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que, como sucesor de S. Pedro, era Primado de la Iglesia : bien saben que tanto como el que mas exerció los derechos de su primacía, y que cortó muchos abusos, que en su tiempo se introducian, con dulce y paternal sí, pero siempre inflexible y vigorosa diligencia. Díganme si rehusó alguna vez que lo llamaran Primado: díganme si lo creyó, ó lo llamó alguna vez título ó tratamiento soberbio. Era porque aquí no tenia lugar la humildad, y no temia pecar de soberbia? Pero, Señor, si el mismo santo en la carta misma al patriarca Eulogio nos saca de la duda por que gó, ¿tenemos mas que oirle? Oyga V. M.

lo nc-.

Despues de haberle pedido al Patriarca, por lo mucho que le amaba, que no le diera este tratamiento, prosigue diciéndole ó dándole esta razon: ,,porque lo que se dí á otro, siendo injusto el dárselo, eso se os quita á vosotros los obispos : Nam vobis subtrahitur quod alteri, plusquam ratio exigit, praebetur. Dos cosas, si quieren, pueden notar aquí los ultramontanos. Primera, que el santo tuvo este tratamiento por injurioso á los obispos: nam vobis subtrahitur: segunda, que lo tuvo por injusto: plus quam ratio exigit. Hay aquí nada de humildad?" Prosigue: yo no tengo por honra mia quando veo que mis hermanos pierden la suya en dármela: Nec ho-norem meum esse reputo, in quo fratres mess honorem suum- -perdere cognosco." Y ¿qué honra decia el santo que perdian los obispos con darle este tratamiento de Papa universal? No es nada: la de obispos. Si enim sanctitas vestra (le decia á Eulogio ) universalem me Papam dicit, hoc esse negat, quia me fatetur universum: porque con llamarine V. S. á mí Papa universal, me dice que no lo es de Alexandría porque lo soy yo, y no solo de Alexandría, sino de todos los de la cristiandad, quia me fatetur universum. Y al llegar aquí, Señor, y considerar este hoc esse negat, ó este abatimiento de los obispos, me parece que se le encendió aquella alma grande, y sin poderse contener, exclama y dice á Eulogio: Dios no lo permita (absit hos): afuera palabras que hinchen de vanidad y vulneran la caridad: recedant verba, quae vanitatem inflant, et charitatem vulnerant. Ahora pues, un santo que habla así, un santo que dice que no es obispo universal,

y no solo que no lo es, sino que ni puede serlo:
: un santo que á los

obispos que
le dan este tratamiento les dice que se abaten y deshonran has-
ta el punto de no tenerse por obispos, ; se me hará creer que lo dixo por
humildad?

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Señor, es tan mezquina, débil y flaca esta razon de defensa para librar de heregía á este grande Papa, que muchos aun de los ultramontanos la desprecian; y así toman otro camino. Dicen que todo es muy fácil de componer. En respondiendo que la cosa ya estaba definida quando el Papa Benedicto dixo lo que dixo, y no lo estaba quando el Papa San Gregorio lo negó, ya no hay que hacer; ni el uno se engañó en lo que dixo, ni el otro fué herege porque lo negó. Esta es ya otra respuesta: lo confieso, lo confiesan mis autores: pero como estos son mal contentadizos, ó como solemos decir, de malas creederas, no sosiegan, ni dexan sosegar á nadie, sin apurar del todo la verdad. Preguntan á los ultramontanos que digan donde, quando y como se definió. Responden sin dudar un momento que en el concílio general que convocó el Papa Eugenio Iv para el año 1438 en Ferrara, y se concluyó el de 1442 en Florencia. Está bien, tenemos el donde y el quando. Falta el como: venga la definicion. La dan, y dice

así: Definimus à Jesuchristo domino nostro concessam fuisse beato Petro apostolo, et in persona Petri ejus successoribus, plenam faculta tem regendi et gubernandi ecclesiam universalem, quemadmodum etiam ( note V. M. esta partícula etiam ) in gestis acumenicorum conciliorum, et in sacris canonibus continetur. Pedí á V. M. que notase la partícula etiam, porque sobre ella se mueve entre mis autores y los ultramontanos tal contienda, que yo no espero verlos en paz, si Dios por su gran misericordia no lo remedia. Los ultramontanos porfian por el etiam; mis autores por un et en vez del etiam. ¿Y es posible, dirá acaso V. M., que una nonada de tres letras ha de mover entre gente honrada tal polvareda? ¡Ah! Señor, que esta que parece nonada, no lo es: ya, ya lo verá V. M. lucgo: ahora veamos si debe leerse en la definicion el etiam ó el et.

