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En el año de 1572, Don Francisco de Toledo, si bien no incluyó en el proceso seguido a los Incas del Cuzco a estos hijos bastardos de Paullu, los hizo en cambio empadronar como tributarios comunes, desconociendo los fueros y privilegios de que tanto se preciaban.

La provisión del Virrey en virtud de la cual se ordenó este empadronamiento fué dada el 11 de agosto de 1572 y en ella se especificaba que en cuanto "a los demás indios que llaman cuzqueños, no hay razón que se les excuse de pagar tributos, e quando alguna tuvieran, que no tienen, no merecían gozar de ella por la sospecha que contra ellos se ha tenido de haber sido causa del levantamiento de Túpac Amaru y Quispe Titu su primo y de toda la provincia de Vilcabamba, y de otras culpas notables que contra Don Carlos y Don Felipe su hermano y Don Alonso Tito Atauchi, e Don Agustín Condemayta, e don Diego Cayo, y otros indios naturales de esta ciudad, y fuera de ella, se trata ante el Doctor Gabriel de Loarte". Invocando tan falsos fundamentos, dado que estos Incas ni siquiera estaban considerados en el juicio seguido contra don Carlos y los demás Incas, Toledo ordenó que tributasen "aunque con la mayor moderación que sea posible, los cuales dichos tributos por diez años primeros y hasta que de otra parte se provea donde se cumpla lo que de yuso ira declarado, después que se les reparta, aplicaba y aplico, desde ahora para la obra de la fortaleza que tiene acordado de hacer en esta ciudad del Cuzco".

En cumplimiento de esta Provisión del Virrey, el Gobernador don Martín García de Loyola, quien en breve debía de emparentar con esos nobles, efectuó la visita de los indios de la parroquia de San Cristóbal donde residían los hijos de Paullu. El escribano adscrito a la misma, don Juan López de Arrieta, hizo constar, a pedimento de Diego Viracocha, que "por la dicha visita no consta ni parece haberse hecho otros autos ni echadoseles tributo alguno a los susodichos, ni a los demás Ingas e indios cuzqueños, e yanaconas que parece haber en la dicha parroquia más de lo que por los autos y provisión de suso contenidos que hice sacar de los libros de la Hacienda Real de esta ciudad por do parece el dicho Señor Visorrey haber echado a todos los indios que se visitaron en la dicha parroquia el dicho tributo en la dicha provisión, e, auto contenidos, doy fe que en la memoria que dí a S. E. el dicho Se

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Nuestra Señora de Copacabana, de la milagrosa imagen de la Virgen e Invención de la Cruz de Carabuco Lima, 1621, la cita dando como fecha de la misma el I de Abril de 1544. Calancha, Corónica moralizada, del orden de San Agustín en el Perú, con sucesos ejemplares en esta monarquía, tom. II, Lima, Jorge López de Herrera, Impresor, 1653, indica la misma fecha. Sahuaraura en su obra Recuerdos de la Monarquía Peruana o Bosquejo de la historia de los Incas. París, Librería de Rosa Bouret y Cia., 1850, da la fecha equivocada y dice que fué el I de Octubre, confundiéndola con la de legitimación de los hijos de Alonso Titu Atauchi, aunque ésta es de 1554 y a pesar de que en el manuscrito de su obra indica que la cédula se dió el 1 de Abril. De diversos expedientes relacionados con la descendencia de Paullu Inca, existentes en el Archivo de Indias de Sevilla y en diversos repositorios históricos peruanos, hemos copiado esta cédula y en todas las copias y testimonios figura la misma fecha. Se inserta en la colección de Reales Cédulas, con la misma fecha de 1 de Abril de 1544. En la obra publicada por la Duquesa de Berwick y de Alba, Nuevos Autógrafos de Cristóbal Colón y Relaciones de Ultramar, Madrid, 1902, pág. 54, se cita asimismo con la fecha indicada de 1 de Abril de 1544. Jiménez de la Espada, en nota 1 al Discurso sobre la descendencia y gobierno de los Ingas, pág. 41. (Jiménez de la Espada. Opúsculos. Una Antigualla Peruana. Madrid, Tipografía de Manuel Ginés Hernández, 1892), dice, equivocadamente, que esta cédula de legitimación lleva la fecha de 21 de marzo de 1544. Means, en Biblioteca Andina (Transactions of the Connecticut Academy of Arts and Sciences, Vol. 29) New Haven, Connecticut. Published by the Connecticut Academy of Arts and Sciences and to be obtained also from the Yale University Press. May 1928, pág. 440, indica la fecha exacta.

