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y descripciones geográficas de don Andrés Baleato y con las declaraciones oficiales del Virrey de Lima, Gil y Lemos. Ambos al describir en 1796 los límites del Perú, afirmaron que limitaba al Este con las pampas del Sacramento y del Pajonal, y que los territorios del Norte fueron segregados en gran parte y anexados al Virreinato de Nueva Granada. Seis años después, en 1802, parte de estos territorios, los que componían la Gobernación de Maynas, fueron reincorporados al Perú bajo los límites arriba descriptos.

Siendo la dicha Cédula de Maynas el último título territorial del Perú, más allá de los límites que ella establece, no puede alegar ningún derecho. Sus avances al Oriente, que han comprendido las cabeceras de varios ríos, como el Yurúa, Purús, Madre de Dios, son otras tantas usurpaciones sobre el territorio de Charcas, hoy Bolivia.

CAPÍTULO TERCERO

Administración civil y religiosa del territorio de Chunchos denominado misiones de Apolobamba, durante el Virreinato de Buenos Aires.-Establecimiento de nuevas misiones en Cavinas, Pacaguaras y Carmen de Toromonas.— Las misiones son convertidas en parroquias por renuncia de los Misioneros -De 1776 á 1810.

I

Habiéndose incorporado al Virreinato de Buenos Aires el distrito de la Audiencia de Charcas, con todos los pueblos y territorios á los que se extendía la jurisdicción de ésta, y encontrándose entre éstos los de Chunchos, su administración, así como la de las Misiones de Apolobamba, situadas en su comprensión, corrió á cargo del nuevo Virrey y de las autoridades de su dependencia, que fueron, desde entonces, la Audiencia de Charcas, el Gobernador Intendente de La Paz, el Obispo de esta Diócesis y el Gobernador militar de Mojos.

Esto es lo que nos proponemos demostrar á continuación.

Antes de entrar en materia, juzgamos indispensable hacer notar que la denominación

de Chunchos, fué abandonándose poco á poco y sustituyéndose con la de Apolobamba, denominación que en el último siglo del coloniaje llegó á imponerse en los documentos oficiales de modo extensivo, designándose con ella tanto las Misiones y los pueblos, cuanto el Partido de Apolobamba, colindante con las fronteras del Brasil.

El cambio sucesivo de nombre de los lugares, ríos y montañas, es un fenómeno histórico sin contradicción y, por otra parte, muy natural. Los nombres indígenas fueron abandodos por los conquistadores y sustituídos con otros en armonía con el idioma español ó adaptados á la fonética de su léxico. Si se examina un mapa primitivo ó se lee la historia de la conquista, los títulos y designaciones de que se valen, ya no se registran en los mapas é historia modernos. Hasta los títulos que emplearon los conquistadores para las grandes circunscripciones como Nueva Castilla y Nueva Toledo y otros, han sido borrados.

Chunchos fué una denominación indígena, aplicada en los principios de la conquista á un vasto territorio. Se la empleó en muchos documentos oficiales y leyes durante dos siglos; pero desde el momento en que una parte de este territorio, llamado Apolo, Apolobamba ó Apolopampa, que es hermoso y extenso

valle, fué conocido y frecuentado por los misioneros, comenzó á usarse de esta denominación en sustitución de aquella, y acabó por generalizarse cuando las primeras Misiones tomaron incremento, hasta que en el siglo XVII este nombre fué adoptado definitiva

mente.

En la época en que el distrito de la Audiencia de Charcas se incorporó en el Virreinato de Buenos Aires, la frase: «Misiones de Apolobamba, indicaba ya el antiguo territorio ó Provincia de Chunchos.

Este hecho lo comprueban:

1.° Que no hay un acto de la Corona por el que se hubiese desmembrado ó fraccionado aquel territorio, para anexarlo á otras secciones ó constituirlo en distinta forma; por consiguiente, desde la conquista hasta el año de 1810, su situación jurídica se mantuvo idéntica, salvas las cesiones hechas al Portugal por pactos internacionales.

2.° Que en las Cédulas Reales de 15 de septiembre de 1772 y de 5 de agosto de 1777, el Rey hace referencia de las Misiones de Apolobamba, como de un territorio extenso y colindante con las posesiones portuguesas.

3.o Que en todas las instrucciones para la ejecución del Tratado preliminar de Límites de 1777, los Gobernadores de Mojos y Apolo

bamba son indicados como fronterizos con el Brasil.

4.° Que, finalmente, cuando se fundaron las Misiones y se trató de darles mayor extensión, no tuvieron los Padres conversores limitación para extenderse y, más bien, estaban facultados para llevar sus conquistas evangélicas en todas direcciones hasta las fronteras internacionales.

En tales condiciones pasó este territorio al dominio del Virrey de Buenos Aires, es decir, siendo Partido en lo político, Misiones evangélicas en lo eclesiástico, y en lo internacional, Provincia fronteriza con el Brasil, ó sea baluarte del Alto Perú, según expresión del Gobernador Lázaro Rivera.

El hecho de haber existido grandes zonas desiertas en este territorio no arguye nada contra los derechos de Charcas ni contra los del Virreinato de Buenos Aires. Prescindiendo de actos de posesión, que los hay numerosos, según el Derecho Público colonial y el moderno, la posesión civil se mantiene dentro de los límites establecidos por los títulos de jurisdicción. Esta doctrina ha sido invariablemente sostenida por todos los publicistas americanos en las cuestiones de límites, muy especialmente por los argentinos en lo relativo á las inmensas tierras patagónicas, plenamente desiertas en 1810.

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