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quebradas de la China i Don Pedro, con dos curvas imajinarias i el rio Táchira. En cuanto a poblacion, hai un resto de lo que fué San Faustino, en el cual existia una aldea, que tambien acaba de ser eliminada. No tiene, pues, importancia alguna aquel pequeño espacio de tierra, sino porque, construido un camino en la ribera izquierda del Táchira, por una empresa, en el Estado colombiano de Santander, ha quedado el Estado venezolano Táchira privado del suyo, a su puerto inmediato, i convertido en tributario de una empresa particular. Como ésta celebró un contrato con el Gobierno, i tiene un término de privilejio, viene a ser este privilejio el único verdadero inconveniente que se atraviesa para que Venezuela i Colombia no queden perfectamente deslindadas por la corriente del rio Táchira, fraternizando aquellos pueblos fronterizos cuanto lo piden sus propios intereses, i cuanto lo exijen previsiones de que no deben prescindir ni el uno ni el otro Gobierno.

¿Qué sacrificio exije al uno i al otro pueblo la solucion conciliadora relativa al Táchira, pues que el paño de tierra disputado nada vale en sí, i pues que tanto ha de valer para Venezuela i Colombia hacer desaparecer aquel límite absurdo, con todas sus consecuencias, i sustituirlo con uno infalible i perdurable? No vale la pena de llamarle sacrificio.

¿Estará fuera del alcance de dos Gobiernos liberales e ilustrados conciliar los intereses de aquel privilejio de una manera racional, para que deje de ser obstáculo en tan grandes i notables propósitos como envuelve la materia de límites.

Venezuela está abriendo la comunicacion del Táchira hácia el Oriente por el Uribante, que no es sino el mismo Apure en su orijen, i el trayecto que se creía imposible está ya espedito. Abre hacia Occidente el camino de las Guamas, que llevará los frutos del Táchira a mejor puerto en el Zulia; i ambas empresas se verán felizmente terminadas por un Gobierno que ha realizado ya tantas otras, i que ha empleado tres millones de venezolanos en solo dos años, en carreteras i otras obras públicas.

Aquel privilejio, pues, está seriamente amenazado por un término fatal, i es imposible que no se prestaran sus propietarios a cooperar a la solucion indicada.

Por otra parte, el Gobierno colombiano, que, segun la opinion de su Plenipotenciario, seria responsable a la empresa de la duracion del privilejio que la concedió, habria tambien de concurrir, por este motivo más, a facilitar los medios de remover ese único obstáculo que puede tener el perfecto deslinde de los dos pueblos en aquel rumbo.

LÍMITE DESDE EL PÁRAMO TAMA HASTA LAS AGUAS DEL META.

En este punto, la real cédula de 1786 está reconocida por ambos Gobiernos, como verdadero título del uti possidetis de 1810. No hai, pues, obstáculo para que el Tratado lo declare así.

¿Pero qué habrian adelantado Venezuela i Colombia? El uno i el otro punto estremos de esa línea imajinaria están en disputa. Dado que se fijaran, la línea atravesaria por sabanas de muchos horizontes, sesenta leguas, partiendo rios, caños i propiedades, i exijiendo doscientos postes o mojones, i su conservacion perpetua, sin quedar por eso deslindadas Venezuela i Colombia cual lo requieren su hermandad i sus mas sagrados intereses.

Se ha propuesto por Venezuela que del páramo Tamá siga el lindero por la cresta oriental hasta el punto del abra en que nace el rio Ele, i siga el lindero sus aguas hasta entrar al Meta.

Este límite, que parece dejar a Venezuela un rincon hácia su estremo occidental, deja otro a Colombia en el estremo oriental, por la curva que describe el rio Ele, para desembocar en el Meta. Uno i otro pedazo de tierra serian tenidos por insignificantes por cualquier individuo propietario de tierras, en gracia a la buena armonía con su vecino.

Pero aun suponiendo que en ese límite natural que propone Venezuela, fuese más la tierra que quedase a ella que la que quedaria a Colombia, esa diferencia se verá que desaparece, al tratar de la frontera en la rejion del Orinoco.

Si apesar de todo esto, insistiera el Gobierno colombiano en la línea imajinaria de la real cédula de 1786, como en esto no habria arbitrio, el Tratado se firmaria conforme a ella, dejando en pié todas las dificultades que quedan previstas.

REJION DEL ORINOCO.

Venezuela está dispuesta a aceptar como línea la corriente del Meta hasta su desembocadura en el Orinoco, la ribera occidental del Orinoco hasta la entrada del Vichada en él, i aguas arriba hasta dar con el meridiano del tratado de 1833, i por este meridiano hasta el límite con la nacion limítrofe de ambas al sur.

