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>> decretos de la silla apostolica: y que si el inquisidor general »y los otros inquisidores, o qualesquiera otros oficiales y mi>>nistros presentes y futuros contravinieren á esto; y siendo >> requeridos no reformaren con efecto todo aquello en que se >>> hubieren excedido, incurriran por el mismo hecho en ex>> comunion y en privacion del oficio que tuvieren, y en inha>>bilidad perpetua para obtenerlo (19)."

Esto era lo mismo que no inovar nada, porque la observancia de las ordenanzas y decretos del papa destruía la de los cánones en los puntos principales. Sin embargo, los aragoneses pagaron el servicio de las sisas, y solo consiguieron otra pequeña solicitud que tenian de que el territorio diocesáno de Teruel que pendia de la Inquisicion de Valencia se agregase á la de Zaragoza, como parte del reyno Aragones (20).

Las intrígas que hubo en Roma sobre la terminacion de este árduo negocio se conocerán mejor por los fracmentos de cartas que copiaremos en el artículo siguiente con ocasion de manifestar la conducta de los catalanes.

ARTÍCULO IX.

Representacion de los catalanes para que la Inquisicion se confiase á los obispos, y los procesos fuesen públicos y conforme al derecho comun. Concordia en las córtes de Barcelona. Confirmacion pontificia, é intrigas que intervinieron con este motivo trascendentales á la Inquisicion española en general.

Los

os catalanes componian parte de la corona de aragon, por lo qual habian de participar de qualesquiera reformas que se hicieran en la Inquisicion aragonesa; pero como el tribunal de Barcelona pendia ya directamente del inquisidor general y consejo de la suprema, creyeron oportuno procurar por si mismos el remedio de los males, aunque procediesen de acuerdo con los aragoneses, auxiliandose recíprocamente como

(19) Cantolla: Continuacion de la compilacion de bulas de la Inq. lib. 3. fol. 103. (20) Dormer: Anales de Aragon, cap.

20. Sayas: Anales de Aragon, cap. 2. Argensola: Anales de Aragon, lib. 1. сар. 72.

en causa comun.

Quando el rey católico celebró cortes de Cataluña en Lérida año 1515, pidieron los representantes de la provincia que se confirmase lo acordado en las aragonesas de Monzon de 1510 y 12, sobre que los inquisidores no conocieran de los delitos de usuras, bigamia, y uso de cosas supersticiosas, sino en el único caso de haber intervenido creencia de ser cosas lícitas, y sobre los demas puntos en que se limitaban la jurisdiccion y preeminencias de los individuos y ministros del tribunal. El rey accedió á la propuesta con asistencia de Don Luis Mercader, obispo de Tortosa, inquisidor general de Aragon, interviniendo para ello Don Juan Rufo, nuncio del papa, arzobispo de Cosencia, y Don Diego de Ribera, obispo de Mallorca que seguia la corte, y habiendo pedido la confirmacion pontificia se concedió en bula de primero de Agosto de 1516 (1).

Pero quando pendian en Roma las preces se verificó la muerte del rey Fernando á 23 de Enero de 1516: y los catalanes, abundando en las mismas ideas que los castellanos y aragoneses, concibieron esperanzas de aniquilar el poder terrible de la Inquisicion, pensando que el príncipe Carlos de Austria y todos sus cortesanos, como extrangeros, condescenderian gustosos en una solicitud conforme á los principios jurídicos de su pais. Tal vez no se hubieran equivocado si el cardenal Adriano de Utréc, maestro de Carlos, no hubiera sido elegido inquisidor general de Aragon y obispo de Tortosa, por muerte de Don Luis Mercader, verificada en primero de Junio de dicho año de 1516, y luego de Castilla por fallecimiento del Cardenal Cisneros, acaecido en 8 de Noviembre

(1) Lumbreras: compilacion de breves de la Inquisicion lib. 1. tit. 10. núm. 2.= Tom. V. N. 2.

Cantolla: continuacion de la compilacion
lib. 3. fol. 135.
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de 1517. Mas esta casualidad influyó sobremanera para lo contrario, por el interés que tomó el cardenal en conservar la autoridad del formidable tribunal conforme la encontró en sus antecesores.

Con efecto, antes que se verificara esta circunstancia tenian los catalanes su pretension en el estado mas lisonjero, tanto en Roma como en Flandes. Pidieron al papa que confiase la Inquisicion á los obispos, con encargo de observar el derecho comun, aun quando pusiese á cada obispo un adjunto inquisidor delegado; y por si esto fallaba, suplicaban en Flandes al rey Carlos que mandase manifestar los nombres de los testigos de las causas de fe para exponer y justificar las tachas que padeciesen.

Les favorecia mucho en Roma el cardenal Santiquatro, y en Flandes el secretario del rey, Hugo de Urries, señor de Ayerbe, caballero de Zaragoza, bien que tuvieron que luchar con el sagacísimo cardenal Cisneros, que tanto en Roma como en Flandes consiguió suspenderles la victoria, dando lugar con estas dilaciones á que hallándose indecisa la qüestion quando el cardenal Adriano entró en el empleo de inquisidor general hiciese mudar todas las ideas políticas de la corte del rey Carlos, y por consiguiente las del papa.

