Imágenes de páginas
PDF
EPUB

para la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra.

Que se revoque la Cédula Real expedida en favor de Miguel Rodríguez Villafuerte, ordenándose al mismo tiempo al Virrey, que si la Gobernación de Moxos no estaba dada á otro, se la encargase á Maldonado, por ser del distrito de su Gobernación. Se decretó: que se revocaba la dicha Cédula pero que debía quedar Moxos para la Gobernación de Santa Cruz de la Sierra.

Que se diese Provisión á Maldonado para que pudiese entrar por todas las partes que le pareciere de dicha Gobernación, siendo cuatro las principales entradas: por Cochabamba, Camata, San Juan de Oro y Andes de Tono. Se decretó: que entre por la parte que le pareciere, llevando orden del Virrey (1).

Si se considera ahora que se trataba de unir la Gobernación de Moxos con la de Maldonado, y que con frecuencia se hace mención conjuntamente de Chunchos, Moxos y Paititi, se comprenderá que estos territorios estaban dentro de una sola Audiencia, que era la de Charcas; pues estaba prohibida por las Ordenanzas vigentes, reproducidas por la ley 2.a, Título 1.o, Libro 4.o de la Recopilación, bajo pena capital, confundir Provincias de Au

(1) Anexo N.o 26 B.

diencias distintas, aparte de que esto no se concibe por la incompatibilidad de jurisdicciones (1).

Como consecuencia de estas providencias, la Corona expidió las siguientes Cédulas:

Las de 26 de Agosto y 28 de Octubre de 1573, dirigidas al Virrey don Francisco de Toledo, para que se ampare á Juan Alvarez Maldonado en la concesión otorgada por el licenciado Castro, de las tierras que se extendían desde el lago de Opatari hasta el Mar del Norte y la latitud de 120 leguas, obligándosele á cumplir las capitulaciones (2).

Dos Cédulas Reales, fechadas en 26 de Agosto de 1573, facultando á Alvarez Maldonado para que haga su entrada por la parte que creyere conveniente y reparta tierras, solares, etc., etc. En estas Cédulas, la Gobernación se describe con los mismos términos: desde el lago Opatari hasta el Mar del Norte (3).

No habiendo podido Maldonado realizar sus conquistas pidió el Corregimiento de Larecaja, y por Provisión de 20 de Noviembre de 1586, el Virrey del Perú, conde del Villar, le acordó el título de Corregidor, llamándo

1

(1) Anexo N.o 27. (2) Anexo N.o 28. (3) Anexo N.o 29.

le nuestro Gobernador de la Provincia de Chunchos. Le nombró, por un año, Corregidor de Larecaja y de sus anexos, que están en los términos y jurisdicción de la ciudad de La Paz, para que con esta autoridad y los recursos del Corregimiento, lleve á cabo aquellas conquistas, con cargo de prestar el juramento y las fianzas ante el Cabildo de la dicha ciudad (1).

En 8 de Enero de 1587 prestó juramento y fianzas, ante el Cabildo de Nuestra Señora de La Paz.

En 3 de Noviembre de 1589 se presentó en Madrid Juan Orella de Aldaz, como apoderado de Juan Alvarez Maldonado, llamándole Gobernador de Chunchos, y dijo: que á su representado le habían dado las conquistas de las tierras que hay desde el lago Opatari hasta el Mar del Norte en longitud, y en latitud, 120 leguas, y para que la llevara á cabo el Virrey conde del Villar le había nombrado Corregidor de Larecaja por un año, por ser ésta la única entrada á esas regiones, y pedía se le prorrogara por seis años, por ser este tiempo necesario para dicha conquista. Se proveyó que acuda al Virrey y se le dé Cédula para que se le auxilie y proteja (2).

(1) Anexo N.o 30. (2) Anexo N.o 31.

En otra petición de igual sentido el mismo Aldaz llama á Maldonado «Gobernador de la Provincia de los Chunchos».

Finalmente, en 8 de Febrero de 1590, se expidió otra Real Cédula para el Virrey del Perú, don García de Mendoza, estableciéndose que Maldonado era Gobernador de los Chunchos, y que hacía muchos años que había pasado á esta Provincia para poblarla y conquistarla; que esta concesión se extendía desde el lago de Opatari hasta la Mar del Norte, en longitud, y en latitud, 120 leguas; que el conde del Villar, Virrey del Perú, le nombró corregidor de Larencaja y de sus anexos en la jurisdicción de La Paz por un año; que después había suplicado se le prorrogase por seis años, para verificar sus descubrimientos en este tiempo. En consecuencia de todo, se mandó prestar al Virrey ayuda y protección á Maldonado para la realización de sus descubrimientos (1).

Se deduce de estos antecedentes auténticos, que en 1590 la Provincia de Chunchos era muy conocida, así como la Gobernación de Maldonado, fundada dentro de esta Provincia. Ambas se extendían desde el lago Opatari hasta la línea de división con las provincias del Portugal y el Mar del Norte.

(1) Anexo N.o 32.

Estos límites se han consignado en numerosos documentos, expedidos en 1567 hasta 1590, y han sido empleados en diferentes formas por el Rey, los Virreyes, Presidentes de Audiencias, por los testigos de las diversas informaciones, por el mismo Maldonado y sus apoderados y, en fin, por los escribanos públicos.

Después de la incorporación del Cuzco á la Audiencia de los Reyes, la Gobernación de Maldonado fué puesta bajo la autoridad del corregidor de Larecaja, ó más claro, un solo Corregidor ejercía jurisdicción en los dos territorios, siendo este hecho una prueba evidente de que Chunchos y Larecaxa estaban en el distristo de Charcas, pues de otra ma nera no hubieran tenido unidad de autoridad.

Más tarde se verá que el mencionado territorio de Chunchos, con la demarcación y confines expuestos, se mantuvo en el distrito de la Audiencia de Charcas, por prescripción de la ley 9.a, Título 5, Libro 2 de la Recopilación de Indias, para cuya redacción se tomaron y emplearon aquellas mismas palabras.

Todo esto demuestra que los títulos de Juan Alvarez Maldonado son favorables á la Audiencia de Charcas y comprueban sus derechos.

Citaremos otros documentos, fechados cincuenta años después que los anteriores, en los que la denominación de Provincia de

[ocr errors]
« AnteriorContinuar »