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dero en Tablada con aquellos quatro profetas de yeso en que ,, los quemaban: é fasta que no haya heregía, los quemarán. , Muy hazañosa cosa fué el reconciliar esta gente por donde se ,, supo por sus confesiones que todos eran judíos. E súpose en Sevilla de los judíos de Córdoba, Toledo, Burgos, Valencia, é Segovia, é toda España, como todos eran judíos.

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Estaban so aquella esperanza que el pueblo de Israel es,, tuvo en Egipto; que aunque habian de los egipcianos muchos majamientos, esperaban que Dios los habia de sacar de entre ,, ellos como despues los sacó con mano fuerte y brazo extendido. E ansí ellos tenian que los cristianos eran los egipcia,, nos é peores : é creían que Dios milagrosamente los sostenia ,, é los defendia: é tenian que por mano de Dios habian de ser acaudillados, visitados, é sacados de entre los cristianos, é llevados en la santa tierra de promision.

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Só estas locas esperanzas estaban é vivian entre los cristianos como por ellos fué manifestado é confesado; de mane,, ra que todo el linage quedó infamado é tocado de esta en,, fermedad. Hobo reconciliacion en Sevilla que salian en la procesion destas disciplinas de los viernes mas de quinientas personas, hombres é mugeres, con las caras descubiertas

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calles.

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por las Esta santa Inquisicion hobo su comienzo en Sevilla, é despues fué en Córdoba, donde habia otra gran sinagoga de malos cristianos como en Sevilla; é despues fueron puestos in,quisidores por toda Castilla é Aragon; é son infinitos quema,, dos, é condenados, é reconciliados encarcelados en todos los ar,zobispados é obispados de Castilla é Aragon. E muchos de ,, los reconciliados tornaron á judaizar que son quemados por ,, el mesmo caso en Sevilla, é en las otras partes de Castilla. ,,Ahora no quiero escribir mas desto, que no es posible escri,, bir las maldades de esta herética pravedad. Solo digo, que ,, pues el fuego está encendido, que quemará fasta que halle ,, cabo al seco de la leña que sería necesario arder hasta que sean desgastados é muertos todos los que judaizaron, que no », quede ninguno: é aun sus fijos, los que eran de veinte años

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arriba é si fueran todos de la misma lepra, aunque tuvie,, sen menos (1).”

Si todos los españoles hubiesen pensado como este buen cura de los Palacios, no podria yo sostener mi proposicion, pero el mayor número de los hombres de juicio no tuvieron la bilis tan exâltada contra los cristianos nuevos. Fernando del Pulgar (sugeto de crítica muy superior á la del cura) opinaba de un modo bien diferente quando escribia cartas confidenciales como se notará despues. Ahora veremos su narracion pública en la crónica de los reyes católicos, que es del tenor siguiente: ,, El rey é la reyna considerando la mala é perversa calidad de aquel error, é queriéndolo con gran estudio é diligencia remediar, enviáronlo á notificar al sumo pontífice, el qual dió ,, su bula, por la qual mandó que hubiese inquisidores en todos los reynos é señoríos del rey é de la reyna; é castigasen los culpados de la herética pravedad. E dió el cargo principal des,, ta Inquisicion á un religioso de vida honesta que tenia gran zelo de la fe, que se llamaba Fray Tomas de Torquemada, confesor del rey, é prior del monasterio de Santa Cruz de Segovia, de la orden de Santo Domingo.

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Este prior (que era principal inquisidor) substituyó en su ,, lugar inquisidores en todas las mas cibdades é villas de los rey,, nos de Castilla, é Aragon, é Valencia, é Cataluña : los quales ficieron Inquisicion sobre aquella materia de la herética pravedad en cada tierra é comarca donde eran puestos, é ponian en ellas sus cartas de edictos fundados por derecho, para que aque,, llos que habian judaizado, ó no sentian bien de la fe, dentro ,, de cierto tiempo viniesen á decir sus culpas, é se reconcilia,, sen con la santa madre iglesia.

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Por virtud de estas cartas y edictos muchas personas de aquel linage dentro dei término que era señalado parecian ante los inquisidores, é confesaban sus culpas é yerros que en este crimen ,, de heregía habian cometido ; á los quales daban penitencia segun ,, la calidad del crimen en que cada uno habia incurrido: fue,,ron estos mas de quince mil personas ansí homes como mugeres.

(1) Bernaldez: Hist. de los reyes cat. cap. 44.

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,, E si algunos habia culpados en aquel crimen, é no venian ,,á se reconciliar dentro del término que les era puesto, habida informacion de testigos del yerro que habian cometido, luego ,, eran presos, é se facian procesos contra ellos, por virtud de los quales eran condenados por hereges é apóstatas, é remitidos á la justicia seglar. Destos fueron quemados en diversas veces ,, y en algunas cibdades y villas fasta dos mil homes é mugeres: é otros fueron condenados á carcel perpetua. E á otros dado ,, por penitencia que todos los dias de su vida anduviesen seña,, lados con cruces grandes coloradas puestas sobre sus ropas en los pechos y en las espaldas. E los inhabilitaron ansí á ellos ,, como á sus fijos de todo oficio público que fuese de confian,,za. E constituyeron que ellos ni ellas no pudiesen vestir ni traer seda, ni oro ni plata, ni camelote, sopena de muerte.

