Historia general de real hacienda, Volumen4Impr. por V.G. Torres, 1851 |
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... pagar- la se manda que ninguno de los susodichos sea osado de tomar ni recibir dinero si no fuere por sal , que el que lo recibiere haga y beneficie : so pena de privacion de sus oficios y de destierro del pueblo donde fuere natural ...
... pagar- la se manda que ninguno de los susodichos sea osado de tomar ni recibir dinero si no fuere por sal , que el que lo recibiere haga y beneficie : so pena de privacion de sus oficios y de destierro del pueblo donde fuere natural ...
Página 27
... pagar al tiempo acostumbrado : en su virtud paso órden al administrador para que abra cuenta en el libro que corresponde á aquel sugeto , y que le vaya remitiendo las porciones que se puedan , segun se presentan los conductores , bien ...
... pagar al tiempo acostumbrado : en su virtud paso órden al administrador para que abra cuenta en el libro que corresponde á aquel sugeto , y que le vaya remitiendo las porciones que se puedan , segun se presentan los conductores , bien ...
Página 29
... pagar el valor principal , y habilitándolos sa- can ellos su flete y continúan en un giro que es útil á ambas partes ; pero las partidas gruesas se han de remitir , precediendo órden mia y no de otra suerte , pena de responsabilidad ...
... pagar el valor principal , y habilitándolos sa- can ellos su flete y continúan en un giro que es útil á ambas partes ; pero las partidas gruesas se han de remitir , precediendo órden mia y no de otra suerte , pena de responsabilidad ...
Página 33
... pagar cuatro reales á cada uno de los veedores y tarjeros , en premio de su trabajo . 100 . El modo de saber la fanega que comprende el monton es el si- guiente : si el dia antes se regular on recojidas cuatro mil fanegas , debiendo ...
... pagar cuatro reales á cada uno de los veedores y tarjeros , en premio de su trabajo . 100 . El modo de saber la fanega que comprende el monton es el si- guiente : si el dia antes se regular on recojidas cuatro mil fanegas , debiendo ...
Página 56
... pagar al contado el azogue que se les reparta , se les dé al fiado por el término de seis meses bajo la seguridad y fian- zas correspondientes , cuya regla se observa y debe observarse con tanta escrupulosidad en las cajas , que no se ...
... pagar al contado el azogue que se les reparta , se les dé al fiado por el término de seis meses bajo la seguridad y fian- zas correspondientes , cuya regla se observa y debe observarse con tanta escrupulosidad en las cajas , que no se ...
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SPA-HISTORIA GENERAL DE REAL H Carlos De Urrutia,Fabian De D. 1813 Fonseca,Mexico Secretaria De Hacienda Sin vista previa disponible - 2016 |
Términos y frases comunes
Acapulco administracion administrador alcabala alcalde almojarifazgo anual arbitrio avalúo beneficio cajas cargo ciento cion ciudad ciudad de México cobrar comercio comision comisos conforme contador contribucion correspondiente costas cuatro cuenta cumplimiento cuyo debe demas despacho despues diez diligencias efectos ejecucion ejecute embarcaciones esceso escluir escribano España espediente espresado estanco Exmo fanegas Filipinas fiscal fraude galeones gastos géneros gobernador guarde habia haga hubiere Indias intendente intendente de Guadalajara islas justicia libro licencias Luis Potosí mandado Manila maravedís Martin de Mayorga media annata mercaderías México mil pesos mil setecientos ochenta ministros navíos Nueva-España obligacion ocho oficiales reales oficio pagar pena Peñol perjuicio personas plata práctica preciso providencias provincias ramo razon real audiencia real cédula real hacienda real órden reales derechos referido registro reglas reino remitir renta resguardo resolucion respecto rey.-Por salinas seis sueldo tambien tesorero tierra título treinta tribunal tribunal de cuentas tuvieren vasallos vender venta Veracruz virey Zacatecas
Pasajes populares
Página 401 - ... una peonía es solar de cincuenta pies de ancho y ciento en largo, cien fanegas de tierra de labor, de trigo o cebada, diez de maíz, dos huebras de tierra para huerta, y ocho para plantas de otros árboles de secadal, tierra de pasto para diez puercas de vientre, veinte vacas y cinco yeguas, cien ovejas y veinte cabras.
Página 404 - Nos, o en nuestro nombre, conviene que toda la tierra, que se posee sin justos y verdaderos títulos, se nos restituya, según y como nos pertenece...
Página 405 - ... y repartiendo a los indios lo que buenamente hubieren menester para labrar y hacer sus sementeras y crianzas...
Página 402 - Si en lo ya descubierto de las Indias hubiere algunos sitios y comarcas tan buenos, que convenga fundar poblaciones, y algunas personas se aplicaren a hacer asiento y vecindad en ellos, para que con mas voluntad, y utilidad lo puedan hacer, los Virreyes y Presidentes les den en nuestro nombre tierras, solares, y aguas conforme a la disposición de la tierra, con que no sea en perjuicio de tercero, y sea por el tiempo, que fuere nuestra voluntad.
Página 528 - Y visto lo referido en mi Consejo de las Indias .con lo que en su inteligencia y de lo informado por la contaduría general...
Página 401 - ... los que fueren de menos grado y merecimiento, y los aumenten y mejoren, atenta la calidad de sus servicios, para que cuiden de la labranza y crianza...
Página 401 - ... y habiendo hecho en ellas su morada y labor, y residido en aquellos pueblos cuatro años, les concedemos facultad, para que de allí adelante los puedan vender, y hacer de ellos a su voluntad libremente, como cosa suya propia...
Página 406 - Ordenamos que la venta, beneficio y composición de tierras se haga con tal atención, que a los indios se les dejen con sobra todas las que les pertenecieren, así en particular como por comunidades...
Página 401 - Porque nuestros vasallos se alienten al descubrimiento y población de las Indias, y puedan vivir con la comodidad, y conveniencia, que deseamos: Es nuestra voluntad, que se puedan repartir y repartan casas, solares, tierras, caballerías, y peonías a todos los que fueren a poblar tierras nuevas...
Página 472 - Cámara, mi virey, gobernador y capitán general de las provincias del Perú ó á la persona ó personas á cuyo cargo fuere su gobierno.