Es de saber, que á este concilio de Florencia concurrieron algunos obispos que con su emperador Juan Paleólogo vinieron de la Grecia. Por esto, y para que estos prelados se pudiesen llevar un exemplar que les sirviese de gobierno, las actas, cánones y decretos se escribieron en griego, quedán-donos nosotros para acá una version latina que se hizo desde luego. Hizo esta version un tal Flavio Mundo, secretario del Papa Eugenio iv. Ahora bien, en esta version latina se lee et y no etiam. Como mis autores les ponen á la vista esta verdad á los ultramontanos, callan, pero sin soltar jamas el etiam. Se les dice mas: Flavio Mundo, que se halló en este concilio, y fué testigo ocular y auricular de quanto en él pasó, ¿sabria lo que los padres definieron? Claro es que sí: luego claro es que debe leerse et y no etiam. Eso no: etiam ha de ser. Pero un secretario del Papa Eugenio iv, tan amante de sus pretendidos, por no decir desmedidos derechos de su primacía, que quando se le dixo no serle decoroso tomar su defensa con tanto empeño, contestó que ese era el único patrimonio que habia heredado de San Pedro: un secretario, repito, como este, es de creer que por descuido, , por ignorancia ó por malicia transformase en et el etiam, en primer lugar, faltando á la verdad, y en segundo yendo contra los deseos de la corte de Roma, y aun de su Papa y Señor Eugenio? No es creible. Con que estamos ya por el et? Eso no, por el etiam. ¡ Válgame Dios! y qué inflexibilidad de hombres. Probemos otra vez. Todos los sabios hablaron muy bien de esta version luego que salió, y aun en el siglo siguiente ¡qué elogios no hicieron de ella los dos mas sabios teólogos controversistas Juan Equio y Alberto Pighio, el primero en su obra de Primatu Petri, y el segundo en su Gerarquía eclesiástica obras una y otra escritas de intento para bien discernir los legítimos derechos de la primacía! Los dos estan por el et. ¿Qué decis ultramontanos? Estos fueron unos enemigos declarados de la corte de Roma. Ya, ya os entiendo: qui mecum sentit, ille est mihi carthaginensis, que decía Anibal. Pero décidme, el cardenal Belarmino tambien fué de esos enemigos? No por cierto. ¿ Pues cómo es que no está bien ni con vuestro etiam ni con esta definicion del concilio de Florencia? En el libro 11 de su obra De conciliis la desprecia, y por no culparos á vosotros, me acuerdo que se culpa á sí mismo, y dice que por obscura nunca ha podido llegar á entenderla. Ultramontanos mios: un hombre de una vista tan perspicaz confesar de sí que no la entiende; á no ser tan vuestro amigo qué no dixera ? Pero me queda una duda, que yo no alcanzo á resolver. Al Papa San Gregorio el Grande le valió para no

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ser herege el no estar esta cosa definida quando la negó; ahora, come decis, ya lo está, y Equio, Pighio y Belarmino la niegan. Los debo tener por hereges? No, no me respondais, tomaos tiempo, que la larga meditacion ha sido siempre madre del acierto.

y

,,Señor, me dexo por ahora á los ultramontanos, por volverme á V. M. decirle que el primero que nos salió con el etiam fue un tal Abraham de Creta en la version latina que publicó el año, creo que no me equivoco, 1626. Se sabe, Señor, se sabe el principal motivo por que no se debe dar fe ó crédito á este Abraham; y yo lo sé, yo lo sé; pero lo callaré, porque ahora lo debo callar. Pero dígane V. M., seria prudencia preferir esta versión posterior casi dos siglos á la de Flavio, que es y se tiene por original? Seria esto prudencia? ¿Es esto critica? No digo mas.

