Imágenes de páginas
PDF
EPUB

vención de la que algunos escritores peruanos han pretendido sacar provecho, sin advertir que ella no modificó la jurisdicción establecida, ni en lo civil ni en lo eclesiástico. Es indispensable que nos ocupemos de este hecho, en la presente oportunidad.

II

El Colegio de Moquegua se fundó con seis religiosos del Convento de Tarija (Bolivia) por autorización y provisión de 22 de Junio de 1775, del Virrey de Lima don Manuel Amat.

Estos religiosos fueron expulsados por orden Real; pero en 1787 regresaron en mayor número y restauraron el Colegio, haciéndolo depender del de Tarija hasta el año de 1795.

En este año, por Real Cédula de 29 de Enero dirigida al Virrey del Perú, el hospicio de Moquegua fué erigido en formal Colegio (1).

Uno de los fundadores, el Padre Tadeo Ocampo, marchó imediatamente á Europa en busca de misioneros y obtuvo del Rey de España la Cédula Real de 15 de Abril de 1796, para que la Provincia de San Antonio de los

(1) Anexo N.o 109 a.

Charcas entregara al Colegio de Moquegua tres pueblos ó Misiones de las de Apolobamba.

Dicha Cédula fué dirigida al Virrey de Buenos Aires, para que, á su vez, comunicara instrucciones al Intendente de La Paz, á fin de que éste prestara los auxilios necesarios al Comisario del Colegio de Moquegua para la administración de dichas Misiones.

Al primer golpe de vista, se notará que esta Cédula se limitaba únicamente á modificar la dirección religiosa, sustituyendo en tres pueblos unos misioneros con otros, pero sin variar en modo alguno la jurisdicción vigente en lo civil ni en lo eclesiástico, puesto que aquellos pueblos continuaban sujetos á las autoridades de la Audiencia de Charcas y del Virreinato de Buenos Aires.

A su regreso de Europa, fray Tadeo de Ocampo se dirigió al Intendente de La Paz en 28 de Junio de 1797, pidiendo la entrega de dichas Misiones. Este ordenó que tomara posesión de las de Cavinas, Pacaguaras, Mosetenes y Mapiri; estas últimas fuera del territorio de Apolobamba, y abandonadas desde algún tiempo antes.

En esta misma época el Obispo de La Paz había recibido la Real Cédula de 22 de Agosto de 1798, con instrucciones para que constituya en curatos los pueblos de Apolobamba, y

el aviso de haberse ordenado al Virrey de Buenos Aires que fije sínodos para la subsistencia de las Misiones de Mosetenes.

Esa Cédula llegó á poder del Obispo, antes de que se ejecutara la que obtuvo el Padre Ocampo; pues éste solo en Octubre de 1799 se dirigió á dicho señor Obispo, solicitando el cumplimiento de la Cédula ya citada de 15 de Abril de 1796.

El Obispo rechazó la petición, fundándose en que aquella Cédula estaba en tramitación. En seguida, y juntamente con los religiosos de Charcas, se dirigió al Virrey de Buenos Aires deduciendo oposición á los misioneros de Moquegua y censurando á la Audiencia de Charcas por obrepción y subrepción en sus informaciones, por cuanto que las Misiones solamente eran diez y no once como se había asegurado ante la Corte de Madrid.

Entretanto, el Gobernador Intendente de La Paz, por auto de 29 de agosto de 1799 mandó se entregase á los Padres de Moquegua 1.500 pesos para que se trasladaran á las Misiones, á tomar posesión de ellas. En cumplimiento de este mandato, se recibieron de Cavinas, Pacaguaras y Mosetenes.

El Obispo de La Paz reprodujo la oposición con mayor vehemencia y, en esta virtud, se elevó el expediente al Virrey de Buenos Aires, quien se limitó á remitirlo á la Au

diencia de Charcas para que dictara resolución.

Esta confirmó lo dispuesto por el Gobernador Intendente de La Paz, señalando para cada Padre conversor de Moquegua el sínodo de 300 pesos anuales.

En conformidad con esta determinación, dichos misioneros recibieron hasta el 1.o de octubre de 1802, la cantidad de 13.000 pesos de las Cajas Reales de La Paz y continuaron percibiendo estos sínodos hasta 1806.

La oposición del Obispo de La Paz fué elevada á la decisión de la Corona por el Virrey de Buenos Aires don Juan del Pino, acompañada de un extenso informe sobre sus antecedentes. En consecuencia, se expidió la Real Cédula de 30 de octubre de 1804, que fué dirigida al mismo Virrey de Buenos Aires, conteniendo las siguientes resoluciones (1).

1.° Que se devuelva á la Provincia de San Antonio de Charcas los pueblos de la conversión de Apolobamba que queden, una vez erigidos en curatos, los que reunan las condi

(1) Anexo N.o 109 b. Véase también la Revista de Archivos y Bibliotecas Nacionales del Perú, Año II, vol. II, 1 y 2 entregas, 30 de mayo y 30 de junio de 1889, que se acompaña como

anexo.

ciones prescriptas por Real Cédula de 26 de Agosto de 1798.

2.° Que se devuelva la Misión de Mosetenes á sus fundadores los Padres Forquera y Marti, y que los de Moquegua continúen exclusivamente en las Misiones de Mapiri.

3.o Que los misioneros de Charcas y de Moquegua, en el distrito de la Diócesis de La Paz, estén subordinados al Reverendo Obispo, á quien correspondía velar sobre su rebaño, en unión con el Gobernador Intendente; «sin embargo, dice la Cédula, de los fueros y privilegios de exención é independencia con que los misioneros intentan sustraerse del celo y vigilancia de los Obispos».

La ruidosa contienda entre el Obispo La Santa y Ortega y los misioneros de Moquegua, no terminó con esta decisión real. No obstante de que la jurisdicción eclesiástica no se puso siquiera en duda, y antes bien, aquellos misioneros se ofrecían al Prelado paceño como operarios en sus apostólicas empresas, aquel se mantuvo inflexible en sus determinaciones. Mandó restituir y tomar posesión de todas las Misiones, inclusive la de Carmen de Toromonas, la más distante y de reciente fundación; puso párrocos en las principales y despachó á la de Toromonas al Padre Ballesta con varios religiosos, para que se hicieran

« AnteriorContinuar »