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entre los gobiernos de ambos países para su regularización. Tanto en el Perú como en Bolivia se expedían decretos que revelaban, más que nada, una respuesta a un decreto lesivo a los intereses de cualquiera de los dos países. Se comprueba, además de ello, la inobservancia de algunos decretos sobre la materia, por las autoridades prefecturales o subprefecturales de los departamentos fronterizos, que por cuestiones de orden práctico se vieron obligadas a solicitar facultades especiales para superar las deficiencias de disposiciones del Ejecutivo. Este organismo no fue reacio a estas solicitudes y lo hizo amparándose en la falta de una legislación especial y en tanto las cámaras resolvieran cuestiones definitivas sobre el particular.

Cuando la ascención de Gamarra a la Presidencia de la República, las negociaciones comerciales peruano-bolivianas se regian, en líneas generales, por el Reglamento de Comercio de 1826. El hecho de que en ese documento no se aludiera específicamente a los negocios entre ambos países, determinó que el Presidente peruano expidiera un decreto transitorio reglamentando el Art. 1o del Reglamento de 1826, por el cual se rebajaba un 50% a toda mercancía internada por el puerto de Arica con destino al extranjero, más concretamente a Bolivia. Esta medida se adoptó para reprimir el contrabandɔ, para habilitar el puerto de Islay, tan poco usado hasta entonces y con el fin de evitar que los productos que se conducían desde Tacna y Arica con destino a Bolivia, eludiesen el pago de los respectivos derechos aduaneros en el Desaguadero o en Palca donde existía una aduanilla 58.

Con anterioridad a este decreto, el gobierno había expedido otro, aplicando un impuesto del 12% al aguardiente y un 10% al vino que se importaba a ese país de la zona de Moquegua. La medida era onerosa, pues a los derechos fijados había que agregar los de pontazgo, sisa, piso y otros que ascendían esos derechos a un 35% 59.

A raíz de la grave crisis que surgió entre ambos países, como consecuencia de la política interventora del caudillo boliviano en el Perú el año 1829, se realizaron gestiones para el arreglo del diferendo a través de las misiones Alvarez y Ferreyros, que no llegaron a nada concreto. En 1831 el gobierno peruano, con la mediación chilena, envió al Sur, en calidad de Ministro Plenipotenciario, a don Pedro Antonio de La Torre, quien suscribió con su colega boliviano, Crnel. Miguel María Aguirre, los tratados de Paz Amistad y Comercio, en noviembre de aquel año. No viene al caso referirse a los antecedentes, ni a las discusiones que se realizaron para la formalización de esos tratados. El de Paz Amistad recibió la aprobación de los gobiernos contratan

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tes, no así el de comercio, que fue rechazado por el gobierno, la prensa y la opinión pública del país del Altiplano. Ello determinó que La Torre viajara a Bolivia y suscribiera allí, en noviembre de 1832, un nuevo tratado favorable esta vez a la república de Bolivia.

Constaba el nuevo tratado de 18 capítulos, a diferencia del de 1831, que constaba de 32 "y en tanto que el tratado rechazado contenía algunos opuestos a los intereses bolivianos, como el de los requisitos exigidos para la calificación de la nacionalidad de las naves mercantes, que a todas luces favorecía al Perú, el nuevo abolia por el Art. V "las leyes prohibitivas y de estanco", porque estorbaban el tráfico comercial peruano-boliviano".

"Los negociadores, con criterio más práctico, procuraron elevar el volumen del intercambio de productos que ambos países importaban o exportaban de acuerdo a sus necesidades y redujeron para ello las tasas o impuestos de aduana a sumas manifiestamente ventajosas. Así, el Art. II del nuevo tratado, a diferencia de su similar del año anterior, espe cificaba que el pago de impuestos del 6% afectaba no a las producciones en general, sino sólo a "las producciones de la industria agricola y fabril".

"Bolivia y el Perú, países dependientes en gran parte de sus actividades agrícolas y ganaderas, estatuyeron por el Art. IV la exención del pago de derechos por víveres y ganados a internarse en cualquiera de ellos, quedando complementado en cierta forma con el Art. XI, que eximía del pago de derechos a las acémilas que por Bolivia se internaban al Perú desde la república argentina".

"El Art. IX del nuevo tratado, favorecía ampliamente a Bolivia, porque señalaba una tasa del 2% a los productos bolivianos de exportación que pasaran por el Perú hacia países extranjeros. Se nota aquí, una baja del 1% que estipulaba el tratado anterior en su Art. VIII".