,,Voy ahora á manifestar el interes que tienen los ultramontanos en porfiar tanto por el ctiam. Leyéndose etiam tienen los ultramontanos definido su sistema: si se lee et, todo lo contrario. Voy á demostrario. Dice la definición: Definimos que Jesucristo nuestro Señor le dió al bienaventurado apóstol San Pedro, y ên su persona á sus sucesores, el pleno poder de regir gobernar la iglesia universal. Hasta aquí hay paz: en este pleno poder convienen ambas partes. Sigue la definición: quemadmodum etiam. Eso no, dicen mis escritores: eso sí, gritan los ultramontanos. Y por qué? Porque con el etiam tiene la definición este sentido: esto que definimos del pleno poder de gobernar la iglesia universal, dado por Jesucristo nuestro Señor á San Pedro y sus sucesores, es lo mismo que se contiene en las actas y sadefinido un poder grados cánones de los concilios generales. Queda, pues, sin límites, un poder absoluto é independiente de los obispos y concilios generales. Es este el sistema de los ultramontanos? Dígan'o ellos mismos. Y con la partícula et ; qué sentido tiene la definicion? Definimos que Jesucristo dió á San Pedro y á sus sucesores el pleno poder de goberrna la iglesia universal; pero debiéndose ajustar en el modo de su gobierno á lo que se contiene (quemadmodum continetur) así en las actas (et in actis) como en los sagrados cánones de los concilios generales (et in sacris canonibus conciliorum). Esto es lo contrario de lo que pretenden los ultramontanos? Díganlo ellos mismos. Estos quieren que los Papas gobiernen la iglesia á su arbitrio: mis autores, que la gobiernen segun las leyes ó constitucion, digámoslo así, que le dé la iglesia. Es visto que lo que parecia ne nada, no lo es. Permítame V. M. que sobre esto haga alguna reflexion. Dicen los ultramontanos que el concilio de Florencia definió que el Papa es obispo universal, con pleno, absoluto é independiente poder de gobernar la iglesia universal; y que lo definió, por contenerse así en las actas y sagrados cánones de los concilios generales. Dos cosas tenemos aquí, actas y sagrados cánones. Pregunto yo á los ultramontanos: en qué actas ó cánones de concilio general se dice que el Papa es obispo universal, ó lo que es lo mismo, obispo de todos los obispados de la cristiandad? En las del de Calcedonia, me contestarán, que se celebró poco mas ó menos el año 451. Pues yo digo que no hay tal.... Afirman que el Papa San Gregorio lo dice en la carta citada al patriarca Eulogio.... Explicaré lo que hay en esto. El Santo lo que dice es que el concilio de Calcedonia le dió al Papa el tratamiento de obispo universal; pero este título no se halla en los cánones ni en las actas.... Replican: Pues en alguna parte se lo daria....

En las actas no se lo dió, ni en ellas tal cosa se halla: en los cánones tampoco. Lo que piensa el célebre Baronio es que debió ser en alguna carta que el concilio le escribiria; y ya se sabe lo que sobre esto de cartas pasó en el concilio de Florencia. Los obispos griegos nunca quisieron consentir en que de ellas se sacase expresion ó palabra ninguna para formar el decreto é definicion de que tratamos. Bueno fuera, decia el emperador Paleólogo, , segun nos lo refiere en su historia Natal Alexandro, que una expresion de respeto, que por sola urbanidad han usado los obispos con el Papa, la tomara ahora el concilio por un privilegio 6 derecho divino, y la inxiriera en su decreto. Y esto mismo afirmaban los obispos, que de su boca de ellos lo tomó el emperador. Señor, yo lo diré con cristiana ingenuidad. Ya indiqué que el docto cardenal Belarmino tuvo por obscura esta definicion, y que nunca, segun él mismo dixo, pudo entenderla. Esto es muy extraño: las palabras de la definicion son tan claras, que no habrá muchacho ninguno de la segunda clase de latinidad que no las entienda. Y no entenderlas Belarmino? Algo hay aquí lo hay, y yo lo diré. Esto fué echar Belarmine el cuerpo afuera, como decimos, y no querer, ó no atreverse á tomar su defensa. Veia este hombre astuto y perspicaz que estos concilios, en cuyos cánones y actas se apoya esta definicion, son los que el Papa San Gregorio el Grande cita en su carta á Eulogio el patriarca de Alexandría;,,vuestra Santidad sabe, le decia, que el concilie de Calcedonia, y otros despues han ofrecido dar este tratamiento á mis antecesores : In Calcedonensi synodo, atque post à subsequentibus Patribus hoc decessoribus meis oblatum vestra sanctitas novit. Pasaba adelante y leia:,,pero ninguno lo ha querido admitir; porque no admitiéndolo, y honrando así en vida á todo sacerdote, lograsen verse honrados en el acatamiento divino. Sed tamen nullus eorum hoc uti unquam vocabulo voluit; ut dum in hoc mundo honorem sacerdotum diligerent omnium, apud omnipotentem Deum custodirent suum. Como leia esto, y luego volviéndose á la definicion con el etiam, veia definido lo que estos Papas, segun lo dice San Gregorio, tenian por deshonor del clero, tomó el medio de decir que estaba obscura, y no podia entenderla. Y no quiero omitir, Señor, que uno de estos Papas, que rehusaron este tratamiento, fué el gran Papa San Leon, á quien se lo ofreció el concilio de Calcedonia.

