Imágenes de páginas
PDF
EPUB

Queja

de Sevila

contra

jándose de que su arcediano don Hernando Marti- CAPITULO I. nez" concitase al pueblo contra los judíos en sus sermones". Semejantes ataques no estaban prevenidos en las leyes que favorecian algun tanto del cabildo al pueblo proscrito, ni el rey don Juan I tuvo el valor bastante para reprimirlos. La contestacion di- su arcediano. rigida al juicioso y cristiano cabildo se reducia á manifestar que lo mandaria ver, pues aunque su celo (el del arcediano) era santo é bueno, debíase mirar que con sus sermones é pláticas non conmoviese el pueblo. El celo del arcediano no era santo ni bueno, como el rey suponia, lo cual contradijeron despues los hechos. Por los Concilios toledanos, por las leyes de Partida y por todas las máximas del Evangelio se prohibia el que se obligase á los judíos á recibir el bautismo contra su voluntad. Medio hábil y honesto era en verdad el de la predicacion que se enderezase á convencer del error; no el de la predicacion que se dirigiera á concitar mas y mas ódios siempre vivos; no el de la predicacion que proclamara la muerte y el exterminio. Esto equivalia á trocar el santo ministerio apostólico por la mas cruel intolerancia; y la intolerancia no ha sido ni

14 Den Cristóbal Lozano en sus Beyes nuevos y otros autores le llauan Fernan Nuñez.

15 No solamente participó el eabildo sevillano de estos nobles y cristianos sentimientos: don Pedro, à la sazon arzobispo de Sevilla, dirigió á Hernando Martinez una carta ó decreto, en que reprendiéndole de su tenacidad y de su errado celo, le acusa de no haber guardado el silencio debido, mientras se examinabau por una junta de teólogos y juristas sus proposiciones, encaminadas al exterminio de los judíos; puesto que trataba de probar que no podia el Papa permitir las sinagogas; y le

manda en virtud de santa obedien-
cia que ni predique, ni oiga pleitos,
ni egercite jurisdiccion alguna co-
mo subdito suyo. Este decreto, ex-
pedido en Carmona á 2 de agosto
del año 1389 (4776 de la creacion)
fué notificado á Ferrand Martinez
el 4 del mismo mes por los escriba-
nos del juzgado eclesiástico en de-
bida forma, honrando la caridad
evangélica de aquel digno prelado.
(Archivo de la Catedral de Toledo
Alacena X. ley 2. 1. 2.)

16 Anales de Sevilla por Ortiz
de Zúñiga, temo segundo, folio

229.

ENSAYO 1.

puede ser nunca santa y buena. Así, pues, la falta de energía del rey don Juan, ú otras razones que pudieron moverla á permanecer tranquilo á vista de los escándalos y de la matanza que se preparaba, hubieron de servir de nuevo incentivo á los sermones del arcediano Martinez, logrando al cabo de poco tiempo que se levantase el pueblo cristiano, para teñirse en la sangre de los desgraciados judíos.

CAPITULO IV.

LOS JUDIOS BAJO LA RAMA DE DON ENRIQUE II.-SANGRIENTAS PERSECU-
CIONES SUFRIDAS POR LOS MISMOS.

1388-1413.

Muerte de don Juan I.—Su testamento.-Cortes de Madrid.—Quejas de los judios de Sevilla.—Predicaciones de don Hernando Martinez, arcediano de Ecija. Motines contra los hebreos en 4778 de la creacion, 1391 y 92 de J. C. Resolucion de las córtes y del consejo, é inutilidad de las pesquisas para castigar á los culpables.-Pierden los judios dos aljamas en Sevilla.Matanzas de Burgos, Valencia, Córdoba, Barcelona y Toledo.-Ruina del comercio, de la industria, y de las rentas reales y eclesiásticas.La reina dona Leonor.-Muerte de don Enrique el doliente.-Nuevo riesgo de los judios.—Gobernadores de Castilla.-La reina doña Catalina, y el infante don Fernando de Antequera.-Su ordenamiento sobre los júdios.-Aparicion y predicacion de S. Vicente Ferrer.-Exito brillante y provechoso para la cristiandad, con la conversion de multitud de rabinos.-Gerónimo de Santa Fé.-Don Pedro de Luna.--Asamblea de Tortosa.

