POR D. JOSÉ CLEMENTE CARNICERO, PARTE II.a TOMO II.o MADRID IMPRENTA DE D. M. REPULLÉS. advertencia necesaria y pre liminar para la mejor intelinigéncia de este segundo zaloj to discurso, (.07 5: El tribunal de Inquisicion de España ha recibido dos golpes fatales en los tiempos de la gloriosa revolucions contra el tirano Napoleon. El primero fue el absolutamente mortal, que le dió aquel tirano en la aldea de Chamartin el 4 de diciembre de 1808, suprimiéndole entera y denigrativamente á pretexto de ser atentato→ rio á la Soberanía Y el decreto que espidió para ello, lo inserté yo, y comenté en mi obra del Napoleon, ó don Quixote de la Europa. El segundo golpe fue dado por las Cortes de Cádiz á 22 de febrero de 1813, en cu dia aparece publicado el si→ guiente decreto.A. yo Las Cortes generales y extraordinarias, queriendo que lo prevenido en el artículo 12 de la constitucion tenga el -mas cumplido efecto, y se a-segure en lo sucesivo la fiel observancia de tan sabia dis posicion, declaran y decretan: CAPITULO I ART. I. La religion cató lica, apostólica romana, será protegida por leyes.conformes A á la constitucion 1 2519 ART. II. El tribunal de la Inquisicion es incompatible con la constitucionick ART. III. En consecuencia |