,,, Señor, dexémonos ya de partículas, y tratemos la cosa con mas seriedad y mayor fuerza. En el concilio de Trento se discutió este punto, que se nos quiere dar por definido, por espacio de diez Y seis meses. Si lo estuviera, se discutiera así de nuevo? ¿Y al fin se definió Nada menos. Llegó ya á estar extendida la minuta de decreto; pero sabedor el Papa de la gran repugnancia que tenian los obispos españoles y franceses en aprobarla, le encargó á su sobrino, entonces cardenal, y ahora San Cárlos Berromeo, le escribiese en su nombre al presidente del concilio, que en la primera sesion propusiera á los Padres que se podia, si les placia, suspender el punto, y dexar su definicion para tiempos mas felices. Hízolo el presidente como el Papa se lo ordenaba, y entonces fué quando levantándose en pie aquel grande arzobispo de Granada D. Pedro Guerrero, con aquella vehemencia con que solia hablar al concilio, y que siendo hija de su gran zelo apostólico, mas de quatro veces la notaron los italianos de exceso ó demasía, puesto, digo, en pie, dixo en alta voz:

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¡Qué cosa esta tan indigna! ¡Qué mengua no será para los Padres del concilio dexar sin decidir un punto como este, y tan claro como los preceptos del Decálogo, despues de tanto tiempo y discusiones tan prolixas! Palabras que repetidas por nuestros obispos, resonaron por los espaciosos ángulos de aquel augusto Congreso. Y todavía me vendrán los ultramontanos diciendo que la cosa está definida? Yo digo que no lo está ; y que lejos de estarlo, está reclamada ó contradicha, y por un concilio general como el de Trento, y por unos obispos españoles, que por su virtud y letras fueron la admiracion del concilio y de su siglo. Señor, los obispos españoles nunca pudieron reducirse á aprobar la minuta del decreto, que como he dicho estaba ya extendida. Y en qué ponian la dificultad? En la expresion ó palabra de Papa universal. ¿Dudan ó pueden dudar de esto los ultramontanos? Yo no puedo creer que no hayan leido la carta ya citada de San Carlos Borromeo, que lo dice; ni menos creo, ni puedo creer que duden de su veracidad. Pues qué tinieblas son estas en medio de tanta luz? Dicen los ultramontanos que es cosa ya definida en el concilio de Florencia, que el Papa es obispo de todos los obispados de la cristiandad y veo que el gran prelado de Granada grita en el concilio de Trento, que lo contrario es tan claro como uno de los artículos del Decálogo, y siente en el alma, y con él los demas obispos españoles, que no se decida. ¿Quieren, pues, los ultramontanos que yo me haga sordo ó ciego? Háganse, ó séanlo ellos, buen provecho les haga, y allá se las avengan. Señor, no quiero pasar en silencio una cosa, que cierto es muy digna de notarse. Mis autores miran como una prueba visible de la asistencia del Espíritu Santo, como Jesucristo se la prometió, á los concilios generales, el haberse suspendido por el Papa la votacion de este punto en este concilio de Trento. El empeño que la corte de Roma tomó para que se decidiese á favor del Romano Pontífice, es indecible eslo igualmente lo mucho que se trabajó para lograrlo; pero los obispos españoles y franceses se mantuvieron inflexibles: no hubo medio para doblarlos. Aquí entra la admiracion de mis autores, y dicen: ¿qué necesidad tenia la corte de Roma de dar estos pasos: El número total de los obispos era de doscientos sesenta y cinco : solos los italianos eran ciento ochenta y siete: visto es que solo setenta y ocho eran los españoles y franceses tenian, pues, la votacion ganada. ¿ Pues quién le inspiró al Papa el pensamiento que se dexase la decision para tiempos mas felices? ¿Podria ofrecérsele ocasion mas feliz que esta? Pues quién se lo inspiró, repito? ¿Quién sino aquel Señor, que dió su infalible palabra de nunca jamas desamparar la iglesia?

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,,¿Y es posible que sin embargo de esto todavía los ultramontanos han de seguir adelante con su tema de tener por cosa definida que los Papas son obispos de todos los obispados de la cristiandad, y que de consiguiente tienen jurisdiccion episcopal en todos ellos? No hay remedio, se ha hecho ya un sistema, y toca en punto de honor el sostenerlo. Y para contraernes á nuestro asunto, ;ve V. M. esas casas ó tribunales de Inquisicion? Pues si bien se consideran, no son mas que unos como perennes monumentos, que estan dando voces de continuo á favor de este sistema, segun el qual en puntos de fe deben ceder al juicio del Papa los obispos y los concilios generales. Es posible? Aun los concilios generales? Así lo quiere Próspero Fagnano, y con él todos los demas, en el capítulo creo Significasti: Pra

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