De este modo vendria Colombia a obtener la igualdad de su bandera con la de Venezuela, de manera indisputable i perpetua en el Orinoco, hasta el mar. Entraria en él precisamente al N. de los raudales de Atures i Maipures, desde donde aquel gran rio es perfectamente navegable hasta el Atlántico.

Tampoco hai inconveniente, en el concepto del Ministro que estiende este epílogo, para que entrara en el Tratado de límites, de carácter perpetuo, la igualdad de la bandera colombiana con la venezolana en todas las aguas navegables al sur de la desembocadura del Vichada.

En este concepto, quedaria a Colombia en la hoya del Orinoco el inmenso territorio que corre desde la falda de los Andes, un grado al oriente del meridiano de Bogotá, hasta el 5° de la misma lonjitud; i desde el grado 6o de latitud N. hasta los confines con el Brasil. Esta rejion encierra, por término medio, tomando su anchura E. O. desde Fusagasugá, a una jornada de Bogotá, esos cinco grados o sean cien leguas, i de N. a S. por el meridiano Codazzi, o del año de 33, mide siete grados, que son ciento cuarenta leguas. De este modo resultarian del dominio indisputable de Colombia catorce o quince mil leguas cuadradas en la hoya del Orinoco, que vienen a ser equivalentes de las que Venezuela ocupa en la misma hoya.

En la esploracion del señor Michelena del rio Orinoco i sus afluentes, de la cual ha deducido el señor Plenipotenciario de Colombia argumentos en la cuestion de derechos, encuentra el de Venezuela una de las demostraciones que con mas claridad pueden convencer, la grande importancia que tiene para Colombia la solucion propuesta por Venezuela para poner fin a todo motivo de discordia entre dos pueblos llamados a vivir como hermanos.

Hé aquí la demostracion que trae el señor Michelena de los señores Roulin, Boussingault i Rivero, en su viaje desde Bogotá hasta las llanuras de San Martin, bajando despues el Meta hasta su confluencia con el Orinoco.

Situacion de Bogotá: 4° 35' N. i 73° 45' lonjitud O. de Greenwich.

Las lonjitudes tomadas al E. i al O. del meridiano de Santa Fé de Bogotá. Los resultados han sido calculados por los mismos viajeros.

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El señor Michelena añade: "Segun la situacion astronómica del pueblo de Cáqueza, el punto mas inmediato de Bogotá a donde se embarcaron en Rionegro los naturalistas, la distancia en latitud a 4° 35' 48' N. a que se halla Bogotá, es solamente de 0° 10' i de lonjitud E. de la misma a 0° 2' 10', por lo que estimo en 4 leguas la distancia a aquella capital desde donde el Rionegro, orijen dei Meta, es ya navegable.'

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Tendríamos, pues, segun estos cálculos, a Bogotá, centro de la estensa i hermosísima mesa andina, a cuatro leguas de un puerto fluvial, desde el cual saldrian al Atlántico sus producciones, casi en línea recta, sin embarazo alguno en ninguna época del año, con gastos seguros i tiempo, sin comparacion menores que los que tiene que sufragar al presente; quedando a la arteria del Magdalena todo Tolima, el Cauca, Antioquia, parte de Santander, Magdalena i Bolívar, hasta que, esplorado i abierto el Atrato, quedara éste sirviendo al Cauca, Antioquia i el Chocó. Todo esto significa la oferta de Venezuela de ceder, como se espuso al fin de la primera contestacion del Ministro de Venezuela, la hermosa rejion contenida entre los rios Meta i Vichada hasta la márjen misma occidental del Orinoco. I esos productos no saldrian al mar, como actualmente salen, en el meridiano 771⁄2 de Paris, sino en el meridiano 62 del mismo meridiano; lo cual significa quince grados, o sean trescientas leguas astronómicas, en recta direccion al mundo esterior.

Resulta, pues, de las anteriores demostraciones que, léjos de existir una distancia considerable entre las situaciones de Venezuela i Colombia en la cuestion de sus límites, no pudieran estar mas cercanas, dado que se encuentran obligadas a deslindarse por títulos i documentos del tiempo de la colonia, de cuya confusion, de cuyos errores i de cuya ignorancia solo puede formar idea el que estudie con una dedicacion martirizante los gruesos i numerosos volúmenes formados con ellos hasta ahora.

En la Goajira, el prescindimiento de diez o doce leguas de costa cada una de las dos Repúblicas, a partir de la que cada una estima su derecho.

