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Este hecho importante, lo veremos ratificado posteriormente con los límites que tuvo la Audiencia de Quito, después de su segregación del Virreinato del Perú en el año 1739.

Compulsaríamos muchos otros documentos de esta clase, que comprueban que tanto la Audiencia de Charcas, cuanto el Obispo de La Paz y religiosos de San Antonio de Charcas, en todos tiempos, se ocuparon de poblar y administrar el territorio denominado de los Chunchos, comenzando por las partes más accesibles en ejercicio de la posesión y dominio á que tenían derecho, por hallarse el territorio de Chunchos incorporado en el distrito de aquella Audiencia por terminantes disposiciones de la Recopilación de Indias y de la Cédula de 26 de Agosto de 1563.

Es evidente que esta acción tenía que ser gradual y sucesiva, porque la dominación y reducción inmediatas de las numerosas tribus que poblaban el vasto territorio de Chunchos era imposible, como lo fué para todas las Audiencias tratándose de territorios desiertos é inexplorados. Sin embargo, hasta el año 1750, fecha del tratado de límites con el Portugal, las exploraciones de los misioneros franciscanos de la Provincia de Charcas, habían avanzado hasta el río Madre de Dios, de cuyas orillas fueron conducidos numerosos infieles para la fundación de las Misiones.

Por la parte de las Misiones de Mojos y de la Gobernación de Santa Cruz, las exploraciones llegaron hasta los ríos Madera, Guaporé ó Itenes. Los religiosos de la Compañía de Jesús, fundaron Misiones en la ribera Oriental de este último río, tales como las de Santa Rosa y San José, que fueron causa de largas y enojosas disputas con el Portugal; habiéndose mandado de orden del Rey de España, una expedición militar para reivindicarlas cuando ellas fueron ocupadas por el Portugal.

II

Al frente de los hechos precedentes, conviene determinar ahora la acción del Portugal sobre los territorios de la frontera, para que así se tenga una idea exacta de las causas que motivaron el Tratado de límites de 13 de Enero de 1750.

Mientras que la posesión real de España avanzaba lenta y gradualmente en sus vastos territorios, los portugueses no se detuvieron ni respetaron la línea divisoria estipulada en el Tratado de Tordesillas. Al contrario, no perdieron un solo instante, y en 256 años trascurridos desde aquel Tratado, fueron avanzando al Occidente, tomando posesión

de una y otra ribera del río Amazonas. En 1750 ya se ocupaban de explorar este río, y el Gobernador de Maynas llamaba la atención de la Corona de España sobre estas nuevas usurpaciones, que acabarían por llevar á los portugueses hasta el Ucayali.

Por el S. E. del Brasil y hacia la parte interior de las colonias portuguesas, los avances y usurpaciones habían llegado hasta los ríos Itenes y el Paraguay, comprendiendo las extensas provincias de Matto Grosso y Cuyabá. El Tratado de Tordesillas no solamente había sido violado, sino que se hacía caso omiso de él avanzando el Portugal en todas direcciones, cual si todos esos territorios fuesen res nullius.

El Tratado de Tordesillas había caído en el olvido. Lo dispuesto en la Ley 9.a, título 15, libro 2.o de la Recopilación de Indias, de que el límite de la Audiencia de Charcas fuese la raya divisoria con la Provincia de Santa Cruz del Brasil, llegó á ser también nominal. La frontera real estaba en los confines de las posesiones portuguesas. Por consecuencia se hizo necesaria una nueva estipulación de fronteras entre ambas Coronas, y se celebró el Tratado de límites de 13 de Enero de 1750.

Como el distrito de la Audiencia de Charcas llegaba hasta el Mar del Norte y línea de demarcación entre las Coronas de España y

Portugal por la parte de la Provincia de Santa Cruz del Brasil, aquel Tratado tenía por objeto, entre otros fines, el de definir nuevamente estas fronteras y precisarlas, no ya por actos de política interna ó leyes de la Corona, sino por un pacto internacional ó diplomático.

De este modo la Ley 9.a, Título 15, Libro 2.o de la Recopilación de Indias, tantas veces repetida, que había tomado por base la línea fijada por el Tratado de Tordesillas, quedó modificada y sustituída por el de 13 de Enero de 1750.

El distrito de Charcas continuaba colindando con el Brasil; pero en la forma establecida por el nuevo pacto. Esta conclusión es tan lógica, que no hay argumento posible contra ella.

Veamos ahora cuales eran esos límites.

Dejemos de un lado la frontera del Brasil con el Paraguay, que por la Ley 13, título 15, Libro 2.o, de la Recopilación, fué segregado de la Audiencia de Charcas, para constituir, juntamente con la Provincia del río de la Plata, la Audiencia y Chancillería Real de Buenos Aires, y concretémonos al territorio que quedó propiamente para aquella.

Hagamos constar, desde luego, que en las declaraciones preliminares de aquel Tratado se confiesa y reconoce que el Portugal había avanzado en su posesión usurpativa hasta el

río Yavari y la Provincia de Matto Grosso inclusive. Para mejor inteligencia copiaremos las mismas frases de este documento, que dicen así: «Por parte de la Corona de España se alegaba, que habiéndose de imaginar la línea Norte Sur á 370 leguas, al Poniente de las islas de Cabo Verde, según el Tratado concluido en Tordesillas á 7 de Junio de 1494, todo el terreno que hubiere en las 370 leguas, desde las referidas islas hasta el paraje donde se había de señalar la línea, pertenece á la del Portugal, y nada más por esta parte, porque desde ella al occidente se han de contar los 180 grados de la demarcación de España; y aunque es así que por no estar declarado desde cuál de las islas del Cabo Verde se ha de empezar á contar las 370 leguas, se ofrece la duda y hay interés notable con motivo de estar todas ellas situadas al Este-Oeste con la diferencia de cuatro grados y medio, también lo es que aún cediendo España y consintiendo en que se empiece la cuenta desde la más occidental (que llaman de San Antonio) apenas podrán llegar las 370 leguas á la ciudad del Pará y demás colonias ó capitanías portuguesas fundadas antiguamente en las costas del Brasil, y como la Corona de Portugal tiene ocupadas las dos riberas del río Marañón ó de las Amazonas, aguas arriba hasta la boca del

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