En Talavera de la Reina se divertia el príncipe CAPITULO IV. don Enrique, con su hermano don Hernando, por el mes de octubre de 1390, cuando recibió un correo que desde Alcalá de Henares le enviaba don Pedro Tenorio, arzobispo de Toledo, participándole la muerte desgraciada de su padre don Juan I, é invitándole para que inmediatamente pasára á Madrid, con el objeto de que fuera alzado por rey en aquella villa, previniendo con el sigilo y la diligencia cualquiera inconveniente que pudiera suscitarse.

Muerte

de

D. Juan il.

ENSAYO I

Su

Testamento.

Consejo

de

Gobierno.

[ocr errors]
[ocr errors]

Contaba el príncipe á la sazon la corta edad de once años; y sobre acarrear las minoridades revueltas y trastornos, excitando ambiciones bastardas, no estaban tan cicatrizadas las pasadas heridas que no conviniese adoptar las mayores precauciones. Casi adivinando el rey don Juan la catástrofe que acababa de suceder, habia en años anteriores fijado en su testamento la forma en que deberia organizarse el gobierno, para mantener la tranquilidad interior de Castilla y ponerla á cubierto de toda tentativa extraña. «Otrosi porque nos tenemos que morir antes que el infante » nuestro fijo sea de edad de quince años, (decia el rey el 21 de Julio de 1385) para que pueda regir el regno, é nos somos tenidos, pues Dios nos » hizo rey de este regno, de lo guardar y ordenar en aquella manera que sea servicio de Dios é guarda » del dicho infante nuestro fijo é á provecho y honra » de los dichos regnos; por ende ordenamos que los regimientos de dichos regnos sean en esta manera: » Primeramente que hayan el regimiento del regno » estos que siguen; conviene á saber: don Alonso, >> marques de Villena é nuestro condestable, don » Pedro, arzobispo de Toledo, don Juan, arzobispo »de Santiago, don Pedro Nuñez, maestre de Cala>> trava, don Juan Alonso, conde de Niebla, é Pero » Gonzalez, nuestro mayordomo mayor; á los cuales >> encomendamos é damos cargo del dicho infante » nuestro fijo, que Dios queriendo será rey. Estos » seis establecemos por sus tutores é regidores de >> los dichos nuestros regnos, é asi é tan complida» mente, como lo nos habemos é podemos mejor » facer de derecho é buena ordenanza é buen uso »e buena costumbre de los dichos nuestros regnos

[ocr errors]

» de Castilla é de Leon ». Esta prevision del rey don capítulo iv. Juan no podia en verdad estar mas justificada por los hechos, asi como tampoco pudo ofrecer mas plausibles resultados.

Trasladado don Enrique á Madrid y reunidos al propio tiempo los gobernadores nombrados en el testamento de don Juan; fué alzado por rey de Castilla sin contradiccion alguna y con presencia de la mayor parte de la nobleza, entre la cual se hadon llaron los infantes don Fadrique de Castilla y Pedro, hijo aquel de don Enrique II y este del infante don Fadrique, muerto en el Alcázar de Sevilla. La primera medida de gobierno adoptada por el Consejo se dirigió á fortalecer, por medio del asentimiento general, la disposicion del difunto monarca sobre la existencia y las atribuciones del mismo. Para lograrlo, creyó conveniente convocar cortes generales, so pretesto de tratar y disponer lo mas oportuno, respecto al gobierno de la nacion, durante la menor edad del rey; y no tardaron en juntarse en Madrid todos los procuradores de las villas y ciudades que tenian voto, asi como tambien los representantes del clero y de la nobleza. Muy pocas sesiones habia celebrado aquella respetable asamblea nacional, cuando vinieron á interrumpir los gritos de la humanidad ultrajada sus graves deliberaciones. haciendo los Presentáronse á los tres estamentos, mas dolorosos extremos, los judíos que estaban á la sazon en Madrid para arrendar las rentas reales, cosa de que no habia sido posible despojarlos, y querelláronse de los desmanes y feroz matanza que habian sufrido en Sevilla.-La juderia habia sido asaltada por el populacho, las tiendas saqueadas

Córtes generales

del

Reino.

« AnteriorContinuar »