En el Táchira, allanar el inconveniente de un privilejio particular.

Entre el Arauca i el Meta, cargar con los inconvenientes de una línea imajinaria de sesenta leguas, o prescindir de un pedazo de tierra mas o ménos, para fijar un límite arcifinio.

En la hoya del Orinoco, contentarse cada una con la inmensa estension que le toca, e igualando sus banderas en la navegacion de todas las aguas.

RESULTADO.

La desaparicion de todo motivo de malquerencias entre los pueblos fronterizos, facilitar sus comunicaciones, cambios i progresos, enjendrar su amistad cordial i estrechar las relaciones de confraternidad entre ambos Gobiernos i ambos pueblos, de la única manera eficaz i permanente que cabe conseguir tan fecundas ventajas.

Pero nada de esto era posible que se demostrara sin la labor de las dos Plenipotencias, en el empeño de descubrir i fijar los dos estremos de sus convicciones en materia de derecho.

Es encontrando esos dos estremos que podia venir a ser posible encontrar su medio, que entre pueblos independientes es el único capaz de dar solucion a dificultades serias i trascendentales.

Por eso ha sido inadmisible el arbitraje que despues de cierto tiempo viene proponiendo Colombia.

Era indispensable al árbitro conocer esos dos estremos, no en la pretension de cada Gobierno, sino en sus títulos, documentos i autoridades corroborantes; i a

esto, de parte de un estraño, era imposible aspirar con probabilidades de buen éxito.

Ademas Venezuela no habia encontrado todos los títulos que estaba segura de poder hallar.

Encontrados, ¿ se trasladarian los archivos de Colombia i de Venezuela a la residencia del árbitro? ¿Serian trasladados en sus orijinales, esponiéndolos a toda la eventualidad de largas navegaciones? ¿Bastarian las copias? ¿Cabe esperar que ni gobierno ni persona alguna se consagrasen a estudiar esos volúmenes para desentrañar la verdad del derecho, sacándola de ese seno caótico ?

Pero considérese todo esto posible: no habria de resultar, como necesidad inexorable, el paso de la cuestion de derechos a la de necesidades i conveniencias domésticas de cada una de las dos Repúblicas, que ningun árbitro puede conocer como las Altas Partes interesadas? ¿Habriamos llegado a un punto tan avanzado como el de este epílogo, producto de la labor de las dos Plenipotencias?

¿Qué falta ya?

Que publicados los estudios de esta negociacion, esparzan su luz i revelen la verdad en Venezuela como en Colombia. Que pasen esos espedientes, tan laboriosamente estractados en este protocolo, de las manos de la diplomacia al gran jurado de la opinion pública. Ambas Repúblicas tienen hijos ilustrados, patriotas i de mui lejítima autoridad entre sus conciudadanos que, estudiando la materia, ya madura como se les ofrece, esparzan sus convicciones i le consagren a la patria un servicio tan fecundo en grandes resultados.

Sin ese tránsito, sin esa labor, no debemos equivocarnos, la negociacion de límites seguiria siendo un nudo gordiano, un año tras otro, i en cada uno de ellos seria mas intrincado, porque se irian creando i se irian desarrollando intereses i propósitos de mui peligroso antagonismo.

El trabajo que ofrecen las dos actuales Plenipotencias, es un cuadro en que queda patente la verdad de los dos estremos, cuyo medio queda al cargo de los instintos í las previsiones del patriotismo.

El solo hecho de estar pendiente la cuestion límites, desde que una i otra República asumieron su independencia, está probando de qué linaje deberán ser sus inconvenientes i su repugnante fecundidad.

Ni los pueblos ni sus hombres públicos saben hoi (con rarísima escepcion) en qué consiste la imposibilidad de reconocer fronteras entre los dos países. Saben apenas que consiste en tal o cual punto limítrofe; i el patriotismo mejor intencionado, por el mismo amor a la patria, se viene apegando cada vez más a la creencia de que lo disputado es un derecho de su país i una injusta pretension del vecino.

Indudablemente han de existir, acá como allá, preocupaciones que el tiempo ha venido i sigue consagrando como lejítimas, i convirtiéndolas en injenuas aunque engañosas convicciones.

Estas convicciones vienen a convertirse en esposas i grillos de los hombres públicos i de los dos Gobiernos. Ningun Plenipotenciario se resolveria a presentar a su patria un proyecto de tratado que invadiese el terreno de esas preocupaciones. De iguales temores se encontrarian asediados, aun los mejores ciudadanos, en los Ministerios o en las Cámaras Lejislativas, i habrian de esquivar toda participacion en una responsabilidad que podria llegar a saldarles la cuenta de servicios de una vida entera consagrada a la patria, i aun pudiera llegar hasta enterrarlos civil i políticamente.

