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"En lo particular que á mí toca hago saber á vuestra mer"ced, como ya otra vez le escribí, que los daños y agravios "que los malos ministros de la Inquisicion han hecho en mi » tierra (4), son tales y tantos que no hay persona razonable » que sabiéndolos no se duela. Y como yo, señor, fuí á re"patriar desterrado y perseguido de la corte del rey Felipe, » Córdoba me hizo uno de los diputados en aquel caso, y me "enviaron por su procurador sobre ello á esta corte de la "reyna nuestra señora y con el mal despacho de los nego"cios detúveme tanto hasta que supe que Córdoba y la ma"yor parte del Andalucía estaba asolada de pestilencia (5).”

La primera de estas dos cláusulas confirma la narracion de Gomez Bravo sobre el mal estado en que se hallaba la Inquisicion quando cesó el gobierno del rey católico; la segunda nos hace ver que se renovaron las diputaciones quando gobernó el rey Felipe: y con efecto, apenas llegó á Córdoba la noticia de la retirada del rey Fernando se determinaron cabildo, ayuntamiento, nobleza, y familias interesadas á dar quejas contra el inquisidor general, renovar las dadas contra Lucero, recusar á los otros inquisidores, fiscal y notarios de Córdoba, y pretender revista de los procesos sentenciados; y encontraron tanta proteccion en la corte del rey Felipe que se conoció bien pronto quan oprimida habia estado la opinion verdadera de los castellanos baxo el imperio del autor y protector de la Inquisicion.

Pedro de Torres, colegial mayor de San Bartolomé de Salamanca entonces, luego canónigo de Calahorra, pariente mio, afectísimo á la Inquisicion hasta el mas exâltado fanatismo, en unos apuntamientos de noticias sueltas escritas aquel mismo año, dixo que los procesados obtuvieron del papa un breve contra el inquisidor general, en cuya virtud se suspendió la potestad de los inquisidores, y fueron jueces pontificios de mu

(4) Gonzalo de Ayora, era natural de Córdoba.

no está entre las impresas, y se conserva inedita en la real biblioteca de Ma(5) Carta de Gonzalo de Ayora que drid, de donde saqué copia.

chas causas, con delegacion especial, Don Alonso Enriquez, obispo de Osma, hermano bastardo del almirante de Castilla, y Don Juan Rodriguez de Fonseca, obispo de Palencia, de quienes porque favorecieron á los procesados habla mal, hasta el extremo de injuriar al de Osma con el dictado de Judío Marrano (6), atribuyendole orígen hebreo, que pudo tener por su madre.

Este breve se habia obtenido en Roma antes que se fuera el rey católico, de resulta del poco favor que habia hecho el inquisidor general á los diputados de Córdoba, y se habia intimado en el mes de Abril, en que segun Torres comenzó la suspension; pero gobernando ya el rey Felipe, y queriendo proveer de remedio mas general, mandó su magestad al arzobispo de Sevilla que renunciara su empleo de inquisidor general, y mientras tanto que el sumo pontífice admitia la renuncia, delegara su potestad y facultades en Don Diego Ramirez de Guzman, obispo de Catania de Sicilia, electo de Leon, á quien su magestad designó para sucesor del citado arzobispo Deza en la Inquisicion general.

Obedeció el arzobispo de Sevilla muy contra su voluntad en el mes de Julio, solo por temor del rey, como se vió por los efectos; pues habiendo fallecido su magestad en Burgos dia 25 de Septiembre, revocó la delegacion y reasumió su potestad inquisitorial, valiendose de no haber venido aun las bulas pontificias á favor del obispo de Catania, para lo qual él ayudó escribiendo á Roma, donde tenia proteccion, ya por ser hechura y confesor del rey Fernando, á quien contemplaba el papa por otras ideas políticas; ya por la casualidad de haber desagradado el rey Felipe á su santidad en presentar para el obispado de Leon al obispo de Catania quando el papa lo tenia conferido al cardenal de Salerno Don Juan de Vera, en el concepto de corresponderle su provision, no obstante el derecho de los reyes españoles, mediante haber vacado la mitra estando en

(6) Pedro de Torres: apuntamientos real biblioteca de Madrid, de que poseo históricos inéditos que se hallan en la copia.

la corte romana el poseedor anterior, que lo habia sido el Cardenal Don Francisco Desprats, conforme á las reglas de Cancelaría (7).

Quando el obispo de Catania comenzó á proceder como delegado del arzobispo de Sevilla formó procesos contra el inquisidor Lucero á instancia de los quejosos, para lo qual ayudó mucho Gonzalo Cabezas, canónigo de Granada, que residia en la corte, procurando el buen éxito de las causas del arzobispo de Granada, y de su hermana y sobrinos, y descubrió algunos excesos de Lucero en el modo de conducirse con los presos, segun escribia entonces Pedro Mártir de Angleria (8).

Mandó tambien el rey Felipe al Consejo de Castilla tomar conocimiento de las causas de recusacion que contra los inquisidores y ministros de Córdoba expusieron los acusados, quienes intentaron el recurso de proteccion real contra la fuerza que decian irrogarseles en el modo de proceder, y para su admision contribuyeron mucho el comendador mayor Garci Laso de la Vega, consejero del rey, y Andres del Burgo, embaxador del emperador Maxîmiliano, padre del rey, pues trataba con los dos este asunto en confianza S. M.

