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én otro cualquiera caso en que la razon fuese igual ó mayor segun el juicio de hombres prudentes y justos.

12. En consecuencia de esta interpretacion se recopilaron en la coleccion de cánones de Graciano, y en las posteriores de Decretales pontificias muchas doctrinas de santos padres y de concilios concernientes á la graduacion de crímenes, de peligros, y de casos para juzgar si eran menores, iguales ó mayores. que los dos esceptuados en la sagrada Es

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eritura.

13. Es notable un cánon del concilio Vermeriense convocado año de 753 en Vermeria por el rey Pipino. Dice así en su verdaderocontesto original : « Si una muger ha conspirado con otras personas para matar á su marido, y este defendiéndose, matare á uno » de los conjurados, y probare que su muger » era cómplice de la conjuracion, puede segun nuestro juicio, repudiar á su muger » y casar con otra : y la muger criminal sea » sujeta á penitencia sin esperanza de matri> monio (r).

14. En la coleccion de decretales de Gregorio nono se incorporó tambien este cánon, pero se hizo con la circunstancia de añadir las palabras post mortem uxoris que no hay en el primer testo y que hacen un sentido necio y bárbaro; pues para que un marido

(1) Capítulo 1 de divorcio, libro 4, título 20 de la coleccion antigua de Decretales, publicada por Anto aio Agustin.

perseguido se pudiera casar despues de la muerte de su muger perseguidora, no era necesario que ningun concilio de obispos seocupase (1).

15. El papa Gregorio segundo que lo fue desde el año 705 hasta el de 731) fue consultado por san Bonifacio arzobispo de Maguncia y legado pontificio, sobre si, habiéndose hecho una muger impotente para pagar el débito á su marido de resultas de una enfermedad posterior al matrimonio podria el marido repudiar esta muger, y ca sarse con otra el sumo pontífice le respondió ex catedra, esto es, como sucesor de san: Pedro, que « seria mejor permanecer el ma»rido en la continencia; pero que como esto » solo era propio de los perfectos, se le podia permitir casarse con otra muger, con tal » que señalase alimentos á la primera, puesto. » que su desgracia era inculpable (2).

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16 Graciano no rehusó incluir en su coleccion este cánon; y como la resolucion pontificia no era conforme con la disciplina. del siglo duodécimo en que vivia, dijo que el papa habia errado : mas la verdad del caso era que la disciplina se habia mudado y las opiniones canónicas eran ya contrarias,

17. Podria yo ahora multiplicar pruebas de no haberse creido jamas que la disciplina de los siglos anteriores al duodécimo fuese

(1) Tambien se adoptó el error de llamar concilio Wormaciense al que solo habia sido Wermeriense. 7, en Graciano.

(a) Cán. 18, causa 32, cuest.

negacion de la ley divina de la indisolubilidad del matrimonio; pero me contentaré com decir que el sumo pontífice actual Pio séptimo aprobó la disolucion del vínculo conyugal del emperador de los Franceses Napoleon, y su matrimonio segundo con María Luisa de Lorena, hija del emperador actual de Austria; viviendo la primera muger emperatriz Josefina, que lo consintió; y la causa fue solamente el mutuo consenso, y la utilidad pública que se propuso de tener hijo varon sucesor en el trono imperial. No es regular que los censores quieran decir que Pio séptimo es herege.

18. La ligereza con que los censores han calificado en esta parte la obra de que nos ocupamos, hace poco honor á la crítica de un censor dogmático, que no puede jamas ser exacto mientras no sea profundo en historia eclesiástica y civil, y noticia de concilios, cánones y decretales, no por compendios ni diccionarios, sino por testos originales. Pero de positivo espero que un ejemplar de esta naturaleza producirá el buen efecto de creer que igual ligereza se habrá verificado en la censura de las otras proposiciones, sobre las cuales no me he detenido tanto, porque no eran susceptibles de tantos hechos comprobantes de la doctrina del autor del Proyectos de Constitucion religiosa.

CENSURA VI.

Sobre la utilidad actual de los cuatro ordenes

menores.

I.

El autor dijo en el artículo 15 del mismo

capítulo 2.0: « La nacion conservará la dis »tincion introducida de órdenes de obispo, » de presbítero, de diácono, de subdiácono; » porque la práctica general ha designado los » oficios de cada uno, aunque Jesucristo » solo creó sacerdotes; y los órdenes de Aco lito, Exorcista, Lector y Ostiario (cuyos » oficios son ejercidos en todas partes ya por » laicos) podrán conferirse juntos con là » Prima-Tonsura puerta del clericato, que permanecerá para objeto de reconocer al » individuo por clérigo y como uno de los » ministros del culto.

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2. Y en el capítulo 6.0 dice: Hoy son » inútiles todos los órdenes, menos el de pres» bítero y el de obispo. La tonsura es útil > mirada como signo y puerta del clericato.

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3. Los censores dicen: » Estas proposicio» nes son heréticas por no reconocer la gerarquía establecida por ordenacion divina; » la que consta de obispos, presbíteros y » ministros. >>

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4. Respuesta. La calificacion está fundada

en otro supuesto falso. El autor no niega la gerarquía, pues la confiesa espresamente nom brando todos los grados de ella. Solo dice que ya son inútiles los diáconos, subdiáconos, y exorcistas en cuanto órdenes, porque los bresbíteros ejercen los ministerios que corresponden al diácono, al subdiácono y al exorcista; y que tambien son inútiles ya los acólitos, lectores y porteros en cuanto órdenes, porque sus ministerios se cumplen ya por hombres laicos.

5. ¿No es enorme la diferencia entre una y otra proposicion? La una es dogmática y de puro hecho definida en el santo concilio tridentino. La otra es disciplinaria dependiente del juicio particular de cada uno, la eual por consiguiente seria capaz de recibir la calificacion de errónea si el juicio fuese infundado, pero jamas la de herética, porque no pertenece al dogma.

6. Los censores deben saber por la historia eclesiástica que sobre los grados de la gerarquía existente por divina ordenacion hay diferencia gravísima entre la creacion de los unos y de los otros. El obispado y el pres biterado esto es el sacerdocio completo) fueron instituidos inmediatamente por Jesueristo; el diaconado por los Apóstoles, et subdiaconado, y los otros grados inferiores por la Iglesia de acuerdo con la voluntad divina, pero en diversas épocas, segun las ocurrencias que persuadian ser necesario ó útil.

El subdiaconado fue grado menor por

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