El canónigo de Toledo Mazuecos, secretario tambien del rey y consejero de la suprema, ayudó al objeto, avisando todo desde Flandes á Cisneros, quien además de proponer para obispo de Tortosa é inquisidor general de Aragon al maestro del rey, con idea de captar su voluntad, escribió otra carta en lo relativo á la Inquisicion de Castilla, que considero digna de copiar aqui porque tambien cita lo de Cataluña. Decia de este modo:

>>Poderoso y católico rey, mi señor. Sepa V. M. que pu>>sieron tanto cuidado los reyes católicos en las leyes é instruc>>>ciones de este sacrosanto tribunal, examinandolas con tanta >>prudencia, ciencia y conciencia, que en jamás parece tendran >> necesidad de reformacion, y será pecado mudarlas: y en la >> ocasion presente mayor dolor mio, pues tomarán motivo

:

»los catalanes y su santidad para salir con su pretesto, bien »en desprecio de la Inquisicion. Confieso que las necesidades »de V. M. serán grandes; pero mayores fueron las del ca>>tólico rey Don Fernando, abuelo de V. M., y aunque los >> mismos conversos le ofrecieron para la guerra de Navarra >>seiscientos mil ducados de oro, no los aceptó, porque qui>so mas anteponer el culto y observancia de la religion cris>>tiana, y que fuese Dios y su fe preferida que quantas ri>>quezas y oro hay en el mundo: con que dexo las leyes >>de este tribunal mas firmes y eternas.

"Con la debida humildad de vasallo, y con el zelo que "debo tener por la dignidad en que me ha puesto V. М., >>le suplico que abra los ojos y pongasele delante este sin"gular y reciente exemplo de su abuelo, y no dé lugar á que >se mude el conocimiento de las causas de la Inquisicion: ad>>virtiendo que qualquiera objecion que aleguen los contrarios >>está decretada y resolvida por los católicos reyes de glorio»sa memoria; y si se deroga la mas mínima ley, no solo es >>en descredito de la honra de Dios todo poderoso, sino des>>autorizar la gloria de sus abuelos.

» Y si no le hacen fuerza á V. M. estas ponderaciones, y "otras que en este caso se pudieran dar, muevale lo que ha >> pasado estos dias en Talavera de la Reyna, que un judío >>nuevamente convertido fué castigado por judaizante en la In>>quisicion, y llegando á su noticia el testigo que le delató, »le buscó, y hallándole en un camino, le atravesó de una lan>>> zada y quitóle la vida.

>>Tanta es la infamia que reciben, tanto el odio que se >> engendra, que si no se pone remedio en este caso, y se »da lugar que se publiquen los testigos, no solo en la so>>ledad, sino en la misma plaza, y aun en la iglesia darán »la muerte á un testigo. Despues de lo referido son mayo>>res los inconvenientes, y no el de menor ponderacion que >>> ninguno querra delatar con peligro de su vida: con que el >>> tribunal queda perdido y la causa de Dios sin quien la de>>fienda. Fio en que V. M. y señor mio, corresponderá á su

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>> católica sangre, y se acordará que es tribunal de Dios »y hazaña insigne de sus abuelos &c. (2).”

Fray Pedro Quintanilla teniendo por glorioso á la fama de Cisneros quanto hizo éste á favor de la Inquisicion, añade que tambien escribió á varios que estaban en Flandes, recomendandoles la propia instancia, particularmente á Don Alonso Manrique, obispo de Córdoba (inquisidor general con el tiempo) y Don Diego Lopez de Ayala, canónigo de Toledo, consejero de la suprema y comisionado de Cisneros: que dispuso que Don Fray Francisco Ruíz, obispo de Avila, hechura suya, valiendose del conocimiento que tenia con Monsieur de Xevres, le escribiese suplicando no favoreciese á los que pedian la publicacion de testigos, alegando ciertos hechos que no fueron referidos con verdad exacta; y que tambien escribió al papa y varios cardenales, para evitar en Roma la victoria de los catalanes (3).

Á pesar de todas estas diligencias la corte del rey Carlos, gobernada entonces por consejos del canciller Juan Selvagio, y del ayo Guillermo de Croi, señor de Xevres, permaneció inclinada á reformar la Inquisicion, como hemos visto en la pracmática preparada de resultas de las córtes de Valladolid: y tambien el papa prosiguió en este propósito, como demuestran los tres breves concedidos á los aragoneses; por lo qual hubieran conseguido victoria los catalanes con el favor del cardenal Santiquatro, sino hubiera muerto el canciller Juan Selvagio, ni recaido en el cardenal Adriano el nombramiento de inquisidor general de las dos coronas.

Las causas que alegaba el cardenal Cisneros eran bien débiles; porque todas las naciones publican los nombres de los testigos de las causas criminales en plenario, aunque sean de tanta gravedad que puedan producir pena capital, ó de infamia y pérdida de bienes, como las de alta traicion y otras; y sin embargo, no se freqüenta el peligro de muerte de los

(2) Quintanilla: vida del cardenal Cisneros, lib. 3 cap. 17.

(3) Quintanilla en el lugar citado.

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