"El nuevo tratado contempló, así mismo, la necesidad del establecimiento de consulados en lugares adecuados para contrarrestar los efectos negativos del contrabando, que día a día, tomaba auge. Y, finalmente, la vigencia del tratado quedó reducida al término de 6 años”. "Puede establecerse, en definitiva, que eran ampliamente favorables a Bolivia los artículos IV. V, IX y X, amén de los demás que eran recíprocamente beneficiosos" ".

COMERCIO CON CHILE.- Las operaciones mercantiles que se desarrollaron con el vecino país del Sur, en el período que estudiamos, no sólo estuvieron supeditadas a la legislación vigente en ambos. países, sino al intercambio de productos comerciables y al uso de rutas

60 Rivera Serna, Raúl. "Negociaciones diplomáticas peruano-bolivianas entre los años 1829-33". Inédito.

y puertos. Los problemas incumbentes a la materia tienen sus orígenes en los años inmediatamente anteriores al gobierno de Gamarra, prácticamente en los años iniciales del periodo republicano de ambos países. En lo que concierne a los productos comerciables, fueron el azúcar, la chancaca y el aguardiente los más solicitados en el mercado chileno y el trigo, las harinas y los géneros, los productos chilenos más cotizados en el Perú.

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"El Congreso de 1826 prohibió contra la opinión del partido libera! -dice Távara- la introducción de harinas y tocuyos, artículos que antes estaban grabados, el primero con un fuerte derecho específico, y el segundo con un ochenta por ciento" ". Esta medida era sumamente perjudicial, tanto para el comercio chileno, como para el peruano; pues en el primer caso, impedía su resurgimiento económico y en el segundo, el cereal producido en el país no satisfacía la demanda interna, de ahí, que el trigo y la harina, que se consumían en nuestro país provenían de Chile o de los Estados Unidos de Norteamérica, país este último del que se importaba en condiciones aún más ventajosas. La medida no tuvo, sin embargo, carácter permanente, pues por razones de orden hacendario fue revocada en junio de 1829; reestablecida por Gamarra, por decretos de 5 de enero, 15 de junio y 10 de agosto de 1830; suspendida por el Vice-Presidente en ejercicio de la presidencia, Gutiérrez de La Fuente en setiembre de aquel año, urgido también por ne cesidades de orden económico, quien expidió un decreto autorizando la introducción de géneros y harinas, previo pago de derechos de in

ternación.

Lo expuesto trajo consigo graves conflictos de orden político entre el Vice-Presidente, el Prefecto de Lima, Eléspuru y los miembros de la Junta Departamental de la capital. La génesis y desenlace de este incidente, escapan al objetivo de nuestro tema y tuvo repercusiones manifiestamente políticas.

El año siguiente, o sea en 1831, el gobierno chileno, por intermedio de su Ministro Plenipotenciario en Lima, pidió la nivelación proporcional de los derechos que pagaba el trigo que se importaba de su país, con los que pagaba el procedente de los Estados Unidos de Norteamérica, pero este pedido sometido al conocimiento de las cámaras, fue denegado.

La situación permaneció bajo diversas alternativas en el curso de los últimos años del mandato de Gamarra.

Lo referido antes, está estrechamente vinculado al uso de puertos y a la modalidad del comercio entre el Perú, Europa y las costas orientales de los Estados Unidos de Norteamérica. Los mercantes prove

61 Távara, Santiago. Historia de los partidos, p. 80.

nientes de estos dos últimos puntos, dejaban sus mercancías en Valparaíso, de donde eran conducidos a nuestro país en barcos peruanos o extranjeros, con el consiguiente recargo de fletes, lo que gravitaba sensiblemente en el precio de la mercancía. Esta medida obedecia al hecho de que dichos barcos no traían la suficiente cantidad de carga, como para hacer remunerativos los fletes.

El gobierno chileno aprovechó de estas dificultades y declaró puerto de "depósito" a Valparaíso, mandó construir almacenes y dio grandes facilidades a los barcos que anclaban en su puerto mavor 62. La medida, que iba paralela a las restricciones que impuso el gobierno del Perú al comercio exterior, se dejó sentir negativamente en el Perú. Esto lo advirtió enfáticamente el Ministro Pando en su Memoria de 1831. "Mientras los puertos del Perú se hallan casi desiertos -dice en uno de los pasajes de su exposición- los buques de todas las naciones abundan en el de Valparaíso y hasta llegan a preferir el vermo de Cobija— reina allí una actividad mercantil que tiene grande influjo sobre el progreso de la riqueza pública y de la civilización; se forma un mercado abierto para los compradores de Méjico y Centroamérica, que van olvidando enteramente el camino de las costas peruanas" 63.