ñor Visorrey, de los indios cuzqueños e yanaconas que se hallaron por la dicha visita haver en la dicha parroquia, y para les echar e cargar el dicho tributo, entraron en número y memoria de los indios cuzqueños los dichos hijos del dicho Don Cristóval Paulo segun que lo susodicho parece por la dicha visita a que me refiero". (4)

Tan inconsiderado proceder del Virrey hizo que los hijos de Paullu Inca se presentaran nuevamente ante la Audiencia de los Reyes, encabezados por Luis Cusirimachi y Francisco Carratopa, y siguieran autos sobre exención de tributos. El Fiscal de S. M. informó en sentido desfavorable a la pretensión de estos Incas y el 11 de Diciembre de 1573, la Audiencia resolvió confirmar lo proveído por el Visitador de la Ciudad del Cuzco de la Parroquia de San Cristóbal "que los empadronó por tributarios" ordenando que fuera llevado a debida ejecución.

Los Incas interpusieron pedido de revocación de esa sentencia de vista, expresando que todos eran hijos legitimados por Provisión Real y que en tal calidad habían estado siempre "en posesión de no tributar antes cobrando e gozando el feudo y merced que en nuestro nombre le habían fecho nuestros visorreyes en nuestras Cajas Reales". El Procurador Fiscal presentó en este pedido de reconsideración, un informe ampliamente desfavorable declarando que la Audiencia no debía conocer en dicha causa "porque lo que el Virrey había proveído era en conformidad de cédula y comisión particular del Rey, y así lo tenía declarado en la provisión particular que había sin embargo enviado a la dicha nuestra Audiencia", y agregando que "en caso que esto lugar no hubiese, que si había, y se hubiese de conocer en ella, el dicho au- . to se había de confirmar por ser conforme a lo que resultaba de probanzas y actuado en la dicha causa, sin embargo de que eran hechas sin orden de juicio y sin citación de nuestro Fisco". Entrando al fondo de las alegaciones presentadas por los hijos de don Cristóbal, el funcionario de la Audiencia, declaraba que no bastaba sostener que los peticionarios eran hijos naturales de Paullu Inça porque él podía a su vez probar que antes que el Licenciado Vaca de Castro "entrase en los dichos nuestros reynos, el dicho don Cristóbal era casado públicamente, según la costumbre antigua que ellos tenían, e después se casó habiéndose tornado cristiano con la propia mujer in facie ecclesiae, e que asi mismo, en su antigüedad de los indios conforme a sus costumbres, ningún duque ni señor era libre de tributo". Insistía el Procurador, que tan conocedor se mostraba de la vida de don Paullu, en el hecho de que la Audiencia debía abstenerse de conocer en esa causa y que se remitiese al Consejo de Indias o, en el caso de declararse competente, confirmara el auto de vista.

La causa fué recibida a prueba en el Cuzco por 80 días y los hijos de don Cristóbal presentaron un conjunto de probanzas que demostraban irrecusablemente el derecho que amparaba su reclamación. En vista de ellas la Real Audiencia, que además estaba ya declaradamente en contra de Toledo como lo demostraba su actitud en el proceso de los Incas del Cuzco, pronunció sentencia de revista, el 3 de Marzo de 1576 declarando que "en la causa de D. Luis Cusirimache y D. Fran

(4).—Provisión del Virrey Toledo ordenando el empadronamiento de los indios nobles de S. Cristóbal incluyendo a los hijos de Paullu. Ms. inéditos 0215.