El consejo real fué de opinion que se debian trasladar á la corte desde Córdoba los presos, cuyas causas merecian nuevos interrogatorios, careos y confrontaciones. El obispo de Catania lo mandó; y con efecto, se trasladaron á la ciudad de Toro en que se hallaba la corte, quedando en Córdoba los demas. Gerónimo Zurita tratando de este asunto lleva á mal que muy los jueces seculares tomasen conocimiento en causas de fé, y dice que algunos atribuyeron á castigo de Dios la prontitud de la muerte del rey Felipe; pero solamente puedo disculpar á un historiador tan diligente semejante desatino por la circunstan

(7) Fr. Manuel Risco: Esp. sagrada tom. 36. cap. 3. Quintanilla: vida del cardenal Cisneros lib. 3. cap. 17.

Zurita: Anales de Aragon tom.6.lib. 7. cap. 11. y 29.

(8) Pedro Martir de Angleria ep. 333. Y 34.

cia de su afecto á la Inquisicion, de cuyo consejo fué secretario algunos años. Por otra parte consta que el cardenal arzobispo de Toledo Don Fray Francisco Ximenez de Cisneros, el nuncio pontificio Juan Rufo, obispo de Britonoria, y el arzobispo mismo de Sevilla, inquisidor general propietario, Don Diego Deza lo consintieron sin creer que se usurpase jurisdicion eclesiástica ninguna.

Ojalá hubiera durado por mas tiempo aquella práctica de admitir el consejo los recursos de fuerza y proteccion contra el modo de proceder de los inquisidores. No habria tan crecido número de víctimas. Lo sensible es que duró poco, y que además de ser rarísimos los exemplares antiguos de haberlo intentado, lo llegó á prohibir Felipe Segundo expresamente en 10 de Marzo de 1553 para dexar mas despótico un tribunal, cuyo imperio absoluto consistia en el secreto misterioso de sus operaciones.

Aunque Deza reasumió su autoridad de inquisidor general luego que murió el Rey Felipe, no pudo evitar la contradiccion de un partido muy poderoso que ya estaba formado contra él y su tribunal, compuesto de todos los cortesanos, del monarca difunto, y de otros muchos; pues como el rey Fernando se hallaba en Nápoles y la reyna propietaria Doña Juana estaba demente, regian á Castilla tomando el nombre de esta reyna los individuos de un consejo de gobierno en que ocupaban los primeros lugares Don Fray Francisco Ximenez de Cisneros, arzobispo de Toledo, el almirante, y el condestable, teniendo gran parte el embaxador del emperador Maximiliano en las deliberaciones, y ninguno era favorable al arzobispo de Sevilla, inquisidor general.

Se puso, pues á éste en la precision de delegar su potestad en Don Alonso Suarez de Fuente el Saz, obispo de Jaen, presidente del consejo de castilla, por lo respectivo á las recusaciones hechas contra el mismo inquisidor general, y todos los individuos de la Inquisicion de Córdoba; pero sin embargo reteniendo el conocimiento de las causas de fé mandó que los presos fuesen restituidos de

las cárceles de Toro á las de Córdoba, y fué obedecido (9). Gonzalo de Oviedo (secretario del consejo y juntas extraordinarias del asunto, celebradas por el obispo de Catania, como inquisidor general, delegado durante el gobierno del rey Felipe) testifica que la reasuncion de facultades del arzobispo, y la reconducion de los presos empeoró tanto el estado de los negocios que se turbó la tranquilidad pública; pues el marques de Priego se atrevió á conmover á Córdoba; y seguido de gentes armadas, quebrantó en Octubre de 1506 las cárceles de la Inquisicion; puso en libertad todos los presos, prendió al fiscal, dos notarios, y otros ministros de la Inquisicion; y no al inquisidor Lucero, por haber éste huido en una mula con toda prontitud antes que pudiesen cogerle, con lo qual se tranquilizó el vecindario (10).

El arzobispo de Sevilla no tuvo esta sola mortificacion: se le añadió la mayor de haber oido que el marques de Priego y sus adherentes habian jurado perderle, llamándole tambien judío marrano, y con efecto declarados enemigos suyos aquel, el conde de Cabra, el comendador mayor Garcilaso de la Vega, el obispo de Catania Don Diego Ramirez de Guzman, el obispo de Osma Don Alonso Enriquez, el de Palencia Don Juan Rodriguez de Fonseca, el señor de Villena Don Juan Manuel, el embaxador imperial Andres del Burgo, y otros muchos personages de la primera nobleza castellana, debia temer y precaverse de la multitud inumerable de familias exâsperadas con sus procedimientos; por lo que fué forzoso pensar en la renuncia de su empleo, sobre lo qual escribió al rey Fernando, que se hallaba en Nápoles, llamado nuevamente por los castellanos á gobernar el reyno de Castilla (11).

Entretanto se hacian á Roma recursos por los interesados de los dos partidos opuestos. Por parte de los procesados se obtuvo comision pontificia en favor de Don Fray Francisco Mayorga, obis

(9) Zurita: Anales de Aragon tom. 6. lib. 7. cap. 36. Quintanilla: vida del cardenal Cisneros lib. 3. cap. 17.

(10) Quintanilla, y Gomez Bravo, Tom. V. N. 2.

en los lugares citados.

(11) Zurita : anales de Aragon tom. 6. lib. 7. cap. 27. Gomez Bravo, y Quintanilla, en los lugares indicados.

P

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