Pero los efectos lesivos de aquella política no sólo se reflejaban en el Callao, sino que inclusive los puertos de Huanchaco y Paita entre los más importantes de la época, se surtían de Valparaíso. Por esto, el Ministro que nos ocupa, encontraba la causal de estas anomalias en la falta de puertos de "tránsito" y de "depósito", imprescindibles en un país que comerciaba con los situados en las más leianas latitudes. Era pues preciso a su entender la adopción de medidas más liberales que procurasen la afluencia de comerciantes extranjeros, que en franca y leal competencia, favorecían, indirectamente, el desarrollo económico del país. Su advertencia e invocación encontraron acogida en el gobierno, pues el año siguiente (1832). se declaró de "depósito" el puerto del Callao y se le dotó de un muelle 4. Esta medida significaba un duro reto al comercio chileno.

Las modificaciones introducidas más tarde, aunque en el mismo período que estudiamos, no revisten mavor trascendencia inmediata, pero crearon un ambiente hostil en las relaciones peruano-chilenas, que hubo de encontrar más tarde a su más decidido adversario en la persona del Ministro del Interior chileno, Diego Portales.

EL CONTRABANDO.- Este problema, tan complejo y común a todos los tiempos y países organizados, no fue ajeno a la época que

62 Diez Canseco, Ernesto. Perú y Bolivia pueblos gemelos, p. 251.

63 Pando, José María. Mem. cit., pp. 20 y 21.

64 Pérez de Tudela, Manuel. Mem. cit.,

P. 7.

estudiamos. Un país de una costa tan extensa como el nuestro, fue propicio a las operaciones mercantiles ilícitas, aun cuando se dictaron leyes para desterrarlas o restringirlas.

Pero no sólo fueron la constitución física de nuestro país, ni la vigencia de leyes inadecuadas las causas fundamentales del problema, sino la falta de probidad administrativa de los funcionarios encargados de cautelar los intereses del Estado, que merced a estas maniobras dolosas vio disminuir sus ingresos por derechos de productos provenientes de Bolivia y Chile, principalmente. Así, en abril de 1830, el Prefecto de Puno, Crnel. Juan Francisco Reyes se quejaba del escandaloso contrabando de coca y harina que se internaba subrepticiamente de Bolivia. La falta de puestos efectivos de control en la frontera, fue una de las causales para el incremento del contrabando. Según cálculos del Prefecto antedicho, sólo la zona de Chucuito consumía 10.000 arrobas de coca, pero los derechos recaudados por el fisco no correspondían al monto de aquel consumo 65.

En el puerto de Paita, uno de los más frecuentados, se presentó en el propio año una situación similar, pues no obstante el apreciable movimiento comercial que se observó er el mes de abril de aquel año, los ingresos aduaneros apenas habían subido a 1.419 pesos. Si gran parte de estas anomalías que se produjeron con respecto a la república de Bolivia, se debió a la escasez de puestos de control, en el caso de Paita se debió más que nada a la inmoralidad de los funcionarios, muchos de los cuales fueron procesados y las caletas de Máncora, Colán y Amotape, centros de contrabando del arrieraje, intensamente vigiladas 66.

El puerto del Callao, no obstante su situación e importancia, tampoco fue ajeno a estas maniobras dolosas y por ello el Ministro Larrea y Loredo dispuso su cierre a partir de las 6 p. m. y prohibió el ingreso de botes al muelle e intensificó el patrullaje de las costas adyacentes por medio de falúas 67.

En lo que respecta a la legislación sobre el comercio internacional, ella adolecía, como ya se ha expuesto, de graves defectos. Ya el Ministro Pando exponía en su Memoria, tantas veces aludida, que la ley prohibitiva que normaba dicho comercio, contenía varios artículos pocos prácticos, pues sostenía que el hecho de prohibir la introducción de ciertos efectos al país, con la pretendida intención de favorecer la industria nacional, no hacía sino fomentar la introducción de esos productos dentro del país en vasta escala. Y, aúr. en este sentido, era partidario del comercio libre, pues sentenciaba: "Mientras existan aduanas

65 A.H.H. O.L. 197-2707.

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A.H.H. Comunicaciones: C-O 0016, p. 42 y Resoluciones supremas: 0011, p. 30v. 67 A.H.H. Correspondencia general 008, p. 8.

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