pesos podrà policía Prefecto presente Presidente presidio prision pública pueblo reglamento reos República de Nicaragua Resolucion lejislativa respectivo sean seccion serà seràn setiembre suplente Supremo tambien tículo TITULO tribunal
Pasajes populares
Página 93 - Panamá u otro punto elegible a pluralidad, una asamblea de plenipotenciarios de cada estado "que nos sirviese de consejo en los grandes conflictos, de punto de contacto en los peligros comunes, de fiel intérprete en los tratados públicos cuando ocurran dificultades, y de conciliador, en fin, de nuestras diferencias".
Página 17 - Que para facilitar el nombramiento de diputados, se sirvan hacerlo las mismas juntas electorales de provincia que hicieron o debieron hacer las elecciones de los últimos diputados a cortes.
Página 41 - En cualquier estado de la causa que aparezca que no puede imponerse al preso pena corporal, se le pondrá en libertad, dando fianza.
Página 40 - Los tribunales no podrán ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado. Art. 246. Tampoco podrán suspender la ejecución de las leyes, ni hacer reglamento alguno para la administración de justicia.
Página 96 - América ó después de ella, y se hallaren todavía en poder del Gobierno en cuyo nombre se hizo el secuestro ó la confiscación, serán inmediatamente restituidos á sus antiguos dueños ó á sus herederos ó legítimos representantes, sin que ninguno de ellos tenga nunca acción para reclamar cosa alguna por razón de los productos que dichos bienes hayan podido ó debido rendir durante el secuestro ó la confiscación.
Página 41 - Tampoco se impondrá la pena de confiscación de bienes. Art. 305. Ninguna pena que se imponga, por cualquiera delito que sea, ha de ser trascendental por término ninguno a la familia del que la sufre, sino que tendrá todo su efecto precisamente sobre el que la mereció.
Página 20 - Córdova, diputado por Santa Ana. Antonio J. Cañas, diputado por Cojutepeque. José Antonio Jiménez, diputado por San Salvador. Mariano Beltranena, diputado suplente por San Miguel.
Página 134 - Sapoá el que por lo dicho debe distar dos millas del lago, se tirará una recta astronómica hasta el punto céntrico de la bahía de Salinas en el mar del Sur, donde quedará terminada la demarcación del territorio de las dos Repúblicas contratantes.
Página 40 - El alcalde con dos hombres buenos, nombrados uno por cada parte, oirá al demandante y al demandado, se enterará de las razones en que respectivamente apoyen su intención, y tomará, oído el dictamen de...
Página 40 - ... el dictamen de los dos asociados, la providencia que le parezca propia para el fin de terminar el litigio sin más progreso, como se terminará en efecto, si las partes se aquietan con esta decisión extrajudicial. Art. 284. Sin hacer constar que se ha intentado el medio de la conciliación, no se entablará pleito ninguno.