Id. id. varias piezas del mismo litigio en el expediente de los Topa Yupanqui (Arch. particular).

cisco Carratopa y los demás hijos naturales de don Cristóbal Paulo Tipa Inga y nietos de Guaorracápuc y Miguel Ruis su Procurador con el Fiscal de S. M. sobre la exenta que piden: fallamos que la sentencia en esta causa dada por nos el Presidente y Oidores de esta Real Audiencia, de que por parte de los dichos Ingas fué suplicado, atento a lo nuevamente alegado y probado, es de enmendar, y para ello la revocamos y haciendo justicia revocamos asimismo el empadronamiento de tributarios fecho de los yndios por el Visitador de la ciudad del Cuzco en esta causa presentado y damos por libres y exentos a los dichos don Luis Cusirimache y don Francisco Carratopa y a los demás sus hermanos, hijos naturales del dicho don Cristóbal Paulo Topa Inga, contenidos en la demanda de este pleito del dicho empadronamiento, Y mandamos se les guarde la excepción por ellos pedida y por esta nuestra sentencia así lo pronunciamos y mandamos en grado de revista sin costas".

El 30 de Agosto del mismo año, ante el Maestre Gabriel Paniagua de Loayza, Caballero de la Orden de Calatrava y Justicia Mayor del Cuzco y ante el Escribano de S. M. y del número don Antonio Sánchez, presentaron esta ejecutoria don Alonso Topa Atau, don Luis Cusirimache, don Pedro Guarititu, don Martín Mango Topa, don Bartolomé Quispi Atauchi, don Cristóbal Quispi Topa y don Pedro Cusihuallpa, por sí y en nombre de sus demás hermanos, y pidieron su acatamiento y obediencia en la forma debida. En cumplimiento de lo ordenado por la Real Audiencia se dispuso además la devolución a los Incas litigantes de "los pesos de oro que por razón de tributos fechos tributarios habían pagado después que este pleito e causa comenzó". (5).

Confrontando el juicio seguido después de la muerte de Paullu por sus descendientes, la reclamación interpuesta ante la Real Audiencia y muchos nobiliarios y expedientes inéditos, hemos podido reconstruir la desconocida lista de los hijos de Paullu que no figuraban en ninguna crónica u obra que incidentalmente ha mencionado la descendencia de los Incas durante la Conquista. De los cronistas, tan sólo Cobo menciona a dos de estos hijos bastardos de don Cristóbal, llamados el uno, don Fernando Poma Capi y el otro, don Alonso Tupa Atau, quien tuvo gran intimidad con el cronista y le proporcionó no pocos de sus datos sobre las antigüedades incaicas. Sarmiento de Gamboa, a su vez, se limita a declarar, a pesar de que debió conocer esta descendencia del Inca, que Paullu dejó numerosos hijos naturales; dato que su comentador Pietschmann adiciona con los nombres de los dos citados por Cobo, a los cuales refiere la cédula de legitimación del 1o de Abril de 1544. (6)

(5).-Testimonio de la visita de empadronamiento de los indios de S. Cristóbal hecha por el Comendador Martín García de Loyola ante el escribano Juan López de Arrieta.1572- Ms. inédito. 0215.

Auto dictado en la causa de los Incas descendientes de Huayna Cápac y de Inca Yupanqui sobre exención de tributos. 11 de diciembre de 1573. Libro de conocimientos y tomas de razón de la Real Audiencia. Archivo de la Corte Superior de Lima. Id. id. Ms. cit. Literatura Incásica y ms. 0013.

Sentencia de revista del 27 de junio de 1576 dada en la misma causa, Ms. 0215.

(6). Sarmiento de Gamboa, Geschichte des Inkareiches. Herausgeben von Richard Pletschmann. Berlín, Weidmannsche Buchhandlung, 1906, (70), pág. 128: "de Paullu quedaron dos hijos legítimos el dicho Don Carlos y D. Felipe, y sin esto le quedaron otros muchos hijos bastardos y naturales."'

Bernabé Cobo. Historia del Nuevo Mundo. Pub. M. Jiménez de la Espada. Tom. III. Sevilla, Imp. de E. Rsco, 1892. Cap. XX, pág. 209: "Dejó también D. Cristóbal Paullu-Topa

De todos los hijos naturales de Paullu, fuera de los dos citados incidentalmente por Cobo, ninguno ha merecido la mención de las crónicas y únicamente don Bartolomé Quispi Atauchi ha motivado la atención circunstanciada de algunos investigadores, debido a que sus descendientes, los Sahuarauras, alcanzaron gran figuración en la rebelión de Túpac Amaru y uno de ellos, don Justo, perpetuó la nobleza de su estirpe en su obra Recuerdos de la Monarquía Peruana. (7).

