Febrero, o Libreria de jueces, abogados y escribanos, comprensiva de los códigos civil, criminal y administrativo, tanto en la parte teórica como en la práctica, con arreglo en un todo a la legislación hoy vigente: (1842. 310, 307 p.)

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Pasajes populares

Página 20 - En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Página 149 - Ningún español podrá ser preso sin que preceda información sumaria del hecho, por el que merezca según la ley ser castigado con pena corporal, y asimismo un mandamiento del juez por escrito, que se le notificará en el acto mismo de la prisión.
Página 134 - Dirimir todas las competencias de las Audiencias entre sí en todo el territorio español, y las de las Audiencias con los Tribunales especiales, que existan en la Península é islas adyacentes.
Página 145 - Deberán asimismo remitir a la Audiencia respectiva listas generales cada seis meses de las causas civiles, y cada tres de las criminales, que pendieren en sus juzgados, con expresión de su estado. Art. 278. Las leyes decidirán si ha de haber tribunales especiales para conocer de determinados negocios.
Página 135 - Oír las dudas de los demás tribunales sobre la inteligencia de alguna ley, y consultar sobre ellas al Rey con los fundamentos que hubiere, para que promueva la conveniente declaración en las Cortes. Undécimo: Examinar las listas de las causas civiles y...
Página 150 - No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio, ningun español, ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Página 133 - Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez ó Tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban.
Página 145 - Todos los jueces de los tribunales inferiores deberán dar cuenta, a más tardar dentro de tercero día, a su respectiva Audiencia de las causas que se formen por delitos cometidos en su territorio, y después continuarán dando cuenta de su estado en las épocas que la Audiencia les prescriba. Art. 277. Deberán asimismo remitir a la Audiencia respectiva listas...
Página 144 - Les corresponderá, también, recibir de todos los jueces subalternos de su territorio, avisos puntuales de las causas que se formen por delitos y listas de las causas civiles y criminales pendientes en su juzgado, con expresión del estado de unas y otras a fin de promover la más pronta administración de justicia.
Página 135 - Conocer de los recursos de nulidad que se interpongan contra las sentencias dadas en última instancia por las cortes de justicia.

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