| Miguel Garcia de la Madrid - 1831 - 496 páginas
...la dejó en su poder ; ó si no podrá exigirla el deudor ejecutivamente (art. 578 del código) con interés legal de la deuda, desde el dia de la demanda; y el cambio corriente de la plaza, donde se hizo el pago, sobre el lugar donde se haga el reembolso. Cuando el portador de ,una carta... | |
| José Febrero - 1837 - 488 páginas
...dejó en su poder; ó si no podrá exigirla el deudor ejecutivamente (art. 578 del código) con interes legal de la deuda, desde el dia de la demanda; y el cambio corriente de la plaza, donde se hizo el pago, sobre el lugar donde se haga el reembolso. Cuando el portador de una carta de... | |
| Manuel Poy i Comes - 1838 - 520 páginas
...incurrir en responsabilidad alguna. / ART. 578. El portador de una carta de crédito debe reembolsar sin demora al dador la cantidad que hubiere percibido...dejó en su poder; y en defecto de hacerlo, podrá ecsigirla el mismo dador ejecutivamente con el interés legal de la deuda desde el dia de la demanda... | |
| Jaime Boy - 1839 - 800 páginas
...siguieren. ART. 577. CA 676 CA ART. S78. El portador de una carla-orden de crédito , debe reembolsar sin demora al dador, la cantidad, que hubiere percibido...dejó en su poder , y en defecto de hacerlo , podrá ecsigirla el mismo dador egecutivamente , con el interés legal de la deuda desde el dia de la demanda,... | |
| Damián de Sogravo y Craibe - 1846 - 380 páginas
...portador (2;. Cuando*? El tenedor de una carta de crédito debe sin demora reembolsar al dador *Jnemb°I" la cantidad que hubiere percibido en virtud de ella, si antes no la dejó en su poder; y el dador en su defecto, puede exigirla ejecutivamente, con el interés lega'l de la deuda, desde el... | |
| Damián de Sogravo y Craibe - 1846 - 382 páginas
...«ni. ni,«, El tenedor do una carta de crédito debe sin demora reembolsar al dador •aífmb " 'a cantidad que hubiere percibido en virtud de ella, si antes no la dejó en su poder; y el dador en su defecto, puede exigirla ejecutivamente, ели el interés legal de la deuda, desde... | |
| Francisco de Paula Mellado - 1851 - 558 páginas
...que por ella hubiese percibido, si antes no la dejó en su poder, y no haciéndolo podrá eligirla el mismo dador ejecutivamente, con el interés legal de la deuda desde el día de la demanda, y el cambio corriente de la plaza en que se hizo el pago, sobre el lugar donde... | |
| José Gonzalo de las Casas - 1853 - 522 páginas
...incurrir en responsabilidad alguna. (Art. 577.) El portador de una carf» de crédito debe reembolsar sin demora al dador la cantidad que hubiere percibido...su poder , y en defecto de hacerlo, podrá exigirla ejecutivamente el mismo dador con el interés legal de la deuda desde el dia de la demanda , y el cambio... | |
| Peru - 1853 - 270 páginas
...reembolsar sia demora al dador la cantidad que hul.iese percibido <en virtud de ella, si antes no la dej<í en su poder; y en defecto de hacerlo, podrá exigirla...ejecutivamente con el interés legal de la deuda desde el día de la demanda, y el cambio corriente de la plaza en que se IV. Z) el pago sobre el lugar donde... | |
| Mexico - 1854 - 550 páginas
...460. El portador de una carta de crédito debe reembolsar sin demora al dador la cantidad que hubiese percibido en virtud de ella, si antes no la dejó...poder; y . en defecto de hacerlo, podrá exigirla el misrno dador ejecutivamente con el interés le»al de la deuda desde el día de la demanda, y el cambio... | |
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