Es indispensable remover desde el fondo todos esos inconvenientes i conjurar esos peligros.

La base del obrar con acierto está dada en las demostraciones, tan laboriosas como injenuas, de las actuales Plenipotencias. Esa demostracion, que puede llamarse gráfica, de los dos estremos de conviccion, es tambien la demostracion del término medio entre esos estremos, objeto de la segunda parte de la negociaIcion de límites.

I se habrá cumplido, al alcanzar su solucion, la noble prevision del Ilustre Americano, Presidente de Venezuela, en su Mensaje al Congreso nacional de 1874.

"Por eso (dijo este majistrado) consigno aquí mi opinion despues de haber estudiado la materia i quizás penetrado lo que realmente quiere la Nueva Granada: exijiendo la mitad de la Goajira, a San Faustino i lo que queda del lado acá del Táchira, i lo que nos pertenece de derecho en el Desparramadero de Sarare, i cediendo en cambio una línea de conveniencia en la rejion del Alto Orinoco, de modo que pueda la Nueva Granada navegar sus aguas sin aperecer como tributaria nuestra, habremos conciliado las dificultades presentes i conjurado todas las del porvenir."

Caracas, a 19 de abril de 1875.

El Plenipotenciario de Venezuela, ANTONIO L. GUZMAN.

PROTESTA DEL GOBIERNO COLOMBIANO.

PROPUESTA DE ARBITRAMENTO.

Estados Unidos de Colombia-Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores-Bogotá, 24 de junio de 1875. El infrascrito, Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores de los Estados Unidos de Colombia, tiene el honor de dirijirse a S. E. el señor Jeneral Rafael Márquez, Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos de Venezuela, para manifestarle la determinacion que el ciudadano Presidente de la Union Colombiana ha tomado despues de haber estudiado detenidamente los memoriales que los Plenipotenciarios de las dos Naciones presentaron en las conferencias de Carácas i las esposiciones i epílogo del Plenipotenciario de Venezuela que últimamente ha remitido S. E. al Despacho del infrascrito.

Está terminado el estudio de todos los títulos i demas antecedentes que deben servir de base para la delimitacion territorial de las dos Naciones, de acuerdo con el principio latino-americano del uti possidetis juris de 1810, es decir, de la línea que en 1810 dividia el territorio del Vireinato de Santa Fe del de la Capitanía jeneral de Venezuela.

Los dos Plenipotenciarios, con conocimiento perfecto de todos los documentos i hechos conducentes a la negociacion diplomática de que estaban encargados, no se han puesto de acuerdo en las conclusiones que han deducido de sus estudios: se han separado más de lo que podia presumirse cuando empezaron las conferencias.

Este resultado contribuirá a diferir el término de la negociacion; pero ambas naciones, en posesion de los mui importantes estudios de sus Plenipotenciarios, conocerán los fundamentos de los derechos de cada pais, i la necesidad, cada dia más imperiosa, de definirlos en convenios internacionales.

Colombia, por medio de su Plenipotenciario, ha demostrado que su territorio está limitado con el de Venezuela por la siguiente línea, parte arcifinia i parte artificial: El thalweg del Rio-negro frente a la piedra o Glorieta del Cocui, por 1°, 30' latitud norte, i 6° 39' lonjitud este del meridiano de Bogotá, 0° 30' del de Carácas, siguiendo aguas arriba hasta la embocadura del brazo Casiquiari; éste hasta su confluencia con el curso principal del Orinoco, i por éste en descenso hasta la embocadura del Meta; el curso de éste hasta el punto llamado "Apostadero," que está situado a 5° 50' de latitud norte, 2° 9' de lonjitud oeste del meridiano de Carácas; sigue de ahí al norte una línea recta imajinaria o meridiano que llega al Paso del Viento en el rio Arauca; el curso de estas aguas arriba hasta el borde occidental de la laguna del Sarare; de ésta al Desparramadero, i de allí sigue por el curso del rio Ñula hasta sus cabeceras en la cresta de la serranía, en la cual se encuentra el páramo de Tamá i las vertientes del Táchira; sigue el curso de este rio hasta su entrada en el Pamplonita i éste abajo hasta la entrada de la quebrada de Don Pedro; la corriente de ésta hasta sus cabeceras i de allí una línea recta a buscar la quebrada de la China, aguas abajo de ésta hasta la entrada en el rio Guarumeto; el curso de éste

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