Del cotejo de los documentos antedichos, (8) hemos podido encontrar los nombres y algunas circunstancias de los siguientes hijos naturales de Paullu Inca:

Don Diego Viracocha Inca, figura en el padrón de 1572 con la edad de 37 años y era uno de los hijos mayores y más caracterizados de Paullu. Este don Diego poseía "un topo de chácara de maiz junto al arco y en Pomamarca cuatro topos de chácara de maíz y la parte que le cabe en la llamada de San Cristóbal, que es de todos los hijos de Paulo. Y tiene la chácara de papas a donde declara don Phelipe su hermano, y una chácara de coca en Mascabamba que saca cada mita cien cestos de coca, e ciento e treinta ovejas de Castilla en Vevuco".

Don Diego era, por otra parte, después de don Carlos y don Felipe Mango Túpac, los dos vástagos legítimos de don Cristóbal Paullu Inca, el más acaudalado de los hijos de ese Inca. Probablemente acrecentó sus bienes con ocasión de su matrimonio, al igual que otros hijos de Paullu que lograron obtener cacicazgos por idéntica vía. Es posible asímismo que don Diego adquiriera esas tierras de don Felipe Mango Tupac que estaban ubicadas entre las dejadas por Paullu Inca. Don Diego Viracocha fué casado con Beatriz Paico Sisa, de 30 años en el momento del empadronamiento, pero por lo menos hasta el año de

dos hijos naturales dichos D. Fernando Puma Capi y D. Alonso Tupa-Atau"

Pietschmann, en su complemento a las observaciones de la Historia Indica de Sarmiento de Gamboa, dice que "además de sus hijos legítimos D. Carlos y D. Felipe, a los cuales menciona Sarmiento, tuvo él (Paullu) dos ilegítimos D. Fernando Puma Capi y D. Alonso Tupa Atau (Cobo).

(7).—Markham, Los Incas del Perú. Versión castellana de Manuel Beltroy, Lima (Sanmarti y Cía.) MCMXX, cita incidentalmente a los Sahuaraura, pero equivoca su filiación. Así en la nota 2 a la pág. 242, dice que "el Dr. Justo Sahuaraura, Arcediano del Cuzco, afirmaba que Melchor Carlos Inca, tuvo un hermano llamado Bartolomé Quispe Atauchi de quien aquel descendía por línea de varón que bajaba hasta Luis Ramos Titu Atauchi abogado cuzqueño que murió sin descendencia. Decía que una hermana de Luis Ramos, de nombre María, se casó con Nicolás Sahuaraura, padre de D. Justo. Este peleó en la batalla de Ayacucho cuando mozo y se ordenó más tarde. Murió en 1853. Yo conocí a sus sobrinas". Markham confunde aquí a D. Melchor con su padre D. Carlos porque Bartolomé fué hermano de D. Carlos y tío de Melchor.

Cúneo, asimismo, sólo cita a Bartolomé pero su versión arranca exclusivamente, como él dice, de Markham, de manera que incurre también en el error de hacerlo hermano de D. Melchor. (cf. Historia de las guerras de los últimos Incas peruanos (1535-1572). Barcelona, Casa Editorial Maucci, s. a., pág. 178).

El Dr. Urteaga, a pesar de que conoció y copió el padrón donde figuran los hijos de Paullu, sólo cita a Bartolomé Quispe Atauchi, limitándose a reproducir la genealogía que dá Justo Sahuaraura de su antecesor. Además, en nota 3 a la pág. 180, (cf. El Imperio Incaico, Lima, Librería e Imprenta Gil S. A., 1931) dice: "No habiendo tenido más hiJos legítimos que los apuntados, y habiéndose casado con Usica según el rito católico, los hijos habidos en otras mujeres habían de reputarse bastardos, tanto más cuanto que ellos eran de menor edad que sus hermanos D. Carlos y D. Felipe, y que Usica sobrevivió a su marido". Nos limitamos a consignar al margen de esta cita que muchos de los hijos naturales de Paullu fueron precisamente mayores que los legítimos.

(8).-Padrón de los Indios Nobles de San Cristóbal (cf. nota 4) Ms. 0215.