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Ansímismo se facía inquisicion si los que eran muertos den,, tro de cierto tiempo habian judaizado. E porque se falló al,,gunos en su vida haber incurrido en este pecado de heregía é apostasía, fueron fechos procesos contra ellos por via jurídica: ,,é fueron condenados é sacados sus huesos de las sepulturas é quemados públicamente: é inhabilitaban sus fijos para que no hobiesen oficios ni beneficios. Destos fué fallado gran número, ,, cuyos bienes y heredamientos fueron tomados é aplicados al fis,, co del rey é de la reyna.

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Vista esta manera de proceder muchos de los de aquel li,, nage, temiendo aquellas execuciones, desampararon sus casas é bienes; é se fueron al reyno de Portugal, é á tierra de Italia, é á Francia, é á otros reynos, contra los quales se procedia en absencia por los inquisidores, é les eran tomados sus bienes; de los quales, é de las penas pecuniarias que pagaban ,, los reconciliados por quanto eran de aquellos que habian ido contra la fe, mandaron el rey é la reyna que no se destribu,, yesen en otra cosa, salvo en la guerra contra los moros é ,, en otras cosas que fuesen para ensalzamiento de la fe catolica. , Algunos parientes de los presos é condenados reclamaron diciendo que aquella inquisicion y execucion era rigorosa allende de „lo que debia ser: é que en la manera que se tenia de facer los

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,, procesos, y en la execucion de las sentencias, y los ministros y ,, executores mostraban tener odio á aquellas gentes (2).

He aquí lo que dixo Fernando del Pulgar en la crónica, cuya última cláusula indicaba la opinion suya, cubriéndola como historiador con el velo de afirmar que así lo decian los parientes de los procesados; pero hablando confidencialmente con el cardenal Mendoza su amigo, le dixo que no tenia por justos los castigos que hacia la Inquisicion, con especialidad los de la pena de muerte contra los hereges y otros varios opinaban lo mismo, por lo qual Juan de Mariana en la historia general de España contando el principio de la Inquisicion, dixo:

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Si los delitos eran de mayor contía, despues de estar lar,,go tiempo presos, y despues de atormentados, los quemaban. ,, Si ligeros, penaban á los culpados con afrenta perpetua de toda ,, su familia. A no pocos confiscaron sus bienes y los condena,, ron á carcel perpetua.

y fuese

,, A los mas echaban un sambenito, que es una manera de ,, escapulario de color amarillo con una cruz roxa á manera de ,, aspa para que entre los demas anduviesen señalados , y aviso que espantase y escarmentase por grandeza del castigo y de la afrenta traza que la experiencia ha mostrado ser muy ,, saludable, maguer que al principio pareció muy pesada á los ,, naturales.

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Lo que sobre todo extrañaban, eran que los hijos pagasen „por los débitos de los padres que no se supiese ni manifes,, tase el que acusaba, ni le confrontasen con el reo, ni hubie,, se publicacion de testigos: todo contrario á lo que de antiguo se acostumbraba en los otros tribunales.

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"Demas desto les parecia cosa nueva que semejantes pecados »se castigasen con pena de muerte. Y lo mas grave, que por aque »llas pesquisas secretas les quitaban la libertad de oir y hablar en"tre sí, por tener en las cibdades, pueblos y aldeas personas á propósito para dar aviso de lo que pasaba: cosa que algunos tenian »en figura de una servidumbre gravísima y á par de muerte.

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(2) Pulgar: Crónica de los reyes católicos, part. 2. cap. 77.

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Desta manera entonces hobo pareceres diferentes. Algunos ,, sentian que á los tales delincuentes no se dębia dar pena de ,, muerte, pero fuera de esto confesaban era justo fuesen castigados con qualquier otro género de pena. Entre otros fué des"te parecer Fernando del Pulgar, persona de agudo y elegan»te ingenio, cuya historia anda impresa de las cosas y vida » del rey Don Fernando (3)."

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Así habló Mariana con presencia de la carta que escribió Pulgar al cardenal, y aunque ésta no ha llegado á nuestros dias, tenemos otra suya impresa que basta para el objeto. Decia entre otras cosas de este modo.

»Encubierto amigo: Vi la carta que enviasteis á mi señor "el cardenal por la qual injuriais á mí, y avisais á él de los »yerros que os parecieron en una mi letra que envié á su se»ñoría sobre la materia de los hereges de Servilla: y quanto to»ca á mis injurias, si decís verdad, yo me enmendaré: si no » la decís, enmendaos vos.......

»Reprehendeisme de las cosas contenidas en la letra que en»vié á mi señor el cardenal; y si ella o yo fueramos dignos » de reprehension ¿quién mas ni mejor lo pudiera y aun debie»ra hacer recusar que el mismo cardenal á quien mi carta se dirigia, por ser uno de los quiciales sobre que se rueda la igle"sia de Dios?

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» Pero sin duda ni en presencia ni por letra la reprehendió »él, ni otros letrados que la vieron, porque son palabras de » San Agustin epístola 149 sobre el párrafo de los hereges dona»tistas. Si aquellas palabras hallais ser reprehensibles, habedlo allá » con San Agustin que las dixo, y dexad á mí que las alego...

» Asímismo decís que mi carta dice que yerran los inquisidores de Sevilla en lo que hacen ; y que se siguiria que la » reyna nuestra señora habria errado en gelo cometer. Yo por » cierto no escribí carta que tal cosa dixese; y segun parece co"nozco tanto della que no dirá lo que no le mandé : porque » ni yo digo que ellos yerran en su oficio, ni la reyna en su co

(3) Mariana: Hist. de Esp. lib. 24. cap. 17.

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