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RESUMEN.

RESUMIENDO

ESUMIENDO el dictámen de los censores dicen que la obra contiene seis proposiciones heréticas designadas en las censuras 1a, 4a 5a, y 6a pero en las respuestas he demonstrado que no hay en el libro las tales seis proposiciones, y que las censuras están fundadas en un supuesto falso; lo cual es facil de ver con solo cotejar lo impreso en la obra con las proposiciones que se le imputan.

Dicen que hay en la obra dos proposiciones que merecen, cuando menos, la nota de sospechosas de heregía segun la censura segunda. Pero en la respuesta se hace ver que los censores han procedido sobre otro supuesto falso, imputando al autor lo que no ha escrito.

3. Afirman en la censura tercera que la obra contiene otra proposicion sospechosa de beregía; y en la respuesta se les hace ver lo primero que la censura está fundada en un supuesto falso; lo segundo que la materia es de pura disciplina; por lo que la proposicion pudiera ser errónea, mas no sospechosa de heregía: lo tercero que solo por rutina inquisitorial se puede aplicar esta calidad á una proposicion, pues cualquiera que sea, es verdadera, falsa, ó dudosa, pero ella no dice ni piensa mas de lo que suena escrito, á dife

rencia del autor que puede ser sospechoso de opinar mas de lo que manifiesta.

4. Con efecto dicen en la censura 8.a ser dudoso si el autor cree la presencia real de nuestro señor Jesucristo en la hostia consa-grada; pero en la respuesta se les hace demonstracion, no solo de que proceden sobre supuesto falso para formar su duda, injuriando atrozmente el autor, sino tambien del exceso de su comision, que solo fue de censurar el libro y no la creencia personal.

5. Sostienen en la censura 7.a que la doc-trina de la obra es depresiva de la autoridad de los concilios generales, é inductiva á todoslos errores y heregías condenadas en los con-cilios s; pero en la respuesta se hace ver con que lógica tan fatal se forma este juicio de un libro, cuyo autor afirma claramente con palabras espresas que se debe creer todo cuanto los concilios han declarado en los puntos dogmáticos, aunque no haya la misma deferencia en los relativos á la disciplina.

6. Dicen en la censura 9.a que la doctrina del libro es depresiva de la autoridad ponti-ficia : pero en la respuesta se muestra que los límites del primado papal son objeto y materia de controversia entre católicos sin perjuicio de la fe; la cual no se ocupa sino de hacer creer la existencia del primado de honor y.de jurisdiccion, sin haber definido cuales sean sus límites.

7. Añaden que la obra contiene proposi-ciones sumamente injuriosas al estado ecle siástico. Mas en la respuesta á la censura:

décima demuestro lo contrario, y lo cierto es que los censores no han designado ninguna.

8. Dicen en la censura 11.a que hay proposiciones contrarias á la sana moral; pero tampoco se han atrevido á señalar ninguna, lo que no es verosímil hubiesen omitido atendiendo á las opiniones que prefieren en su sistema de censurar.

9. Afirman en la censura 12.a que hay otras proposiciones destructivas de la disciplina universal de la Iglesia mas en la respuesta se hace ver que lejos de ser destruccion el sistema de la obra, es restauracion de la disciplina apostólica que los santos varones hant intentado restaurar desde san Bernardo en el siglo duodécimo; que los concilios han decretado desde el de Constanza en el siglo décimo quinto; y que siempre ha quedado sin ejecucion por la resistencia de la corte de Roma que no ha consentido la pérdida que se le seguiria de intereses pecuniarios y de algunos grados de autoridad poseida ya por espacio de algunos siglos.

10. Dicen en la censura 13.a que tambien hay en la obra proposiciones destructivas de los preceptos eclesiásticos, y se hace ver que solo son destructivas de la frecuencia ó continuacion sucesiva de pecados mortales que se ha subseguido de haber destruido el sistema de disciplina que habian establecido los Apóstoles, y los santos obispos inmediatos sucesóres suyos; el cual fue seguido por algunos siglos con éxito feliz hasta las novedades hechas en tiempos poco ilustrados, fuese por un

deseo mal entendido de perfeccion, fuese por otro cualquiera motivo, siendo certísimo que os pecados de infraccion de los preceptos eclesiásticos no cesarán ya sino por medio de un retroceso á la disciplina del tiempo de los Apóstoles.

II. Añaden por último en la censura 14.* que el autor dice ser injusta y ridícula la abstinencia de carnes mas la respuesta satisface bien á este cargo independiente del dogma y de las reglas esenciales de la moral.

12. Consiguientemente la prohibicion de la obra seria tan infundada, como lo fueron muchas que hacia el tribunal de la Inquisicion por el mal sistema de censuras secretas; y por no cumplir lo mandado en la bula del papa Benedicto XIV y en la ley del rey Carlos III antes de juzgar. Las resultas serian despreciar las prohibiciones como se despreciaban ya por todas las personas que sabian distinguir entre uso y abuso de jurisdiccion.

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OBSERVACIONES

IMPORTANTES.

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L presente proceso habrá sido tal vez el primero que un Ordinario eclesiástico habrá formado y seguido sobre prohibicion de libros despues de abolido el tribunal de inquisicion; y por lo menos se puede asegurar que será de los primeros. Yo tengo interes individual en que se administre justicia conforme á las leyes y sin arbitrariedad. La nacion interesa en que no comience nuevo sistema de opresion; el cuerpo legislativo en que no se tengan por leyes nacionales las que no lo son; el gabierno en que sean respetadas, obedecidas, y puestas en ejecucion sus órdenes y providencias. Estas verdades me ponen en la necesidad y obligacion de hacer las observaciones siguientes.

2. La primera recae sobre que si los Ordinarios eclesiásticos han de formar procesas como este, se deberán reconocer obligados á no hacer menos diligencias que hacia el tribunal de inquisicion, para juzgar con acierto en la parte que lo permitia su sistema del secreto.

Conviene saber que el ejercicio de autoridad de resolver definitivamente sobre la

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