Revista general de legislación y jurisprudencia

Portada
Editorial Reus, 1914

Dentro del libro

Páginas seleccionadas

Otras ediciones - Ver todas

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 448 - Tampoco se impondrá la pena de confiscación de bienes. Art. 305. Ninguna pena que se imponga por cualquier delito que sea, ha de ser trascendental por término ninguno á la familia del que la sufre, sino que tendrá todo su efecto precisamente sobre el que la mereció.
Página 184 - La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.
Página 448 - La exención de responsabilidad criminal declarada en los números 1 .", 2.°, 3.°, 7.° y 10 del art. 8.° no comprende la de la responsabilidad civil, la cual se hará efectiva con sujeción á las reglas siguientes: Primera. En los casos 1 .*, 2.°...
Página 329 - la propiedad es el derecho de gozar y de disponer de las cosas de la manera más absoluta, siempre que no se haga de ellas un uso prohibido por las leyes o por los reglamentos".
Página 324 - Publicum ius est quod ad statum rei Romanae spectat, privatum quod ad singulorum utilitatem: sunt enim quaedam publice utilia, quaedam privatim.
Página 417 - En lo demás, las provincias y territorios, en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico, escrito ó consuetudinario, por la publicación de este Código, que regirá tan sólo como derecho supletorio, en defecto del que lo sea en cada una de aquéllas por sus leyes especiales.
Página 271 - Corresponden al Estado los bienes de los que mueran ó hayan muerto intestados , sin dejar personas capaces de sucederles con arreglo á las leyes vigentes. A falta de dichas personas sucederán con preferencia al Estado. 1.°...
Página 275 - Considerando que siendo las disposiciones de la ley de Enjuiciamiento civil parte del derecho general, y no del llamado foral, en lo que estén en contradicción con el Código civil, ley posterior, han sido derogadas por el art.
Página 77 - El pago hecho a una persona incapacitada para administrar sus bienes, será válido en cuanto se hubiere convertido en su utilidad.
Página 448 - ... que no haya obrado con discernimiento, los que los tengan bajo su potestad ó guarda legal, á no hacer constar que no hubo por su parte culpa ni negligencia. No habiendo persona que los tenga bajo su potestad ó guarda legal, ó siendo...

Información bibliográfica