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ADICION

1.

A LA

RESPUESTA DE LA CENSURA VI.

Sobre la gerarquía eclesiástica y la utilidad actual de los cuatro órdenes menores.

EL Concilio Tridentino dijo en el cánon sesto del sacramento del Orden, sesion 23, lo que sigue: « Si alguno dijere que en la Iglesia católica no hay instituida por ordenanza divina una gerarquía que consta de obispos, presbíteros y ministros, sea escomulgado». ¿Pero en que parte de la obra dijo lo contrario á esta definicion, el autor del proyecto de una Constitucion religiosa? No se podrá señalar con verdad. El decir que ya son inútiles los órdenes de diáconos, subdiáconos, acólitos, lectores, exorcistas y porteros, podria ser una opinion falsa ó infundada, pero jamas error dogmático porque no pertenece directa ni indirectamente al dogma.

2. Se sabe que la gerarquía eclesiástica comprendió tambien á los corepíscopos, á los cantores ó salmistas, y á las diaconisas: consta que fueron suprimidos estos tres destinos; y no solo no se dijo que los autores de la supresion negaban la gerarquía, sino que

habiendo hecho ver su inutilidad, se adɔptaron sus propuestas en diferentes épocas. Los que no han estudiado con profundidad la historia eclesiástica replicarian á esta proposicion con diferentes especies de sutileza sofística; pero no hay réplica sólida despues de saber la disciplina canónica concerniente al objeto; y por eso es oportuno ( y aun necesa( rio en mi concepto) esplicar aquí la que contiene relacion á los tres grados suprimidos.

3. Los corepíscopos fueron creacion del tiempo de los Apóstoles. Estos ponian obispo no solo en las ciudades capitales de provincia, sino tambien en las otras subalternas con la diferencia de que los primeros eran obispos gobernadores de todas las iglesias, y los segundos únicamente regian cada uno la de su respectivo distrito de campaña, con subordinacion total al obispo gobernador de quien recibian las órdenes. Así sucedió con san Timoteo, obispo de Efeso, que gobernaba las iglesias de ciudades sujetas civilmente á la de Efeso; y con san Tito que hacia otro tanto en la isla de Creta.

4. Obispos subalternos eran aquellos á quienes el apóstol san Pablo designó con el nombre de presbiteros cuando escribió á san Tito que pusiera presbíteros: et constituas presbíteros per civitates; pues es cosa exenta de disputas que los obispos de los tiempos apóstolicos usaban promiscuamente del nombre de presbíteros tanto como el de obispos, segun resulta del sagrado libro de los Hechos apósto licos, y de las Epístolas cánonicas de san

Pedro y de san Pablo, de san Clemente, y del libro de san Hermas el Pastor; la cual circunstancia, junta con la práctica de los dos primeros siglos y parte del tercero, dió á san Jerónimo el motivo de decir en sus cartas que el obispo y el presbítero mas bien eran distintos entre sí por costumbre que por disposicion divina; pues Jesucristo solo habia creado sacerdotes, en cuya palabra estaban comprendidos los presbíteros tanto como los obispos; y esto en nada se opone á la definicion del Concilio tridentino que declaró ser superiores los obispos á los presbíteros en potestad de regir, de ordenar, de confir mar, y de otras cosas, pues esta verdad es compatible con la otra de que la superioridad comenzára (como dicen san Jerónimo y nuestro san Isidoro) mas por costumbre que por constitucion divina."

5. Del libro de los Hechos apóstolicos consta que san Pablo y san Bernabé pusieron obispos en Listris, Yconio y Derves, pueblos subalternos de las provincias de Licaonia y Pisidia, donde verosimilmente habia otros obispos gobernadores. El pueblo de Hipselis era subalterno de la Tebaida, y sin embargo tenia su obispo, con cuya dignidad estaba condecorado en el siglo cuarto aquel Arsenio que firmó la condenacion de san Atanasio (1). Neocesarea era poblacion de órden muy subalterno, y tuvo su obispo : en el siglo cuarto lo Paulo que asistió al concilio de Nicea (2).

era

(1) S. Atanasio, tom. 1 de sus obras, epístola de Arsenio.

(2) Teodoreto, Hist. eclesiást, lib. 1, cap. 7.

A la misma clase perteneció el pueblo de Balánes; y su obispo Eufraton concurrió á dicho concilio (1). Cencris era una villa poco distante de la ciudad de Corinto, y sin embargo la cita san Pablo como pueblo con iglesia, es decir con obispo subalterno (2). Cománes , y Apamea, poblaciones pequeñas, dependientes de ciudades, tenian obispos titulados rurales (3). Así se decian tambien otros de lugares pequeños de la campaña de Antioquia citados en su concilio del año 264 contra Pablo de Samosata; Eusebio cita en su historia otros obispos rurales de la campaña de Gaza (4), y san Epifanio otros de lugares cercanos á la ciudad de Tiberiades (5).

6. Todas estas iglesias eran únicamente parroquias, cabezas de distrito, equivalentes á lo que ahora decimos capital de un arciprestazgo ; sus pastores eran prelados de segundo órden; párrocos de aquella parroquia y de sus anexas dependientes, y se nombraban Corepiscopos palabra que se derivó de Coroepiscopus que significa obispos de campaña; y tambien se les dió el nombre de co-episcopus; porque con efecto ellos eran co-epíscopos, aunque sujetos al obispo gobernador general

(1) Véanse las actas del concilio, y Eusebio en la Hist. eclesiást.

(2) San Pablo Epíst. á los Romanos, cap. 16. (3) Eusebio, Hist. eclesiást., lib. 5, cap. 16. (4) El mismo, lib. 8, cap. 13,.y libro de martiribus,, cap. 13.

(5) S. Epifanio de heresibus, heresi 30..

de todas las parroquias de su diócesis, entre las cuales estaban comprendidas aquellas.

los cua

7. Los corepíscopos ordenaban presbíteros en los primeros tiempos, lo mismo que los obispos gobernadores de la diócesis, les no lo llevaban á mal, porque les resultaba este alivio de sus fatigas pastorales; pero habiendo crecido mucho el cristianismo, y aumentádose por consecuencia el respeto á los prelados eclesiásticos, creyeron los obispos convenir una distincion muy marcada entre el gefe y los subalternos, especialmente luego que Constantino se declaró protector de la religion cristiana; de cuyas resultas el concilio de Ancira del año 315, decretó lo siguiente: «Se prohibe á los corepíscopos y á los presbíteros de la ciudad ordenar presbíteros, y diáconos en parroquia no suya sin licencia del obispo escrita de su mano. ». Tak es la traduccion literal del testo original griego. La latina, que puso el padre Labbé en la colleccion de concilios, dice: « No es lícito á los corepíscopos ordenar presbíteros ni diáconos; ni tampoco lo es á los presbíteros de la ciudad en parroquia agena, sino con permiso del obispo, escrito de su mano «<. Dionisio el: Exiguo tradujo en el siglo sesto los cánones de los antiguos concilios griegos, y publicó este cánon con traduccion mucho mas libre diciendo: « A los vicarios de los obispos (que łos griegos llaman Corepiscopos) no es lícito ordenar presbíteros ni diáconos; y tampoco á los presbíteros de la ciudad es lícito impePar algo sin precepto del obispo ; ni hacer nada en cada parroquia sin autoridad del mismo

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