Id. id. Juicios seguidos por los hijos de Paullu, sobre sus derechos a los bienes de su padre y sobre exención de tributos, (cf. notas 3 a 5 de este cap.)

1572 no tenía hijo alguno de ella. Con don Diego vivían Isabel Chimbo Coca, de 40 años, y Alonso Achucalla, de 10, los cuales no aclaró si eran sus criados. Este hijo de Paullu figura en la Verificación de los Paños hecha por orden de Toledo y en la Probanza de la Historia Indica de Sarmiento de Gamboa, formando parte del ayllu Tumibamba al cual se allegó toda la descendencia de dos Cristóbal. En esa Verificación, del mismo año que el Padrón, figura don Diego con la edad de 34 años, lo que no es de extrañar porque casi todos los indios solían alterar sus edades de un documento a otro, ya fuere por razones circunstanciales o porque no las conocían exactamente. (9).

Don Pedro Guaritito, quien como muchos de los hijos de Paullu llevaba el de uno de los hijos de Huayna Capac, aparece en el Padrón de 1572 con la edad de 43 años y era el mayor de los hijos de don Cristóbal. Del mismo documento aparece que era hijo de Juana Choque, de 56 años, la cual vivía con él en San Cristóbal. Estaba casado con Catalina Sisa Ocllo, de su misma edad, y tenía tres hijas llamadas, Joana Chimbo Sisa, de 9 años, Ana Tocto, de 7, y María Tocto Sisa, de 6 años. Sus propiedades consistían en "nueve canchas de papas de chácara de maíz y un pedazo en la manada de sus hermanos"; y con él vivían además tres criadas. Este Inca aparece en el acto de la presentación y obedecimiento de la Sentencia de la Real Audiencia que declaró a los hijos de Paullu exentos de tributos.

Don Bartolomé Topa Atao, llamado también Bartolomé Quispe Atauchi, nombre con el cual figura en el acatamiento de la sentencia de la Audiencia y en los nobiliarios de sus descendientes, era hijo de Paullu en Magdalena Antay, la cual vivía con su hijo y declaró tener 50 años en el Padrón de 1572. Don Bartolomé, que tenía en 1572 tan sólo 28 años, era uno de los que menos bienes poseía entre los hijos de don Cristóbal porque únicamente disfrutaba de "un topo de chácara de maiz e otro pedazo donde los dichos hermanos" y además sostenía a su tía Isabel Naicho, hermana de su madre, y a otro hermano llamado Joan Quit Quipspiella, el cual no podía ser hijo de Paullu porque sólo tenía 13 años en 1572, debiendo serlo únicamente de doña Magdalena Antay. Parece que don Bartolomé estaba amonestado con Inés de Chapo de 20 años, a quien en el Padrón se le llama "su mujer", pero, como luego veremos, la descendencia de este hijo de Paullu fué habida en Catalina Choque Coca "de distinguida nobleza".

Don Luis Cusirimachi; a quien en el Padrón se le denomina simplemente Cusirimachi y que llevaba el apellido de Cusi Rimachi, el hijo de Huayna Capac que siguió a Manco Inca a Vilcabamba, representó a sus hermanos en el pleito sostenido ante la Real Audiencía sobre liberación de tributos. Era casado con Isabel Tocto de 25 años y declaró como hijos a Diego Cueco, de 3 años, y a otro Diego de 1 año, viviendo además con él cinco criadas. Poseía, como su hermano don Bartolomé, tan sólo "un topo y otro pedazo de chácara de maiz donde los demás hermanos". Es de observar que en el Padrón de 1572 aparece con la edad de 20 años, en cuyo caso no podría ser hijo de Paullu, muerto

(9). Fé y testimonio que va puesto en los cuatro paños, de la verificación que se hizo con los indios, de la pintura e historia dellos.-Apéndice C de la Relación de las Fábulas y Ritos de los Incas, de Cristóbal de Molina, Colección de Libros y Documentos referentes a la Historia del Perú. T. I., Lima, Imp. y Lib. Sanmarti. MCMXVI, p. 201.

Id. Fee de la Prouanca y Verificación desta Historia. Historia de los Incas de Sarmiento de Gamboa, ob. cit. P. 128.

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